He leído esa noticia y me ha dejado loco. Alguien que sepa de qué va el tema puede dar algo más de información. Puede haber muchos casos y matices, pero voy a dejar 2 y decís si es así: 1.- Mi ex-mujer se quedó la casa por sentencia (y los niños, un clásico, yo sigo pagando la casa), ahora resulta que no puede meter a su novio/marido. 2.- Tengo una custodia compartida, 15 días cada uno la casa, también aplicaría este caso??
La sentencia del TS, establece que el progenitor custodio, no podrá convivir con su novio/a, pareja etc, en la casa que se haya atribuido a los hijos para vivir en la que también vive el custodio.
En el caso de que el custodio abandone la vivienda con los hijos, que tenia atribuida por sentencia, y se vaya a otra, lo habitual es ponerlo en conocimiento del juzgado y solicitar la posesión para usted, en el supuesto de que le interese recuperar la misma.
Puede ponerse en contacto con nuestro despacho y le asesoraremos Atte
Si el piso es de los dos ella puede instar la división de la cosa común. No creo que ningún juez le atribuya a usted el uso de la vivienda siendo de ambos. Se le atribuye a los hijos por protección.
Le sugiero que busque asesoría profesional aportando los detalles de su caso en particular. Este foro no es el más indicado para informarse con garantías.
No tengo claro que sea ahí de aplicación la doctrina del supremo, aunque se podría llevar también. En cualquier caso el alquiler debería ser para ambos.
Yo entiendo que es para los casos en los que la pareja convive de forma estable y permanente. Si se queda algunos días y no esta empadronada.... es como si se quedan a dormir amigos... Entiendo que se debe demostrar que existe una nueva familia formada también por la nueva pareja (estabilidad, permanencia constante, empadronamiento,....)
Y en mi caso, La casa familiar es mía, comprada antes del matrimonio y está a mi nombre. Me separé de mi mujer y en las medidas provisionales le han dado provisionalmente la casa a mi ex con mi hija. Y desde hace ya varios meses también se ha metido su madre (que tiene un fantástico ático a dos kilómetros de mi casa y ahora no vive nadie) en la casa sin permiso mio ni del juez. Y yo mientras me he tenido que ir a un piso de alquiler,,,
¿Qué pasa en estos casos? ¿Puede la madre de ella vivir en mi casa? La justicia es de locos.
Os comento el caso y decidme si podéis, si la nueva sentecía del TS se aplicaría y como.
Domicilio familiar comprado al 50% antes del matrimonio, durante la separación se atribuye al custodio junto con el hijo el domicilio.
Ahora años después suponemos que convive con su nueva pareja. Pero no está inscrito en el padrón, pero por fotos y “testigos “ es muy probable que convivan.
Alguna posibilidad de solicitar que nos compre mi parte del domicilio. No quiero echar a nadie solo quitarme esa obligación y disponer de algo de capital para no preocuparme por la manutención durante un tiempo.
hola buenos días .. mi caso... Me divorcie y en la casa que pagamos la hipoteca al 50% se la otorgaron a la madre y la custodia de mi hija hasta que tenga la edad de nueve años. Mi hija ahora tiene 7. Desde hace un año convive mi exmujer con su pareja (también separado y con una hija) en nuestra vivienda. Se que vive allí porque duerme todos los días alli. Además cuando le toca su hija cada 15 días su hija también vive allí con ellos. Imagino que el no estará empadronado allí. Pero se que vive porque en ocasiones voy a recoger a mi hija al domicilio y mi exmujer no está y me baja a la chiquilla el. Además mi hija siempre me cuenta cosas de ellos y si que me dice que vive allí en casa el. mi pregunta .. cómo puedo demostrar que está viviendo allí?. Tendría que contratar a un detective?. Tengo bastantes posibilidades de demostrarlo así?. O me valdría la pena esperar a que mi hija cumpla los 9 años y ya tendría yo la custodia compartida?. Muchísimas gracias
Y de que le serviria echarlos de ahí? Tensdria que pagar otro lugar donde vivieran los niños. La pensión de alimentos que usted paga no cubre la vivienda pues se tuvo en cuenta que usted les proporcionaba vivienda para decidir la cifra actual. Le van a solicitar aumento de pensión para compensar que ya no les aporta vivienda. Al menos lo que ahors paga, en el futuro será suyo, pagando más de pensión no. Por otro lado, que piensa hacer luego con su 50% del piso? El banco no suele permitir que uno solo se quede con la hipoteca, prefieren que respondan los dos. No puede tampoco obligar a su exmujer a que le compre su parte ni a que le venda la suya. Si instan la división de la cosa común se subastará y lo mismo no alcanza ni para cubrir la hipoteca que deben. Total que puede verse pagando hipoteca, sin propiedad y pagando una cantidad más elevada de pensiones a sus hijos, por que como le digo si les ha quitado la vivienda tendrán que pagar vivir en algún sitio.
Seria la primera sentencia que veo en la que se incremente la pension de alimentos al progenitor no custodio, por el hecho de que el progenitor custodio pierda el uso de la vivienda por no hacer un uso (valga la redundancia) adecuado de tal derecho. Tal y como yo lo veo, el tema esta en que el uso de la vivienda se atribuye "a los menores" y por extension, "al progenitor que los tenga bajo su guarda y custodia". Pero no son los menores, sino el progenitor, quien, en un momento dado, mete a un tercero en dicha vivienda, sin tener titulo legitimo para ello. Por tanto, los menores no pierden el uso de la vivienda, simplemente, el custodio no puede meter alli a un tercero, y, si decide vivir con un tercero, tendra que buscar otro domicilio, que, a su vez, sera el domicilio habitual de sus hijos menores, de los cuales ostenta la guarda y custodia, y sin necesidad de incremento de pension de alimentos por parte del otro progenitor. Ya que es una situacion elegida por él mismo, y no hay por que repercutirla en el otro progenitor
Y para demostrar la convivencia, entiendo que seria perfectamente valido un simple certificado de convivencia, ya que el empadronamiento no da fe de nada. Yo misma estoy empadronada en un domicilio y resido en otro desde hace mas de 10 años, y no cambio el empadronamiento porque no me interesa, pero es bien facil de demostrar donde vivo realmente