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¿Es compatible el régimen general y el agrario para cobrar el desempleo?

4 Comentarios
 
¿es compatible el régimen general y el agrario para cobrar el desempleo?
09/08/2019 14:12
Buenas tardes, ¿Es compatible el regimen general y el agrario para cobrar el desempleo? Tengo 38 dias trabajados en el regimen agrario y llevo 6 meses trabajando en el regimen general a tiempo parcial pero me quedan aun 2 meses para que se me acabe el contrato. He leido que para poder arreglar el desempleo del contrato a tiempo parcial se necesitan 180 dias trabajados pero me van a faltar 40 dias o así y esa es mi pregunta. Muchisimas gracias que tenga un buen dia
09/08/2019 15:10
Miriam4
Hola Míriam,

El sistema especial de trabajadores agrarios por cuenta ajena esta integrado en el régimen general desde el 1 de enero de 2012, por lo que te da igual. Ahora bien, para saber el periodo mínimo de cotización habría que hacer el cálculo correspondiente, cuyo resultado se aplica a los 360 dias de período mínimo de cotización habitual. (pueden ser 180, pero dependerá del resultado del cálculo )

Un saludo,
24/07/2020 21:48
Hola, mi situación es la siguiente:

Actualmente estoy trabajando en el régimen general y quiero causar baja voluntaria en mi empresa para trabajar en régimen agrario 3 o 4 meses. Tengo entendido que cuando se causa baja voluntaria en una empresa no tienes derecho a solicitar el desempleo, pero mi duda es porque como voy a estar 3 o 4 meses trabajando en el régimen agrario, cuando éste periodo finalice, ¿puedo solicitar el desempleo que tengo guardado del anterior trabajo en el régimen general? Tengo bastantes años cotizados en el general.

Por favor, necesito ayuda. No encuentro a nadie que me pueda dar una respuesta.

Muchas gracias.
26/07/2020 11:03
Ventura87
Hola. Si tú pides la baja voluntaria, para poder cobrar el desempleo, no sólo tienes que trabajar en otra empresa ( o en el régimen especial agrario) sino que además el cese en el nuevo empleo debe ser por causa ajena a tu voluntad y además deben haber transcurrido más de 3 meses desde la fecha de la baja voluntaria ( aunque no hayas cotizado los 3 meses).
Por ello, si trabajas y cotizas 3 ó más meses en el régimen agrario y el cese en dicho régimen no es por causa voluntaria, no tendrás problema en cobrar el desempleo.
Si tenías un paro iniciado y no agotado , y no has cotizado más de 12 meses después , automáticamente cobrarás el resto del paro iniciado. Si hubieses cotizado más de 12 meses, tendrás la opción de elegir por el más beneficioso.
Saludos
26/07/2020 13:36
Expertolaboral
Hola, perfecto, muchísimas gracias por vuestra ayuda y rapidez.
Saludos!