Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Embargos; límites

30 Comentarios
Viendo 21 - 30 de 30 comentarios
11/10/2021 17:54
Sr Rucas, la valoración no tiene importancia, es donde pone valorar la consulta positivo o negativo, en realidad no sirve de nada pero bueno.
Verá me surgen muchas consultas sobre su caso que no sucederían estas dudas si estuviese usted en una consulta con los datos a mano, por ej saber si del salario, esos 1200 € son brutos (antes de descuentos), o netos (liq a percibir), si tiene las pagas prorrateadas o por contra tiene dos o tres pagas por convenio colectivo en unos meses determinados y muchos otros datos para calcular su nomina como serian CCAA autónoma de pertenencia, Edad de 30 años, (es posible pensar que si es viuda debería ser mayor de 30 años), si tiene hijos a cargo o no, salario bruto anual y un largo etc para hacer el cálculo hare el cálculo sobre el neto y con las pagas prorrateadas, por tanto todos los meses 1200 € de salario.
En cuanto a la pensión de viudedad son 14 pagas una por ,es y los meses de junio y noviembre paga doble, por tanto 1300 € y esos dos meses 2600 €, (la pensión ya es en neto), para el cálculo se suman ambos conceptos salariales, por tanto 10 meses serian 2500 € y dos meses 3800 €.
smo
por tan
11/10/2021 16:31
Jamgrrhh28
Lo siento, no se lo de las puntuaciones no era mi intención perjudicar a nadie ni he sido consciente de la publicación. Pido disculpas
11/10/2021 16:02
A mí, en el.certificado de desgloses me indica: 12 pagas ordinarias y 2 pagas extraordinarias.
Esas pagas, tienen un bruto de 1.709,11 €, del que resulta un líquido de 1.481, 38 €. Con estos datos.... POR FAVOR!! alguien puede decirme en euros cual es el máximo embargable???
Tenía un embargo de 227,73 € que me dijo el abogado en su día (2015) que era el máximo! y estando aún pagando ese embargo, me ha entrado otro de 159,41€. Caben los 2?? el abogado me dice que alguien ha metido la pata, eso es verdad???? donde tendría que reclamarlo si es así?? no consigo que NADIE me diga si esa cantidad es embargable o no......
11/10/2021 15:06
Unas cuantas cosas que se deben saber sobre los embargos:
Las cantidades embargables se calculan sobre el neto (liq a percibir), no sobre el bruto (antes de descuentos) por lo que Sr Lucas del salario de la nómina de su novia dice que son 1200 € pero de salario neto o bruto, (entiendo que sería en bruto por lo que habría que calcular los descuentos correspondientes).
Es necesario, cuando se trata de pensiones saber si son por el cumplimiento de la edad física, por viudedad, estás reciben el tratamiento de 12 pagas más una en junio y otra en noviembre por tanto son 14 pagas, otras son las incapacidades cono es el caso de enma esas 14 pagas vienen prorrateadas en 12 por lo que salen esos 1709,11 € (ya con los descuentos practicados y pagas prorrateadas.
Hay muchas más condicionantes pero bueno iré introduciendo las poco a poco ahora haré el cálculo para cada uno de los casos que se presentan.
11/10/2021 15:00
Jamgrrhh28
Hola! gracias de antemano.
tengo 14 pagas. y el líquido 1.481,38 €. cual es la cantidad exacta embargable? se que puedo tener 2 embargos, pero no suele pasar porque lo raro es que el primero no "coja" el máximo que se pueda, no??? el abogado me dijo en su día que tenía como doscientos y pico euros embargables,....
11/10/2021 14:54
Al Sr Rucas, Vera es usted poco considerado y desde luego nada agradecido, por cierto, usted que se esfuerza y se mira la ley sobre e, mbargos, qué es el SIM? el Sr robertolold le hace un cálculo erróneo al tratarse de un embargo hipotecario pero la fórmula que argumenta robertolold es correcta si se tratase de una deuda con Hacienda.
El Sr robertolold colabora en este foro de forma gratuita dedicando tiempo para responder altruistamente y va usted y lo puntúa negativamente, vamos cuando menos es usted poco agradecido.
Sra Emma hace usted muy bien en aclarar que su pensión es por una IP por lo que tiene usted 12 pagas al año y no tiene nómina si no un ingreso bancario mensual de 1709,11 €, (es decir que ya se le han practicado las retenciones), bien su caso es muy sencillo, a usted le han dicho que sólo se le puede aplicar un embargo del 30 % por no superar el doble del SMI, para la SS cantidad embargable por éste acreedor debería superar (965 x 2 = 1930 €), pero su caso no es que no se pueda aplicar un 2 embargo por este primer acreedor, su caso es de acreedores distintos que el 2 no puede empezar a embargar hasta que no acabe con el primer acreedor, esto no es así porque lo que le resta a usted una vez retribuido el primer embargo le resta bastante sobre el SMI de 965 €.
11/10/2021 09:48
Rucas
No me ayuda, no se calcularlo, y en cada calculadora me sale una cosa.
Si alguien que sepa legalmente, con los datos que he puesto (que son REALES) me puede decir mi máximo embargable y si está bien o no, lo agradezco.
La teoría me la se, ya me la he leído toda mil veces y he probado todas las calculadoras, y no consigo saberlo. Gracias
11/10/2021 09:41
Robertolol
Entiendo que lo que sobrepase el SIM Embargan el porcentaje que establece el artículo 607 de la ley del enjuiciamiento civil. Qué es el 30% de lo que sobrepase el primer SIM y hasta el segundo SIM, luego en el tercer SIM Sube el porcentaje
11/10/2021 09:24
Por una jubilación de incapacidad permanente, recibo una pensión mensual de 1.709,11 € (liquido 1.481,38 €). En 2015, me ejecutaron sobre la nomina un embargo de 227,73 € (de una deuda de 15.600 € de la que ahora resta 6.013,64 €).
Pero ahora me llega otro embargo que entendía que no podía entrar hasta liquidar el primero por importe de 159,41 €.
Caben los dos embargos? está bien aplicado? en su día el abogado nos indico que no podían aplicarse mas embargos porque no cabían, por lo que en caso de estar mal aplicado, donde y como habría que reclamarlo? Soy divorciado sin hijos al cargo. Y paso una pensión de divorcio a mi mujer de 200 €. Gracias de antemano.
17/09/2021 00:07
Buenas noches,

Como se puede leer en una consulta que alguien hizo hoy mismo, en una nómina es embargable todo lo que supere el SMI.
Así que una vez dictado el embargo, la empresa debería recibir la comunicación y embargar todo lo que supere los 950€:
-Si las extras están prorrateadas pues 1200 -950 es lo que embargan.
-Si no están prorrateadas mucho cuidado, porque como la empresa haga un sólo pago por la extranómina del mes habitualmente, esa vez embargarán 2400-950= 1450€

La seguridad social embargará también de la pensión:
-Un 30% de embargo para pensiones de cuantía comprendida entre el SMI y el doble del SMI
Embargos; límites
16/09/2021 12:04
Hola, mi novia tiene una nómina de su trabajo de 1200 y una pensión de viudedad de 1300.
Más las pagas extras.
Pueden embargar la totalidad de las pagas extras?
Cuánto pueden embargar de cada paga mensual?
Está esperando un embargo por impago de ipoteca.
Gracias de antemano