Así de cabeza, yo creo que independientemente de quien pague la seguridad social, el RD es de aplicación para todos los trabajadores empleados/as del hogar. Tanto para lo escaso bueno, como para lo abundante malo.
Hola mi pregunta es : El R.D. que regula las relaciones de empleados del hogar, se aplica también a los que trabajan para varios cabezas de familia? O sea el empleado del hogar que se dá de alta él mismo. Los cabezas de familias, si no le hacen contrato de trabajo por escrito, se presupone que es de 1 año? Si no se rige por ese R. D. ¿Cómo da de baja el cabeza de familia que ya no quiere que trabaje para él? Gracias.