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Entrar en mi vivienda

14 Comentarios
 
23/09/2017 18:55
suricato
Por cierto,acabo de darme cuenta ahora. ¿No es mala fe negarse a abrirme la puerta cuando he ido a mi casa?
Fui con un notario que levanto acta,y el mismo lo intento sin resultado.
21/09/2017 17:48
suricato
Para Scheflaf

Pues creo que ha dado Vd en el centro de la diana.
Y también creo que mi entonces abogada debio habérmelo advertido.
Ahora paciencia y a empezar de nuevo.
gracias y saludos
21/09/2017 17:42
suricato
AR Abogada.

Y a la vista de su paciencia y su buen voluntad le voy a contar algunos aspectos procesales en la confianza de que le entretengan

Con lo resuelto por la Audiencia yo plantee una ejecución solicitando EXCUSIVAMENTE que me dejaran entrar en mi vivienda. Petitum de una sola línea que no resulta difícil de entender.
El juez dijo que se despachara ejecución.
Su escudera la Ilustre Letrada de la Administración se descolgó, en consecuencia, con un Decreto en el que daba un mes a mi ex para abandonar la vivienda con otro mas por razones de fuerza mayor y sino seria deshahuciada (No cito los fundamentos de Derecho que vd sobradamente conoce)
Claro, cuando la otra parte justificadamente dio unos cuantos ladridos, el juez sanciono que "no había nada ejecutable en la Sentencia de la Audiencia. Este proceso se llevo ocho meses.

Mi duda es ¿Cuándo se equivoco el juez? ¿Cuándo dijo que se despachara ejecución? ¿o cuando dijo que no había nada ejecutable?
La escudera ya se sabe cuando se equivoco. Una mas de una larga cadena.
Ya se que la LOPJ habla de la responsabilidad patrimonial de la Administración en caso de error o dilación indebida, pero tambien se que aquí se aplica la ley del gitano. Y en todo caso no pagaría el juez que se equivoco, sino todos los ciudadanos con nuestros impuestos.

También podría querellarme contra el juez, pero las carcajadas se iban a oir en Madagascar, y tampoco quiero proporcionarles alegrías innecesarias.

También podría denunciarle al Servicio disciplinario de CGPJ,. Peor aun.

Bueno, le ruego que sepa Vd disculpar mi abuso, movido por el convencimiento de que Vd no se va a reir.

saludos
21/09/2017 17:28
suricato
Ante la demanda de su ex solicitando el uso de la vivienda, usted debió de haber reconvenido y haber solicitado dicho uso, de esa manera el Juez habría entrado en el fondo y acordado, seguramente, el uso alternativo del inmueble. Ahora no le queda más remedio que empezar de nuevo.

Un saludo
21/09/2017 17:13
AR.abogada
Para AR Abogada.
En primer muchas gracias por la ayuda que me dispensa y la que ofrece a todos mis compañeros de este foro. Es muy de agradecer y no sorprende la buena prensa de que Vd goza en el mismo.

En esta cuestión concreta la verdad es que no estoy del todo de acuerdo, quizas porque soy parte y solo vigilo mi sardina, sin el conocimiento académico que Vd tiene.

Pero, aunque es cierto que los recursos están legalmente previstos y a todos nos asiste ese derecho, en este caso no se trata de recurso alguno, ya que no se discute lo resuelto por la Audiencia, sino que se trata de un nuevo procedimiento instado por ella en 1ª instancia de nuevo. y que no que tiene porque paralizar o suspender mi derecho.
En efecto yo tengo derecho a hacer uso de mi vivienda (con escritura publica, inscripcion registral en orden y sobre la que no pesa ninguna servidumbre),desde el mismo momento en que la Audiencia Provincial determino que se acababa el uso exclusivo por parte de mi hija (hoy 28 años y Licenciada en Psicología con un Master)y de la que fue su custodia.
La madre puede poner un nuevo procedimiento pidiendo el uso exclusivo para ella por ser la mas necesitada (aunque ha tenido 15 años para mejorar su fortuna),pero ello no puede eliminar el mio a habitar mi vivienda. Yo debería tener acceso a mi vivienda mientras se tramita este proceso, porque de otro modo si el resultado del mismo le fuese desfavorable (como asi ha sido) no se podría eliminar el daño causado.(menos aun si no cabe indemnización)
Por otro lado la mala fe no parece algo imposible de demostrar. Basta observar como se allana en un procedimiento que ella misma puso y desiste. Ademas, si quería la vivienda para ella sola ,podia haber instado ese procedimiento meses antes de que yo tuviera derecho a usar mi vivienda.

