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empresa extranjera (cliente) quiere demandar a empesa española

2 Comentarios
 
Empresa extranjera (cliente) quiere demandar a empesa española
08/06/2014 18:03
Buenas tardes,

Tengo un cliente de Bélgica que quiere demandar por una deuda a una empresa española. No he hecho nunca una demanda con un cliente extranjero y me surgen algunas dudas que agradecería que compañeros con más experiencia pudiesen iluminar:

¿Puede ahorrarse la demandante tener que venir a la vista del juicio ordinario si me apoderan a mi?

¿Alguna cautela especial a la hora de realizar los poderes (además de tener la "apostilla del Convenio de la Haya" y estar traducidos oficialmente)?

¿Cautelas para evitar meterme en algún "charco"? El cliente me puede dar bastantes asuntos y quiero hacerlo especialmente bien.


Muchas gracias por vuestra ayuda.

Saludos

L999
09/06/2014 10:24
Estimada compañera,

Puedes hacer un poder para pleitos ante un Notario en Belgica (nuestro despacho hace poco hizo uno para un cliente español que vivia en derby, UK y lo hizo ante un Scriveners inglés, alli en Belgica se llamarán igual), y además ese poder notarial tiene que tener la apostilla del a haya obviamente.

El poder notarial tiene que estar traducido al castellano (suelen venir en el idioma del país , francés o neerlandes en este caso y en castellano abajo)

Deberias dejar constancia que tu cliente vive en Belgica por si la otra parte pide interrogatorio de parte en la audiencia previa si es el caso, y el juez valore la necesidad de que comparezca o no ( se ahorraría un viaje).

Suerte!

www.lariosabogados.es
09/06/2014 16:29
Muchas gracias.
empresa extranjera (cliente) quiere demandar a empesa española | PorticoLegal
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empresa extranjera (cliente) quiere demandar a empesa española

2 Comentarios
 
Empresa extranjera (cliente) quiere demandar a empesa española
08/06/2014 18:03
Buenas tardes,

Tengo un cliente de Bélgica que quiere demandar por una deuda a una empresa española. No he hecho nunca una demanda con un cliente extranjero y me surgen algunas dudas que agradecería que compañeros con más experiencia pudiesen iluminar:

¿Puede ahorrarse la demandante tener que venir a la vista del juicio ordinario si me apoderan a mi?

¿Alguna cautela especial a la hora de realizar los poderes (además de tener la "apostilla del Convenio de la Haya" y estar traducidos oficialmente)?

¿Cautelas para evitar meterme en algún "charco"? El cliente me puede dar bastantes asuntos y quiero hacerlo especialmente bien.


Muchas gracias por vuestra ayuda.

Saludos

L999
09/06/2014 10:24
Estimada compañera,

Puedes hacer un poder para pleitos ante un Notario en Belgica (nuestro despacho hace poco hizo uno para un cliente español que vivia en derby, UK y lo hizo ante un Scriveners inglés, alli en Belgica se llamarán igual), y además ese poder notarial tiene que tener la apostilla del a haya obviamente.

El poder notarial tiene que estar traducido al castellano (suelen venir en el idioma del país , francés o neerlandes en este caso y en castellano abajo)

Deberias dejar constancia que tu cliente vive en Belgica por si la otra parte pide interrogatorio de parte en la audiencia previa si es el caso, y el juez valore la necesidad de que comparezca o no ( se ahorraría un viaje).

Suerte!

www.lariosabogados.es
09/06/2014 16:29
Muchas gracias.