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¿Es legal autoliquidar una herencia a falta de un heredero?

2 Comentarios
 
¿es legal autoliquidar una herencia a falta de un heredero?
10/03/2021 20:16
Es licito autoliquidar una herencia sin haber hecho cuaderno particional y adjudicación ante notario? Y si el admisible , puede el banco desbloquear la cuenta bancaria de un difunto con la autoliquidación de hacienda pero sin la adjudicación ante notario?
12/03/2021 11:04
hudghes1936
Ustedes están en la "obligación" de liquidar el Impuesto de Sucesiones, ya sea mediante autoliquidación o por liquidación administrativa, dentro de los primeros seis meses despues del fallecimiento, o un año, si piden prorroga.
El tema de como se repartan ustedes la masa hereditaria, es un tema privado entre ustedes, y por lo tanto pueden hacerlo cuando consideren oportuno.
En cuanto al Banco, si todos, repito, todos los herederos llegan a un acuerdo, pueden presentar en el Banco escrito, junto con la liquidación del impuesto de sucesiones, y el Banco está obligado a liberar los fondos, de acuerdo con la solicitud que ustedes hagan. Tengan en cuenta, que no pueden cobrarles por este servicio, si son ustedes los que aportan la documentación oportuna (certificado de defunción, ultimas voluntades, testamento y liquidación del impuesto de sucesiones). Si les presentan algún documento para firmar, en el que venga la aceptación de una comisión de gestión, no lo firmen. Si no liberan los fondos, en la forma en que ustedes les han indicado, presenten reclamación al "departamento de atención al cliente" con copia para ustedes, e incluyendo en el escrito, el parrafo de que "es un paso previo a la reclamación ante el Banco de España".
Si les dicen que los herederos "tienen" que abrir cuenta con ellos, tienen que saber que no están obliglados. Ustedes tiene el derecho a decidir como quieren recibir los fondos: en efectivo o mediante transferencia a la cuenta del Banco que ustedes decidan. Y por supuesto no les pueden cobrar por este servicio.
Si tienen alguna duda consulten por Internet "Memoria de reclamaciones del Banco de España".
14/03/2021 20:38
1996
Gracias por tu contestación. Hoy mehe enterado de que no la han autoliquidado la herencia, ellos han aportado mi requerimiento notarial en la que yo acepto como legatario y heredero por dejarme la estricta legitima, pero que no estoy conforme con el bien asignado por no abarcar este el importe de tasación de la estricta. El banco el cual ya he denunciado al banco de España, hoy me dice que me vetan la información de la cuenta de mi madre, porque yo no soy heredero. El inventario ni la adjudicación esta realizado, como puede decirme hoy que no soy heredero y ya me dio los moviminetos hace meses. Encabronado por la denuncia el banco?
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¿es legal autoliquidar una herencia a falta de un heredero?
10/03/2021 20:16
Es licito autoliquidar una herencia sin haber hecho cuaderno particional y adjudicación ante notario? Y si el admisible , puede el banco desbloquear la cuenta bancaria de un difunto con la autoliquidación de hacienda pero sin la adjudicación ante notario?
12/03/2021 11:04
hudghes1936
Ustedes están en la "obligación" de liquidar el Impuesto de Sucesiones, ya sea mediante autoliquidación o por liquidación administrativa, dentro de los primeros seis meses despues del fallecimiento, o un año, si piden prorroga.
El tema de como se repartan ustedes la masa hereditaria, es un tema privado entre ustedes, y por lo tanto pueden hacerlo cuando consideren oportuno.
En cuanto al Banco, si todos, repito, todos los herederos llegan a un acuerdo, pueden presentar en el Banco escrito, junto con la liquidación del impuesto de sucesiones, y el Banco está obligado a liberar los fondos, de acuerdo con la solicitud que ustedes hagan. Tengan en cuenta, que no pueden cobrarles por este servicio, si son ustedes los que aportan la documentación oportuna (certificado de defunción, ultimas voluntades, testamento y liquidación del impuesto de sucesiones). Si les presentan algún documento para firmar, en el que venga la aceptación de una comisión de gestión, no lo firmen. Si no liberan los fondos, en la forma en que ustedes les han indicado, presenten reclamación al "departamento de atención al cliente" con copia para ustedes, e incluyendo en el escrito, el parrafo de que "es un paso previo a la reclamación ante el Banco de España".
Si les dicen que los herederos "tienen" que abrir cuenta con ellos, tienen que saber que no están obliglados. Ustedes tiene el derecho a decidir como quieren recibir los fondos: en efectivo o mediante transferencia a la cuenta del Banco que ustedes decidan. Y por supuesto no les pueden cobrar por este servicio.
Si tienen alguna duda consulten por Internet "Memoria de reclamaciones del Banco de España".
14/03/2021 20:38
1996
Gracias por tu contestación. Hoy mehe enterado de que no la han autoliquidado la herencia, ellos han aportado mi requerimiento notarial en la que yo acepto como legatario y heredero por dejarme la estricta legitima, pero que no estoy conforme con el bien asignado por no abarcar este el importe de tasación de la estricta. El banco el cual ya he denunciado al banco de España, hoy me dice que me vetan la información de la cuenta de mi madre, porque yo no soy heredero. El inventario ni la adjudicación esta realizado, como puede decirme hoy que no soy heredero y ya me dio los moviminetos hace meses. Encabronado por la denuncia el banco?