Pero tiene Vd razón en una cosa, va a ser muy difícil.....Hace ya tiempo que he podido darme cuenta de que en este maravilloso ESTADO DE DERECHO DEMOCRATICO tantas veces invocado, las posibilidades de un varon en un proceso de familia son las mismas que las de un gitano en un TOP (tribunal de orden publico) franquista.
20/09/2017 18:05
suricato
Pues sinceramente, salvo que pruebe que ha habido mala fe respecto del recurso va a tener difícil lo de solicitar la indemnización por el tiempo transcurrido, dado que el derecho al recurso está previsto legalmente y es legítimo que cualquier persona quiera recurrir una decisión judicial si considera que está en el derecho y en la posición que requiere mayor cobertura jurídica.
18/09/2017 21:29
suricato
Claro que puedes, el tema es que tendrías que poner otra demanda creo yo. Suerte, todos la necesitamos
18/09/2017 19:47
suricato
Puedo pedir que me indemnicen por el tiempo que llevo pagando alquiler por no poder usar mi propiedad?
18/09/2017 19:43
suricato
Gracias a todos por vuestra ayuda.

AR abogada, la Sentencia de la Audiencia dice exactamente eso que Vd dice, que transcurrido un determinado plazo el uso exclusivo se extingue "sin necesidad de nueva declaración".

El procedimiento para pedir el uso exclusivo de la vivienda por mayor necesidad lo inicio mi ex y al contestar yo la demanda, donde probaba lo contrario, desistio del procedimiento. La han condenado en costas, pero no quiere pagarlas y ha recurrido a la Audiencia esta cuestión para ganar tiempo.

Yo he iniciado un nuevo procedimiento diciéndole al juez que lo que el resuelva me parecerá bien, siempre que consista en darme a mi mi mitad de los derechos. Me vale el uso alterno que Vd menciona,o venderle mi parte (yo no puedo comprar la suya) o venderla a un tercero o la subasta publica o judicial.
Lo que sea me vale, porque la situación actual es que siendo propietario no puedo ni ir por allí.
La casa se compro con el producto de mi trabajo exclusivamente y esto me parece muy injusto. Estoy haciendo todo lo posible por hacer las cosas correctamente, pero si la justicia no me da respuesta pues tendre que dármela yo mismo. Es legitimo evitar que me roben mi propiedad.

el juez nos ha emplazado a una vista previa para ver si hay un acuerdo (no lo habrá, porque quiere quedársela ella toda) o determinar con exactitud el alcance de mi demanda.
¿Qué me aconseja que diga? porque a mi abogado lo veo algo confuso.

Muchas gracias por su ayuda.
18/09/2017 11:07
suricato
¡¡upsssss!!! ¿por que entendi yo que la vivienda era privativa suya? Supongo que me despisto el titulo del post, aunque luego pone bien clarito que es de ambos...

Perdon por mi error
18/09/2017 10:19
suricato
Para la última opción señalada por AR.abogada, puedes negociarlo directamente con tu ex, y si no accede, puedes dirigir una demanda de división de la cosa común al juzgado de primera instancia.
18/09/2017 09:56
suricato
Hola buenos días,

En primer lugar, gracias francolla por invocarme.

