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Embargo de saldos de cuentas corrientes

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Embargo de saldos de cuentas corrientes
09/06/2019 13:27
Buenos días:

Mantengo una deuda de unos 3.000€ con una financiera por la que después de un monitorio debo paga deuda costas. Mi situación personal me hace imposible hacer frente a dicha deuda motivo por el cual fue decretado en primer lugar un embargo de nómina el cual no se ha podido hacer efectivo porque mi nómina no supera el SMI.

Ahora se me ha notificado una ampliación del embargo que afecta a los saldos de mis cuentas corrientes y me surgen dudas:

Tanto mi mujer como yo actualmente nos encontramos en el paro y cobrando la prestación por desempleo, en ninguno de los dos casos esa prestación supera el SMI y no entran en esa cuenta mas ingresos aparte de alguna factura de manera puntual por servicios que presto como autónomo (con importes bastante bajos)

-¿Pueden embargar el saldo de mi cuenta cuando tiene habitualmente un único ingreso (y las veces que tiene mas de uno juntos no superan el SMI) eliminando por tanto mi capacidad de subsistencia?

¿Las facturas que cobro como autónomo tienen la misma consideración a la hora de considerarse embargables que el abono de una nómina por cuenta ajena?

¿Es legal cambiar las cuentas de los escasos ingresos que percibo para que lleguen a cuentas que no estén a mi nombre y así evitar que esas cantidades sean embargadas?

Tengo una hija de 10 años con discapacidad, ¿puede de alguna manera esto afectar al embargo o a las cantidades embargables?

Y dado el caso de que hubiera que comunicar al juzgado mi situación ¿Cuál sería el procedimiento? porque la resolución me da 5 días desde la notificación (no especifica si hábiles o naturales y la recogí el viernes) para presentar recurso directo de revisión previo depósito de 25€ y por un lado desconozco si esta sería la vía y por otro si esto se puede realizar de alguna manera con algún modelo estandarizado o es necesaria la participación de un abogado lo cual no puedo permitirme a causa de mi precaria situación económica que me permite únicamente (y con mucho esfuerzo y ayuda) pagar alquiler y suministros básicos.

Muchas Gracias y un saludo.
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Embargo de saldos de cuentas corrientes
09/06/2019 13:27
Buenos días:

Mantengo una deuda de unos 3.000€ con una financiera por la que después de un monitorio debo paga deuda costas. Mi situación personal me hace imposible hacer frente a dicha deuda motivo por el cual fue decretado en primer lugar un embargo de nómina el cual no se ha podido hacer efectivo porque mi nómina no supera el SMI.

Ahora se me ha notificado una ampliación del embargo que afecta a los saldos de mis cuentas corrientes y me surgen dudas:

Tanto mi mujer como yo actualmente nos encontramos en el paro y cobrando la prestación por desempleo, en ninguno de los dos casos esa prestación supera el SMI y no entran en esa cuenta mas ingresos aparte de alguna factura de manera puntual por servicios que presto como autónomo (con importes bastante bajos)

-¿Pueden embargar el saldo de mi cuenta cuando tiene habitualmente un único ingreso (y las veces que tiene mas de uno juntos no superan el SMI) eliminando por tanto mi capacidad de subsistencia?

¿Las facturas que cobro como autónomo tienen la misma consideración a la hora de considerarse embargables que el abono de una nómina por cuenta ajena?

¿Es legal cambiar las cuentas de los escasos ingresos que percibo para que lleguen a cuentas que no estén a mi nombre y así evitar que esas cantidades sean embargadas?

Tengo una hija de 10 años con discapacidad, ¿puede de alguna manera esto afectar al embargo o a las cantidades embargables?

Y dado el caso de que hubiera que comunicar al juzgado mi situación ¿Cuál sería el procedimiento? porque la resolución me da 5 días desde la notificación (no especifica si hábiles o naturales y la recogí el viernes) para presentar recurso directo de revisión previo depósito de 25€ y por un lado desconozco si esta sería la vía y por otro si esto se puede realizar de alguna manera con algún modelo estandarizado o es necesaria la participación de un abogado lo cual no puedo permitirme a causa de mi precaria situación económica que me permite únicamente (y con mucho esfuerzo y ayuda) pagar alquiler y suministros básicos.

Muchas Gracias y un saludo.