Hola. Las tipificación de las faltas y la clasificación (leve grave o muy grave) de las mismas se hallan contempladas y catalogadas en los convenios colectivos de aplicación a la actividad de la empresa.
Para que una falta se merecedora del despido, deberá probarse que la conducta del trabajador ha sido merecedora de ese castigo y que la acción o la negligencia producida, le sea de aplicación el grado máximo de "muy grave".
Decirte finalmente, que la reiteración de faltas graves en un periodo determinado, tambien hacen que por acumulación tengan los efectos de las "muy graves".
Espero que con esto tengas más idea de lo que puede sucederle al trabajador cuando su conducta no es la deseable o normal.