En segundo lugar, tendría que leer el fallo de la sentencia de la audiencia provincial para saber si efectivamente el mismo sería ejecutable o no, porque puede que el juez de primera instancia lleva más razón que un santo, y me voy a explicar:

Si la sentencia de la AP ÚNICAMENTE se limita a decir que llegada una determinada fecha se extingue el derecho de uso exclusivo de la madre con la hija, no hay nada que ejecutar, por cuanto que la extinción se produce automáticamente. Dices que la vivienda es al 50% propiedad de ambos, por lo que tanto uno como otro tenéis derecho a usarla. Así que, EN TEORÍA y según legislación vigente, tú podrías hacer uso de la vivienda al mismo tiempo que ella y poder entrar con total libertad a tu casa. PERO, no te lo recomiendo si tu exmujer se opone tajantemente, porque pueden iniciarse acciones que no nos sean para nada recomendables.

¿Qué opción tienes?, pues iniciar un procedimiento por medio del cual solicitar el uso exclusivo para ti, argumentando que en este momento eres el más necesitado del mismo. Pero habrá que estudiar muy bien si se cumplen esos requisitos, es decir, por ejemplo, si tu exmujer tiene otras propiedades, o si trabaja y gana más que tu, etc.

Si esos requisitos no se cumplen, entiendo que como mucho podríais solicitar el uso compartido por turnos, lo cual el TS ya lo ha previsto en alguna que otra sentencia. No obstante, esta medida también te obligaría a mantener una segunda vivienda para aquéllos periodos de tiempo que el uso le corresponda a tu mujer.

¿Solución más práctica? Comprar/vender. O tu le compras su parte, o ella la tuya a ti, o si no hay acuerdo sobre ésto, venderla a un tercero o en pública subasta.

Saludos, quedo a su disposición.
18/09/2017 09:11
suricato
¡Que extraño que el juez haya considerado que no hay nada que ejecutar!
Supongo que tendras que iniciar un procedimiento de deshaucio.
Eso que dices de cambiar la cerradura tambien valdria si pillas la vivienda vacia... efectivamente, seria como lo que hacen los okupas... meterte de okupa en tu propia vivienda...
¿se puede cambiar la cerradura desde fuera, o sea, sin entrar a la vivienda? Yo de cerraduras ni idea, pero por sentido comun pienso que no se puede, si no, vaya gracia, cada vez que uno sale de casa, aunque cierre con llave, cualquiera le puede cambiar la cerradura y encontrarse en la calle a la vuelta...
17/09/2017 22:43
suricato
Espera a que lo lea AR abogada que entra mucho por aquí, que cara tiene tu exmujer, eso tiene que tener solución, ya te dirán
Entrar en mi vivienda
17/09/2017 14:53
El año 2013 la Audiencia Provincial resolvió que en el plazo de tres años a contar desde la fecha de instancia (se cumplia en Octubre de 2016) terminaba mi obligación de pagar pensiones y también el derecho de uso y disfrute exclusivo de mi hija y su madre de la vivienda familiar (a nombre mio y de mi ex). Desde entonces mi ex no me permite acceder a mi vivienda, habiendo cambiado la cerradura.
Inste una ejecución de sentencia y el juez de 1ª instancia dijo que en la sentencia de la Audiencia no había nada ejecutable, asi que no podia hacer nada.
¿QUE HAGO?
Esto me parece una injusticia porque soy un pensionista y vivir de alquiler con una pension es muy difícil.
Por otro lado soy el legitimo propietario de mi casa, asi que pienso que podría llamar a un cerrajero y entrar en mi casa pòr las buenas, y dejarle el problema al juez de echar de su casa a su legitimo propietario. No pueden hacerlo ni con los okupas.
Por otro lado, mi hija, inducida por la madre, aunque reconoce mi derecho dice que no puede abrirme porque la madre no le deja.
Gracias por la ayuda
Entrar en mi vivienda | PorticoLegal
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14 Comentarios
 
