hola, en el auto de las medidas provisionales pone q en las visitas del padre las entregas y recogida se hacen en el domicilio materno,en la sentencia del juicio definitivo no pone nada y el padre dice q tengo q ir yo a recogerlo,pero él se ha ido a otra ciudad q está a unos 40 minutos o sea q será más de 1 hora de camino entre ida y vuelta más el gasto de gasolina y encima me pasa 100 €, tengo q ir yo si en el juicio anterior se dijo q era en el domicilio materno o por no ponerlo en la última sentencia no tiene por que traerlo el?
Hola. Sin leer la sentencia te dijo ya que seguro que tiene el que hacerse cargo del transporte. Que no sea tan listo. Habla con tu abogado pero vamos, que siempre son los no custodios los encargados, hay algunos que tienen una jeta que se la pisan.... En fin...
Se supone que el dinero que te pasa incluye tb eso. Yo en mi caso, a mis hijastros les compro ropa y aquí tienen y vienen con la de su madre, se la lavo y cuando se van es la que llevan y su estancia aquí llevan la que les compró yo. También he tenido el caso contrario que mis hijos se iban con su padre y les hacía yo la maleta... Es un poco tb no tener ganas de rizar el rizo.. Quiero decir, llegar a acuerdos, si tu crees que es poco dinero lo que te pasa, haz modificación de medidas y le pides más.
Referente a la ropa, SI, tienes que mandar al niño con ropa. La cantidad que se haya estipulado como pension de alimentos, sea alta o baja, incluye el vestido (salvo clausula especifica en contrario)