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¿es legal?

3 Comentarios
 
¿es legal?
23/02/2015 01:30
¿Puede el Presidente de una Comunidad nombrado por sorteo en Junta General delegar sus funciones de presidente en el Vicepresidente también elegido en Junta, sin acudir al Juez o alternativamente obtener de la Junta que le exima del cargo?. ¿Son validos los actos efectuados por el vicepresidente con motivo de dicha delegación?.
23/02/2015 09:42
El vicepresidente es un cargo opcional, cuyas funciones establece la LPH que son:
"Corresponde al Vicepresidente, o a los Vicepresidentes por su orden, sustituir al Presidente en los casos de ausencia, vacante o imposibilidad de éste, así como asistirlo en el ejercicio de sus funciones en los términos que establezca la Junta de propietarios."
Por tanto, no se necesita ninguna autorización judicial ni de la junta de propietarios para esa delegación de funciones. La ley no fija que causas se incluyen en esa "imposibilidad", por lo que se podrían entender en un sentido amplio: motivos de salud, familiares, laborales... aparte por ejemplo de la ausencia (ya recogida expresamente).
23/02/2015 09:52
Quizas no haya expresado bien la consulta. Lo que ha hecho el presidente nombrado no es delegar para un acto sino que ha desistido para todo lo que lleva su cargo y cualquiera que sea el momento no para una junta en concreto, es decir entiendo que escudandolo en la delegación ha desistido de du cargo.
23/02/2015 11:15
En cualquier caso, ante los propietarios de la Comunidad, seguirá siendo el responsable de todo lo que haga el Vicepresidente.
Tengo la duda, de si también podrá ausentarse en las Juntas Generales.
También si no firmará las actas.
En cualquier caso, se puede arriesgar a ser denunciado ante el juzgado, por dejación de funciones, pero con los jueces que tenemos.