23/09/2017 18:55
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Por cierto,acabo de darme cuenta ahora. ¿No es mala fe negarse a abrirme la puerta cuando he ido a mi casa?
Fui con un notario que levanto acta,y el mismo lo intento sin resultado.
21/09/2017 17:48
suricato
Para Scheflaf

Pues creo que ha dado Vd en el centro de la diana.
Y también creo que mi entonces abogada debio habérmelo advertido.
Ahora paciencia y a empezar de nuevo.
gracias y saludos
21/09/2017 17:42
suricato
AR Abogada.

Y a la vista de su paciencia y su buen voluntad le voy a contar algunos aspectos procesales en la confianza de que le entretengan

Con lo resuelto por la Audiencia yo plantee una ejecución solicitando EXCUSIVAMENTE que me dejaran entrar en mi vivienda. Petitum de una sola línea que no resulta difícil de entender.
El juez dijo que se despachara ejecución.
Su escudera la Ilustre Letrada de la Administración se descolgó, en consecuencia, con un Decreto en el que daba un mes a mi ex para abandonar la vivienda con otro mas por razones de fuerza mayor y sino seria deshahuciada (No cito los fundamentos de Derecho que vd sobradamente conoce)
Claro, cuando la otra parte justificadamente dio unos cuantos ladridos, el juez sanciono que "no había nada ejecutable en la Sentencia de la Audiencia. Este proceso se llevo ocho meses.

Mi duda es ¿Cuándo se equivoco el juez? ¿Cuándo dijo que se despachara ejecución? ¿o cuando dijo que no había nada ejecutable?
La escudera ya se sabe cuando se equivoco. Una mas de una larga cadena.
Ya se que la LOPJ habla de la responsabilidad patrimonial de la Administración en caso de error o dilación indebida, pero tambien se que aquí se aplica la ley del gitano. Y en todo caso no pagaría el juez que se equivoco, sino todos los ciudadanos con nuestros impuestos.

También podría querellarme contra el juez, pero las carcajadas se iban a oir en Madagascar, y tampoco quiero proporcionarles alegrías innecesarias.

También podría denunciarle al Servicio disciplinario de CGPJ,. Peor aun.

Bueno, le ruego que sepa Vd disculpar mi abuso, movido por el convencimiento de que Vd no se va a reir.

saludos
21/09/2017 17:28
suricato
Ante la demanda de su ex solicitando el uso de la vivienda, usted debió de haber reconvenido y haber solicitado dicho uso, de esa manera el Juez habría entrado en el fondo y acordado, seguramente, el uso alternativo del inmueble. Ahora no le queda más remedio que empezar de nuevo.

Un saludo
21/09/2017 17:13
AR.abogada
Para AR Abogada.
En primer muchas gracias por la ayuda que me dispensa y la que ofrece a todos mis compañeros de este foro. Es muy de agradecer y no sorprende la buena prensa de que Vd goza en el mismo.

En esta cuestión concreta la verdad es que no estoy del todo de acuerdo, quizas porque soy parte y solo vigilo mi sardina, sin el conocimiento académico que Vd tiene.

