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Entrega de bajas

4 Comentarios
 
Entrega de bajas
28/12/2016 10:32
Buenos días, me gustaría que me ayudaran si es posible porque soy muy novata en este campo. Tengo una pequeña empresa y mi empleada hace dos semanas entregó un parte de baja a la empresa. No tengo ni idea que es lo que pasa, no me han informado de nada, tampoco tengo más partes de baja y ya va para la tercera semana, nadie me contesta al teléfono, esto es normal........ tendría que estar informada de algo o no puedo hacer nada???? Al no tener ni idea cuando se podría incorporar, necesitaría contratar a otra persona... no sé que hacer. Muchas gracias
29/12/2016 09:59
Gadeca
Buenas, te comento.

Para que un trabajador esté de baja, el médico tiene que emitir un parte de baja . Si la baja se prolonga en el tiempo, el médico tendrá que ir emitiendo al trabajador partes de confirmación de la baja, que irán alargando esta situación. Y en el momento en el que el trabajador se haya recuperado, el médico emitirá un parta de alta. Estos partes de baja médica son los que verifican que el trabajador está de baja y los debe de entregar a la empresa para justificar que no se puede acudir a trabajar. Se tiene 3 días para enviar a la empresa los partes de baja y de confirmación, y 24 horas para enviar el de alta.

Se establecen cuatro tipos de bajas y en cada una de ellas hay un nuevo sistema de partes de confirmación.

Baja muy corta: proceso de duración inferior a cinco días naturales. En estos casos, el trabajador no tiene que volver al cabo de la semana, como ocurría hasta ahora. Ya no será necesario regresar a la consulta, porque en el mismo momento, el médico emite el parte de baja y el de alta, siempre que se trate de situaciones de duración inferior a cinco días naturales.
Baja corta: de 5 a 30 días naturales. Para estas bajas, el primer parte de confirmación se realizará a los siete días, y los siguientes, cada dos semanas. En todas las bajas que sean de una duración superior a los 5 días, tendrá que aparecer cuál es la siguiente fecha de revisión a la que deberá acudir el trabajador.
Baja media: de 31 a 60 días naturales. En este tipo de baja media, el primer parte será al cabo de una semana, y los siguientes, cada 28 días.
Baja larga: de 61 o más días naturales. La renovación del primer parte será a los 14 días y los siguientes cada 35.
05/01/2017 20:19
Gadeca
Hola buenas hoy salí del trabajo por un atque de ansiedad y fui al hospital y la medico me dijo que si sigo asi que le pida la baja a mi medico mañana. Pero es fiesta y tendria q ir a trabajar.. Tengo cita para el lunes me la podria dar con fecha de mañana. Por favor no se q hacer estoy muy mal.
17/01/2017 12:55
Gadeca
Hola Buenos días, soy Gadeca otra vez. La empleada que tengo está de baja hace un mes, en su parte de baja pone estimada 365 días, según la ley de protección de datos no tengo ni derecho a saber el porqué de la baja.. Tengo que seguir pagando íntegro el sueldo, durante cuanto tiempo??, ya que tendré que contratar a alguien y no puedo con dos sueldos.. El empresario no está en estos casos protegido por nada ni por nadie, me parece muy fuerte. No tienes derecho a nada solo a pagar íntegro un sueldo de alguien que está de baja y no sabes ni el porqué...
17/01/2017 21:00
Gadeca
No tiene porqué saber porque esta de IT a usted eso no le incumbe, simplemente que le entregue los correspondientes partes de IT y si le dicen que se prevé dure un año puede contratar un interino el cual finalizará cuando la trabajadora reciba el alta.
Que le informe la asesoría, tb podría despedir a la trabajadora pero si resulta que esta de baja por ej por riesgo durante un embarazo ese despido seria nulo. Eso debe gestionárselo la asesoría