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¿en este caso computa la mili para el cálculo de la pensión de jubilación?

3 Comentarios
 
¿en este caso computa la mili para el cálculo de la pensión de jubilación?
26/09/2020 19:51
Trabajador con más de 39 años cotizados que accede a la jubilación anticipada voluntaria con 63,5 años. La edad de jubilación ordinaria de este trabajador sería a los 65 años. Como tengo un índice corrector que disminuye la cuantía por jubilarme a los 63,5, me pregunto si me computarán la mili y me corresponderá la pensión de los 64,5

Muchas gracias de antemano. Saludos
26/09/2020 20:19
Martingalo
El SMO solo sirve para tener los años necesarios de cotización, no para la edad física, usted ya tiene 39 años cotizados así que no le computa el servicio militar, la edad física si es de 63,5 no le aumenta un año más el SMO.
26/09/2020 20:43
Jamgrrhh28
Entiendo entonces que al tener más de 39 años cotizados y 63,5 años de edad, el SMO no me sirve para nada. ¿Es así?

Muchísimas gracias por contestar
09/10/2020 01:27
Martingalo
Así es. El SMO solo sirve, y hasta el máximo de 1 año, para lograr las carencias especiales mínimas de
30 años en la anticipada involuntaria, ley antigua
33 años en la anticipada involuntaria, ley nueva (art. 207 LGSS)
35 años en la anticipada voluntaria , sólo existe en la nueva (art. 208 LGSS)
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¿en este caso computa la mili para el cálculo de la pensión de jubilación?
26/09/2020 19:51
Trabajador con más de 39 años cotizados que accede a la jubilación anticipada voluntaria con 63,5 años. La edad de jubilación ordinaria de este trabajador sería a los 65 años. Como tengo un índice corrector que disminuye la cuantía por jubilarme a los 63,5, me pregunto si me computarán la mili y me corresponderá la pensión de los 64,5

Muchas gracias de antemano. Saludos
26/09/2020 20:19
Martingalo
El SMO solo sirve para tener los años necesarios de cotización, no para la edad física, usted ya tiene 39 años cotizados así que no le computa el servicio militar, la edad física si es de 63,5 no le aumenta un año más el SMO.
26/09/2020 20:43
Jamgrrhh28
Entiendo entonces que al tener más de 39 años cotizados y 63,5 años de edad, el SMO no me sirve para nada. ¿Es así?

Muchísimas gracias por contestar
09/10/2020 01:27
Martingalo
Así es. El SMO solo sirve, y hasta el máximo de 1 año, para lograr las carencias especiales mínimas de
30 años en la anticipada involuntaria, ley antigua
33 años en la anticipada involuntaria, ley nueva (art. 207 LGSS)
35 años en la anticipada voluntaria , sólo existe en la nueva (art. 208 LGSS)