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¿Es delito o falta alterar el pago las cuotas comunes?

4 Comentarios
 
¿es delito o falta alterar el pago las cuotas comunes?
08/04/2017 10:44
Un vecino, cuando era presidente, asocio el pago de la cuota común al coeficiente del catastro. Esto lo hizo sin convocar junta, ni reflejarlo en acta...Repartió un plano entre los vecinos y nos dijo este es el nuevo porcentaje, pero dichos porcentajes no sumaban el 100% sumaban el 94%, debido a que un vecino se enfrento a este presidente. Este sistema ha estado así funcionando 15 años aproximadamente. Ahora, hemos vuelto a la normalidad después de aprobar en una junta y por mayoría simple el pago de las cuotas comunes según cuotas de participación de la escritura publica, volviendo así al 100%.
Si lo hubiéramos cogido a tiempo¿Que nombre le ponemos a acción de este vecino-presidente?
Gracias.
08/04/2017 13:23
Acrkun
Bueno, lo del Catastro es de "Juzgado de Guardia".

Conozco un caso, en un conjunto de apartamentos. Hay apartamentos de 1 dormitorio y otros apartamentos de 2 dormitorios. Lógicamente, unos tienen un coeficiente de 1,95 % (los de 1 dormitorio) y otros un 2,40 % (los de 2 dormitorios).

El Catastro, especifica que están en régimen de "División Horizontal".

Lo curioso, es que el año de antigüedad, es anterior al de la inscripción de la División Horizontal.

Los coeficientes asignados en el Catastro, no coinciden a los de la División Horizontal, siendo superiores en el Catastro para los de 2 dormitorios e inferiores para los de 1 dormitorio.

Un propietario de los de 2 dormitorios, presentó una reclamación del coeficiente asignado a su propiedad por el Catastro, presentando copìa de la escritura de división horizontal, donde constan TODOS LOS APARTAMENTOS.

Su reclamación fue estimada y se le asigno el coeficiente que aparecía en la División Horizontal.

Lo extraño, es que el Catastro no modificó los del resto de apartamento, pese a tener a la vista la escritura de división horizontal. Por ello ahora, a efecto catastrales la suma de los coeficientes no da el 100 %.
Pese a que el propietario reclamante, hizo esa observación al funcionario que le atendió, este hizo caso omiso y manisfestó "usted ya tiene arreglado lo suyo, el resto no le interesa".
09/04/2017 17:09
Acritons
Así es, Acritons. Ahora en el catastro la superficie de todo el garaje NO suma el 100% sino el 94%.
09/04/2017 20:16
Acrkun
es que lo que figura en el catastro no influye para nada al coeficiente de participación del Registro de la Propiedad.
olvidesé del tema, a no ser que dicho cambio le afecte en el I.B.I.
10/04/2017 02:01
amadeo2002
Agradecería el comentario de alguien que sepa.
amadeo2002 también agradecería que salieras de la conversación y no opines.
Gracias.