Nunca he escrito en este Subforo de Propiedad Horizontal, suelo estar en el Subforo laboral.
La Propiedad Horizontal no la domino nada, ni siquiera un poquito y necesitaría una ayuda por vuestra parte, os explico el caso.
Hoy me ha llegado una demanda de la Comunidad de Vecinos, en la cuál debo cierta cantidad de dinero (imposible porque estoy correcto en los pagos), así que a lo primero pensaba que había un error en los resguardos del pago de la comunidad. Analizando bien la demanda, me doy cuenta que es mi nombre, pero la dirección es errónea, llegando a la conclusión que es de la comunidad de vecinos del edificio colindante a donde yo vivo.
Me he acercado y he hablado con la Presidenta y se ha quedado "flipando", porque la conozco de hace muchos años, SE HAN EQUIVOCADO Y ME HAN DENUNCIADO ERRÓNEAMENTE, SI YO NO FORMO NI PARTE DE SU COMUNIDAD!!, es otro edificio que no tiene nada que ver al mío.
Les he dicho que me retiren la demanda y me han dicho que hablará con la asesoría que lleva el tema.
La cuestión está que el Juzgado me da un plazo para dar alegaciones y yo las voy a dar, pero este tema no lo domino, algún experto que me diga FUNDAMENTOS DE DERECHO para interponer las correspondientes alegaciones??, no vaya a ser que me digan que si la han retirado y luego no lo hagan y yo salga perdiendo, prefiero dejar bien sujeto los cabos por si acaso.
Con independencia de la forma de redactar la contestación a la demanda, quizás fuera conveniente que dirija un burofax al Presidente de esa Comunidad, instandole a retirar la demanda. Esto le ayudará para obtener la condena en costas.
Sí, y no estaría de más que también le instes en ese burofax al Presidente, a que solicite una nota simple al Registro de la Propiedad donde seguro que aparece el verdadero titular de la vivienda, así se dará cuenta de que la demanda la tienen perdida. Saludos
Lo que tienes que hacer es oponerte al monitorio alegando la falta de legitimación pasiva que describes en tu pregunta, así como la plus petición al estar al corriente en tu comunidad, con carácter alternativo y cautelar.
El burofax no sirve para nada en el procedimiento.
Pero es una forma de que el otro se dé cuenta de la metedura de pata y retiren la demanda o subsanen ese error tan garrafal, y a este señor le dejen tranquilo.
No. No estoy equivocado. En este caso lo que hay que hacer es contestar el monitorio oponiéndose. El burofax es ineficaz. La Ley procesal es la ley procesal. No hagamos inventos ni confundamos a los consultantes.
Ok, muchas gracias a todos, ya hice el escrito alegando oposición al monitorio y explicando los motivos del porque esa oposición.
El burofax lo envíe pero parece ser que no lo han recogido, le habrán dejado el aviso de llegada, y no querrán cogerlo, ya lleva varios días devuelto en la Oficina Postal, pero es un poco IRÓNICO, ver como me han enviado muchos burofax pidiendo una reclamación de cantidad que no es mía (venían como documentos adjuntos en la demanda, como me notifican y eran devueltos, normal, si lo enviaban a donde de verdad era la deuda, y ami nombre) y ahora que ellos tienen la responsabilidad de subsanar dicho error, actúan de la misma forma negligente que el inquilino que no les paga, incluso peor, porque al inquilino no le han notificado LEGALMENTE NADA, me lo están notificando a mí.