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Entrega copia acta y pagar ascensor

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Entrega copia acta y pagar ascensor
11/02/2011 16:31
Hola,
Explico un poco más, la reunión la tuvimos en Mayo de 2010, en octubre le envié un correo al administrador preguntando, pero no he tenido respuesta, por eso mi pregunta.

El segundo punto, es la instalación del ascensor, seré lo más escueta posible, en el código civil catalán Artículo 553-44, punto 3, especifica que : todos los propietarios deben sufragar...los propietarios pueden exigir el fraccionamiento del pago en mensualidades dutante un año.

No lo he puesto entero, y he puesto justo el final de este articulo, con lo del pago fraccionado en 12 mensualidades, que es lo que yo haré, pero mi pregunta es, sabe alguien a partir de cuando se han de empezar a pagar estas 12 mensualidades, porque yo pediría a partir de que el ascensor está instalado y funciona.
Esto lo digo porque yo no firmaría el acuerdo con la constructora, que fracciona el pago en 3 mensualidades, de diferentes tantos por ciento, pero en ese contrato, especifica muchos peros, osea a la menor dificultar hechos no se hacen cargo, pero aunque ese contrato no lo firme, si empiezo a pagar cuando empezaran las obras, sería un direro tirado, a mi entender.
Alguien sabe a partir de cuando se pagan esas 12 mensualidades, llegando a un acuerdo con el administrado?, y se hace supongo un contrato que especifica todo esto?

Luego estarían los dos bajos, el administrador defiende que no han de pagar , pero a partir de la sentencia 1151/2008,, creo que queda claro y así parece que los bajos han de pagar.
Uno es un taller de motos, y el otro está por alquilar o vender, y querría decir que de éste el administrado que nos atiende tiene un 2%, esto no parece como algo incompatible, defiende que las fincas que representa o quien haya detras de estas no tengan que pagar, y a la vez a si mismo, y siendo administrador nuestro

Agradecería a toda persona que me pueda aclarar algo, espero haberme explicado lo mejor posible.
Se me olvidaba, es ascensor es el primero que se pondría, y falta añadir todo el tema de la electricidad a sumar al prime presupuesto, y decir que somos 6 vecinos y los 2 locales.
Y los estatutos no eximen a los locales de este pago.

Gracias por adelantado