Quiero comprar el piso que un familiar tiene en renta antigua y que su casero le ha ofrecido vendérselo, pero este familiar tiene una antigua deuda con otra persola que le reclamaron por vía judicial. Si bajo notario yo le doy el dinero de la compra y el me lo dona a mi dicho piso, ¿puede considerarse un fraude para evitar el pago de dicha deuda?¿me la podrían reclamar a mí?
gracias
Y dime una cosa, si le das el dinero a tu familiar y tu familiar paga la deuda de ese acreedor, qué dinero vá a recibir el casero de tu familiar por la compra de ese piso?
Félix, ¿por qué no compras tú el piso y lo dejas, con constancia ante notario, en usufructo para tu familiar?. Este mismo caso lo he tenido yo, excepto lo de la deuda. Creo que si lo haces como te digo no se podría reclamar deuda alguna puesto que tu familiar no sería el propietario
El Usufructo es un Derecho real limitativo de la propiedad, valorable económicamente como un bien más y por tanto susceptible de ser embargado.
Si la deuda está reclamada judicialmente es bastante probable que ese hipotetico usufructo sea embargado si el beneficiario es un deudor. En cualquier caso obtener un bien (usufructo) a TÍTULO LUCRATIVO (gratis) es el hecho imponible en el IMPUESTO DE TRANSMISIONES PATRIMONIALES que ese familiar tendría que asumir además de su parte en las PLUSVALIAS.
Conclusión: Compra tú el piso, escritúralo y regístralo a tu nombre. Será lo más razonable.