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El banco se queda nuestro dinero. Herencia yacente

1 Comentarios
 
El banco se queda nuestro dinero. herencia yacente
15/02/2017 17:25
Hola a todos, una consulta. Es algo extensa, disculpen de antemano.

Mi abuela falleció en 2015 y dejó testamento en favor de sus dos hijos. Mientras se aceptaba o no la herencia, y como había varios locales comerciales alquilados se constituyó una herencia yacente a nombre de los dos hijos con cuenta bancaria en cierta entidad para poder gestionar esos locales (cobro del alquiler, pago de comunidad, etc.), y con uno de los hermanos como administrador voluntario.

Bien. Ahora se complica. Tres meses después del fallecimiento de mi abuela, falleció también uno de los dos hermanos que tenían que heredar -y sin haber aceptado nadie aún la herencia-, dejando un saldo de unos 10.000 euros en la cuenta de la herencia yacente.

Los herederos del fallecido resultaron ser sus tres hijos, tal y como aparece en el testamento (los nietos por consanguinidad). Y de acuerdo al testamento arreglaron la herencia rapidamente y liquidaron el impuesto de sucesiones de padre a hijos.

Mientras tanto, tocó hacer la declaración de la renta y los cuatro herederos (tío y sus tres sobrinos... nietos de la difunta abuela) tributan sus rentas incluyendo cada uno su porcentaje de las ganancias del alquiler de locales que se tienen en la cuenta de la herencia yacente. Ya por aquel entonces la cuenta de la herencia yacente acumulaba más dinero, claro.

Bien. Poco después se llega a acuerdo y se firma la adjudicación de la herencia, repartiendo equitativamente el dinero que quedó en dicha herencia yacente (unos 50.000 euros). Llega el momento de “rescatar” el dinero que está en la cuenta bancaria de la herencia yacente…

Los cuatro herederos van al banco, presentan toda la documentación y poco después el banco alega que no puede desbloquear todo el dinero en la cuenta de la herencia yacente, solo 40.000 euros de los 50.000 euros, porque los tres hijos del fallecido (los nietos) no declararon su parte del dinero que había en la herencia yacente a fecha del fallecimiento del padre (10.000 euros) en el impuesto de sucesiones del padre fallecido a ellos. Y para desbloquear ese dinero exige que presenten declaraciones complementarias incluyendo el 50% del saldo existente a la fecha del fallecimiento de su padre (estando exentos de pagar más, por cierto).

La pregunta es: ¿Tiene razón el banco? El asesor dice que al no haber aceptado la herencia el padre, el dinero que había en la herencia yacente a la fecha de su fallecimiento, no era suyo como tal, sino de la propia herencia yacente de su madre (la abuela). Por lo que los nietos no tendrían que meterlo en su impuesto de sucesiones padre-hijos, al ser un saldo generado posteriormente por el alquiler de las propias propiedades de la herencia yacente de la abuela. Siendo sí necesario tributar por IRPF como se hizo, pero no por el impuesto de sucesiones de padre-hijos… ya que se trataría entonces de una doble tributación: IRPF e impuesto de sucesiones padre a hijos.

Espero haberme explicado.

¿Quién tiene la razón entonces? ¿El banco con su interpretación obligando a hacer complementarias... con sus respectivas sanciones o la asesoría?


Muchas gracias.
15/02/2017 18:42
rendon72
Ya ha quedado resuelta la consulta en privado. Gracias.

Al parecer es correcta la postura del banco. Toca hacer complementarias.

Un saludo!