Pero, aunque es cierto que los recursos están legalmente previstos y a todos nos asiste ese derecho, en este caso no se trata de recurso alguno, ya que no se discute lo resuelto por la Audiencia, sino que se trata de un nuevo procedimiento instado por ella en 1ª instancia de nuevo. y que no que tiene porque paralizar o suspender mi derecho.
En efecto yo tengo derecho a hacer uso de mi vivienda (con escritura publica, inscripcion registral en orden y sobre la que no pesa ninguna servidumbre),desde el mismo momento en que la Audiencia Provincial determino que se acababa el uso exclusivo por parte de mi hija (hoy 28 años y Licenciada en Psicología con un Master)y de la que fue su custodia.
La madre puede poner un nuevo procedimiento pidiendo el uso exclusivo para ella por ser la mas necesitada (aunque ha tenido 15 años para mejorar su fortuna),pero ello no puede eliminar el mio a habitar mi vivienda. Yo debería tener acceso a mi vivienda mientras se tramita este proceso, porque de otro modo si el resultado del mismo le fuese desfavorable (como asi ha sido) no se podría eliminar el daño causado.(menos aun si no cabe indemnización)
Por otro lado la mala fe no parece algo imposible de demostrar. Basta observar como se allana en un procedimiento que ella misma puso y desiste. Ademas, si quería la vivienda para ella sola ,podia haber instado ese procedimiento meses antes de que yo tuviera derecho a usar mi vivienda.

Pero tiene Vd razón en una cosa, va a ser muy difícil.....Hace ya tiempo que he podido darme cuenta de que en este maravilloso ESTADO DE DERECHO DEMOCRATICO tantas veces invocado, las posibilidades de un varon en un proceso de familia son las mismas que las de un gitano en un TOP (tribunal de orden publico) franquista.
20/09/2017 18:05
suricato
Pues sinceramente, salvo que pruebe que ha habido mala fe respecto del recurso va a tener difícil lo de solicitar la indemnización por el tiempo transcurrido, dado que el derecho al recurso está previsto legalmente y es legítimo que cualquier persona quiera recurrir una decisión judicial si considera que está en el derecho y en la posición que requiere mayor cobertura jurídica.
18/09/2017 21:29
suricato
Claro que puedes, el tema es que tendrías que poner otra demanda creo yo. Suerte, todos la necesitamos
18/09/2017 19:47
suricato
Puedo pedir que me indemnicen por el tiempo que llevo pagando alquiler por no poder usar mi propiedad?
18/09/2017 19:43
suricato
Gracias a todos por vuestra ayuda.

AR abogada, la Sentencia de la Audiencia dice exactamente eso que Vd dice, que transcurrido un determinado plazo el uso exclusivo se extingue "sin necesidad de nueva declaración".

El procedimiento para pedir el uso exclusivo de la vivienda por mayor necesidad lo inicio mi ex y al contestar yo la demanda, donde probaba lo contrario, desistio del procedimiento. La han condenado en costas, pero no quiere pagarlas y ha recurrido a la Audiencia esta cuestión para ganar tiempo.

Yo he iniciado un nuevo procedimiento diciéndole al juez que lo que el resuelva me parecerá bien, siempre que consista en darme a mi mi mitad de los derechos. Me vale el uso alterno que Vd menciona,o venderle mi parte (yo no puedo comprar la suya) o venderla a un tercero o la subasta publica o judicial.
Lo que sea me vale, porque la situación actual es que siendo propietario no puedo ni ir por allí.
La casa se compro con el producto de mi trabajo exclusivamente y esto me parece muy injusto. Estoy haciendo todo lo posible por hacer las cosas correctamente, pero si la justicia no me da respuesta pues tendre que dármela yo mismo. Es legitimo evitar que me roben mi propiedad.

el juez nos ha emplazado a una vista previa para ver si hay un acuerdo (no lo habrá, porque quiere quedársela ella toda) o determinar con exactitud el alcance de mi demanda.
¿Qué me aconseja que diga? porque a mi abogado lo veo algo confuso.

Muchas gracias por su ayuda.
18/09/2017 11:07
suricato
¡¡upsssss!!! ¿por que entendi yo que la vivienda era privativa suya? Supongo que me despisto el titulo del post, aunque luego pone bien clarito que es de ambos...

Perdon por mi error
18/09/2017 10:19
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Para la última opción señalada por AR.abogada, puedes negociarlo directamente con tu ex, y si no accede, puedes dirigir una demanda de división de la cosa común al juzgado de primera instancia.
18/09/2017 09:56
suricato
Hola buenos días,

En primer lugar, gracias francolla por invocarme.

