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ERE extincion con guarda legal de menores 8 años

4 Comentarios
 
Ere extincion con guarda legal de menores 8 años
18/04/2012 00:16
Hola.
He sido incluida en un ERE de extinción recibiendo una indemnización 20 días anuales por los 12 años trabajados en la empresa.
En el momento del despido tenia reduccion de jornada por guarda legal de menores de 8 años. El ERE sólo ha afectado a parte de la plantilla y el departamento en el que trabajaba no ha desaparecido.
¿Puedo denunciar a la empresa por despido improcedente al tener reducción y no desaparecer el departamento o es legal la inclusión en el ERE de extinción?
Gracias
18/04/2012 08:30
Procede a apelar o demandar ante el juzgado de lo social por la nulidad del despido en virtud del artículo 53.4 (TRLET), sin perjuicio del siguiente párrafo:

"Lo establecido en las letras anteriores será de aplicación, salvo que, en esos casos, se declare la procedencia de la decisión extintiva por motivos no relacionados con el embarazo o con el ejercicio del derecho a los permisos y excedencia señalados."

Por ello, has de tener en consideración las causas alegadas en la memoria de las causas y en el acuerdo del periodo de consultas, y valorar si se ajustan a derecho y si se pueden probar fehacientemente por parte de la empresa.

No se puede decir más con tan poca información.
18/04/2012 08:34
Salvo que los representantes de los trabajadores o miembros de comité, si existen, hayan procedido a apelar mediante procedimiento colectivo, de ser así tu proceso quedaría paralizado. Pero parece no ser el caso.
18/04/2012 20:24
Hola de nuevo.

¿Que más datos necesitais?

En la documentación que aportan indican que el ere es por causas productivas, economicas y organizativas segun lo establecido en el articulo 51 y 53.1 del estatuto de los trabajadores segun la redacción dada por la Real decreto ley 3/2012.

El Ere ha afectado a 85 personas, pero de momento solo han despedido a 35. La totalolidad de trabajores de la empresa antes del ERE era de 175.

El departamento en el que me encontraba constaba de tres personas. De las cuales sólo me han despedido a mi(que soy la que tiene reducción de jornada por custodia de menosres de 8 años).

Un saludo y muchas gracias
Olga.
19/04/2012 06:52
"El departamento en el que me encontraba constaba de tres personas. De las cuales sólo me han despedido a mi(que soy la que tiene reducción de jornada por custodia de menosres de 8 años)."

Por este motivo, insisto, entiendo que deberías procede a apelar o demandar ante el juzgado de lo social por la nulidad del despido en virtud del artículo 53.4 (TRLET), sin perjuicio del siguiente párrafo:

"Lo establecido en las letras anteriores será de aplicación, salvo que, en esos casos, se declare la procedencia de la decisión extintiva por motivos no relacionados con el embarazo o con el ejercicio del derecho a los permisos y excedencia señalados."
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Ere extincion con guarda legal de menores 8 años
18/04/2012 00:16
Hola.
He sido incluida en un ERE de extinción recibiendo una indemnización 20 días anuales por los 12 años trabajados en la empresa.
En el momento del despido tenia reduccion de jornada por guarda legal de menores de 8 años. El ERE sólo ha afectado a parte de la plantilla y el departamento en el que trabajaba no ha desaparecido.
¿Puedo denunciar a la empresa por despido improcedente al tener reducción y no desaparecer el departamento o es legal la inclusión en el ERE de extinción?
Gracias
18/04/2012 08:30
Procede a apelar o demandar ante el juzgado de lo social por la nulidad del despido en virtud del artículo 53.4 (TRLET), sin perjuicio del siguiente párrafo:

"Lo establecido en las letras anteriores será de aplicación, salvo que, en esos casos, se declare la procedencia de la decisión extintiva por motivos no relacionados con el embarazo o con el ejercicio del derecho a los permisos y excedencia señalados."

Por ello, has de tener en consideración las causas alegadas en la memoria de las causas y en el acuerdo del periodo de consultas, y valorar si se ajustan a derecho y si se pueden probar fehacientemente por parte de la empresa.

No se puede decir más con tan poca información.
18/04/2012 08:34
Salvo que los representantes de los trabajadores o miembros de comité, si existen, hayan procedido a apelar mediante procedimiento colectivo, de ser así tu proceso quedaría paralizado. Pero parece no ser el caso.
18/04/2012 20:24
Hola de nuevo.

¿Que más datos necesitais?

En la documentación que aportan indican que el ere es por causas productivas, economicas y organizativas segun lo establecido en el articulo 51 y 53.1 del estatuto de los trabajadores segun la redacción dada por la Real decreto ley 3/2012.

El Ere ha afectado a 85 personas, pero de momento solo han despedido a 35. La totalolidad de trabajores de la empresa antes del ERE era de 175.

El departamento en el que me encontraba constaba de tres personas. De las cuales sólo me han despedido a mi(que soy la que tiene reducción de jornada por custodia de menosres de 8 años).

Un saludo y muchas gracias
Olga.
19/04/2012 06:52
"El departamento en el que me encontraba constaba de tres personas. De las cuales sólo me han despedido a mi(que soy la que tiene reducción de jornada por custodia de menosres de 8 años)."

Por este motivo, insisto, entiendo que deberías procede a apelar o demandar ante el juzgado de lo social por la nulidad del despido en virtud del artículo 53.4 (TRLET), sin perjuicio del siguiente párrafo:

"Lo establecido en las letras anteriores será de aplicación, salvo que, en esos casos, se declare la procedencia de la decisión extintiva por motivos no relacionados con el embarazo o con el ejercicio del derecho a los permisos y excedencia señalados."