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El arrendador quiere el piso para su hijo

4 Comentarios
 
El arrendador quiere el piso para su hijo
27/07/2004 17:05
El propietario del piso en que habito con mi familia, como titular del contrato de arrendamiento firmado en 1.978, de duración indefinida, me ha comunicado verbalmente que tiene la intención de vender el piso.

El importe que pide está muy por encima del valor que yo le doy al piso y de mis posibilidades.

Al no aceptar sus condiciones pretende desahuciarme con el pretexto de que lo necesita para un hijo.

De todo esto no me ha comunicado nada por escrito. Se que debe hacerlo, pero yo no tengo ninguna prisa.

En 1994 se actualizó la cuota de alquiler de acuerdo con el LAU.

Necesitaría saber:
• ¿Puede desahuciarme por esta causa?
• Si puede ¿Qué plazo legal debe concederme?
• ¿Debería yo recibir alguna indemnización?
• Si me desahucia por este motivo, ¿Cuánto tiempo debe ocupar su hijo el piso antes no pueda venderlo o alquilarlo de nuevo?.
31/07/2004 17:20
Sólo decirte que, efectivamente, en estos casos se suele fallar a favor del propietario, si se dan las condiciones para esta reclamación por necesidad. Además, señalarte que no necesariamente se trata de un pretexto: tal vez queria vender el piso para comprar otro para su hijo que le conviniera más por sus caracteristicas, situacion, etc , y al ver que le resulta imposible hacerlo y conseguir el dinero necesario para solucionar la necesidad de su hijo, opta por recuperar tu piso para el, aunque no le suponga ni la solucion ideal ni su primera opcion.
31/07/2004 20:38
Todo esto que preguntas, viene tipificado en el art. 62 y siguientes de la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1964.
Entre otras cosas y para tú tranquilidad, tiene que notificarte fehacientemente (notario, burofax) y demostrar la causa de la necesidad. Y claro qeu tiene que indemnizarte, 24 mensualidades de la renta que le anones, si lo haces en los 6 primeros meses y 12 mensualidad, si lo haces antes del año.
No es tan facil como lo pone vero.
UN saludo y que te vaya todo bien, repito hasta que no te comunique nada por escrito, tranquilo
01/08/2004 12:16
Efectivamente, como dice Jemal, los tramites que indica son necesarios. Yo solo te señalaba que, una vez llevados a cabo, este tipo de demandas casi siempre las gana el propietario. Tambien es cierto lo de la indeminizacion, aunque en la mayoria de los casos, al estar calculadas en base a rentas antiguas, de poca cuantia y alejadas de los precios reales de mercado, la cuantia de estas indemnizaciones suele ser muy exigua.
02/08/2004 10:49
En cualquier caso hay que tener en cuenta, caso de producirse el desahucio, que el hijo (con nombre y apellidos) tiene la obligacion de ocupar la vivienda por un periodo minimo (creo que tres años). Que otro forero experto ratifique o no esta afirmacion.
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El arrendador quiere el piso para su hijo
27/07/2004 17:05
El propietario del piso en que habito con mi familia, como titular del contrato de arrendamiento firmado en 1.978, de duración indefinida, me ha comunicado verbalmente que tiene la intención de vender el piso.

El importe que pide está muy por encima del valor que yo le doy al piso y de mis posibilidades.

Al no aceptar sus condiciones pretende desahuciarme con el pretexto de que lo necesita para un hijo.

De todo esto no me ha comunicado nada por escrito. Se que debe hacerlo, pero yo no tengo ninguna prisa.

En 1994 se actualizó la cuota de alquiler de acuerdo con el LAU.

Necesitaría saber:
• ¿Puede desahuciarme por esta causa?
• Si puede ¿Qué plazo legal debe concederme?
• ¿Debería yo recibir alguna indemnización?
• Si me desahucia por este motivo, ¿Cuánto tiempo debe ocupar su hijo el piso antes no pueda venderlo o alquilarlo de nuevo?.
31/07/2004 17:20
Sólo decirte que, efectivamente, en estos casos se suele fallar a favor del propietario, si se dan las condiciones para esta reclamación por necesidad. Además, señalarte que no necesariamente se trata de un pretexto: tal vez queria vender el piso para comprar otro para su hijo que le conviniera más por sus caracteristicas, situacion, etc , y al ver que le resulta imposible hacerlo y conseguir el dinero necesario para solucionar la necesidad de su hijo, opta por recuperar tu piso para el, aunque no le suponga ni la solucion ideal ni su primera opcion.
31/07/2004 20:38
Todo esto que preguntas, viene tipificado en el art. 62 y siguientes de la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1964.
Entre otras cosas y para tú tranquilidad, tiene que notificarte fehacientemente (notario, burofax) y demostrar la causa de la necesidad. Y claro qeu tiene que indemnizarte, 24 mensualidades de la renta que le anones, si lo haces en los 6 primeros meses y 12 mensualidad, si lo haces antes del año.
No es tan facil como lo pone vero.
UN saludo y que te vaya todo bien, repito hasta que no te comunique nada por escrito, tranquilo
01/08/2004 12:16
Efectivamente, como dice Jemal, los tramites que indica son necesarios. Yo solo te señalaba que, una vez llevados a cabo, este tipo de demandas casi siempre las gana el propietario. Tambien es cierto lo de la indeminizacion, aunque en la mayoria de los casos, al estar calculadas en base a rentas antiguas, de poca cuantia y alejadas de los precios reales de mercado, la cuantia de estas indemnizaciones suele ser muy exigua.
02/08/2004 10:49
En cualquier caso hay que tener en cuenta, caso de producirse el desahucio, que el hijo (con nombre y apellidos) tiene la obligacion de ocupar la vivienda por un periodo minimo (creo que tres años). Que otro forero experto ratifique o no esta afirmacion.