En segundo lugar, tendría que leer el fallo de la sentencia de la audiencia provincial para saber si efectivamente el mismo sería ejecutable o no, porque puede que el juez de primera instancia lleva más razón que un santo, y me voy a explicar:

Si la sentencia de la AP ÚNICAMENTE se limita a decir que llegada una determinada fecha se extingue el derecho de uso exclusivo de la madre con la hija, no hay nada que ejecutar, por cuanto que la extinción se produce automáticamente. Dices que la vivienda es al 50% propiedad de ambos, por lo que tanto uno como otro tenéis derecho a usarla. Así que, EN TEORÍA y según legislación vigente, tú podrías hacer uso de la vivienda al mismo tiempo que ella y poder entrar con total libertad a tu casa. PERO, no te lo recomiendo si tu exmujer se opone tajantemente, porque pueden iniciarse acciones que no nos sean para nada recomendables.

¿Qué opción tienes?, pues iniciar un procedimiento por medio del cual solicitar el uso exclusivo para ti, argumentando que en este momento eres el más necesitado del mismo. Pero habrá que estudiar muy bien si se cumplen esos requisitos, es decir, por ejemplo, si tu exmujer tiene otras propiedades, o si trabaja y gana más que tu, etc.

Si esos requisitos no se cumplen, entiendo que como mucho podríais solicitar el uso compartido por turnos, lo cual el TS ya lo ha previsto en alguna que otra sentencia. No obstante, esta medida también te obligaría a mantener una segunda vivienda para aquéllos periodos de tiempo que el uso le corresponda a tu mujer.

¿Solución más práctica? Comprar/vender. O tu le compras su parte, o ella la tuya a ti, o si no hay acuerdo sobre ésto, venderla a un tercero o en pública subasta.

Saludos, quedo a su disposición.
18/09/2017 09:11
suricato
¡Que extraño que el juez haya considerado que no hay nada que ejecutar!
Supongo que tendras que iniciar un procedimiento de deshaucio.
Eso que dices de cambiar la cerradura tambien valdria si pillas la vivienda vacia... efectivamente, seria como lo que hacen los okupas... meterte de okupa en tu propia vivienda...
¿se puede cambiar la cerradura desde fuera, o sea, sin entrar a la vivienda? Yo de cerraduras ni idea, pero por sentido comun pienso que no se puede, si no, vaya gracia, cada vez que uno sale de casa, aunque cierre con llave, cualquiera le puede cambiar la cerradura y encontrarse en la calle a la vuelta...
17/09/2017 22:43
suricato
Espera a que lo lea AR abogada que entra mucho por aquí, que cara tiene tu exmujer, eso tiene que tener solución, ya te dirán
Entrar en mi vivienda
17/09/2017 14:53
El año 2013 la Audiencia Provincial resolvió que en el plazo de tres años a contar desde la fecha de instancia (se cumplia en Octubre de 2016) terminaba mi obligación de pagar pensiones y también el derecho de uso y disfrute exclusivo de mi hija y su madre de la vivienda familiar (a nombre mio y de mi ex). Desde entonces mi ex no me permite acceder a mi vivienda, habiendo cambiado la cerradura.
Inste una ejecución de sentencia y el juez de 1ª instancia dijo que en la sentencia de la Audiencia no había nada ejecutable, asi que no podia hacer nada.
¿QUE HAGO?
Esto me parece una injusticia porque soy un pensionista y vivir de alquiler con una pension es muy difícil.
Por otro lado soy el legitimo propietario de mi casa, asi que pienso que podría llamar a un cerrajero y entrar en mi casa pòr las buenas, y dejarle el problema al juez de echar de su casa a su legitimo propietario. No pueden hacerlo ni con los okupas.
Por otro lado, mi hija, inducida por la madre, aunque reconoce mi derecho dice que no puede abrirme porque la madre no le deja.
Gracias por la ayuda