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¿Es lo mismo la capacidad matrimonial que certificado de soltería?

2 Comentarios
 
¿es lo mismo la capacidad matrimonial que certificado de soltería?
12/09/2017 12:35
Hola Buenos Días! Tengo la cita para unión de hecho en Diciembre, mi pareja es Italiano y va a solicitar la capacidad matrimonial en el consulado Italiano en Madrid, sin embargo, tengo dos consultas, la capacidad matrimonial es lo mismo que certificado de soltería?, Cual seria mejor y mas rápido de solicitar? al solicitarlo en el consulado Italiano viene plurilingue? Muchas Gracias. Saludos.
13/09/2017 23:00
Amatista2017
Hola:

NO es lo mismo.

Un certificado de estado civil simplemente da fe de que la persona es de estado civil soltera, casada, viuda o divorciada (y en algunos países, unida de hecho). Su regulación la hace la legislación de cada Estado, pudiendo en algunos exclusivamente conferirle competencias a los oficiales encargados de la llevanza del Registro Civil para su expedición y en otros también permitir que se pruebe mediante declaración ante notario, por ejemplo. En España, el Reglamento de la Ley de Registro Civil establece que el estado civil de soltero, viudo o divorciado se probará mediante la fe del encargado del Registro Civil del domicilio del interesado, siendo posible también hacerlo mediante declaración formulada ante notario. La fe de vida y estado que expiden los Registros Civiles españoles a las personas de nacionalidad española es sun certificado de estado civil, pero no un certificado de capacidad matrimonial. Un certificado de estado civil se puede requerir para cualquier trámite, no necesariamente para contraer matrimonio.

Un certificado de capacidad matrimonial sólo se puede obtener luego de haberse tramitado un expediente matrimonial, en el cual debe quedar suficientemente probado que no concurren en el contrayente impedimentos matrimoniales. Y el impedimento de ligamen no es el único impedimento matrimonial previsto por las leyes, existen otros, como por ejemplo, el de edad (cada país fija en sus leyes la edad mínima para contraer matrimonio), el de parentesco (no se puede contraer matrimonio entre ascendientes y descendientes y entre parientes por consanguinidad en línea colateral dentro del segundo grado, esto es norma común en todas partes; algunos países mantienen en cambio la necesidad de dispensa previa en caso de parentesco de tercer y cuarto grado en línea colateral), el de crimen (no se puede casar el cónyuge sobreviviente con el autor del crimen de su anterior cónyuge, aunque algunos países prevén la posibilidad de dispensar este impedimento), el de falta absoluta de juicio y voluntad (que la persona está privada por completo de su capacidad de entender y de querer y en consecuencia, no puede prestar el consentimiento matrimonial). El certificado de capacidad matrimonial sólo se expide para contraer matrimonio. La legislación española prevé su expedición para personas de nacionalidad española - y apátridas reconocidos como tales por España y extranjeras que eventualmente pudieran llegar a ver regido su estatuto personal por la ley española- exclusivamente cuando el matrimonio se va a llevar a cabo fuera de España y la legislación del Estado en el que se va a celebrar el matrimonio exige la presentación de un certificado de capacidad matrimonial.

Si su pareja es italiano y va a formalizar unión de hecho en España no es necesario que tramite el certificado de capacidad matrimonial en el consulado de Italia, eso sólo sería necesario si fueran a casarse. Para la unión de hecho, es suficiente con el certificado de estado civil, que en Italia, cuando la persona es soltera, se llama "certificato di stato libero" y lo expide el Registro Civil, que está a cargo del Ayuntamiento ( " Comune "). Ese certificado no necesita legalización, pero sí requiere la traducción al castellano por un traductor jurado.

Un cordial saludo.
03/01/2019 12:54
Condedecartagena
Buenos días,
La documentación que me pide para el matrimonio en Barcelona es “Certificado de Estado Civil ó Certificado de Capacidad Matrimonial”. El último es más fácil de conseguir pues lo expide el Consulado en Barcelona, mientras que el otro lo he de tramitar en el pais (Venezuela) legalizarlo y apostillarlo.
Mi pregunta es, si eso requisito pone “o” asumo que para el matrimonio puedo presentar uno o el otro? O tendrías que presentar ambos documentos?

Gracias,
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¿es lo mismo la capacidad matrimonial que certificado de soltería?
12/09/2017 12:35
Hola Buenos Días! Tengo la cita para unión de hecho en Diciembre, mi pareja es Italiano y va a solicitar la capacidad matrimonial en el consulado Italiano en Madrid, sin embargo, tengo dos consultas, la capacidad matrimonial es lo mismo que certificado de soltería?, Cual seria mejor y mas rápido de solicitar? al solicitarlo en el consulado Italiano viene plurilingue? Muchas Gracias. Saludos.
13/09/2017 23:00
Amatista2017
Hola:

NO es lo mismo.

Un certificado de estado civil simplemente da fe de que la persona es de estado civil soltera, casada, viuda o divorciada (y en algunos países, unida de hecho). Su regulación la hace la legislación de cada Estado, pudiendo en algunos exclusivamente conferirle competencias a los oficiales encargados de la llevanza del Registro Civil para su expedición y en otros también permitir que se pruebe mediante declaración ante notario, por ejemplo. En España, el Reglamento de la Ley de Registro Civil establece que el estado civil de soltero, viudo o divorciado se probará mediante la fe del encargado del Registro Civil del domicilio del interesado, siendo posible también hacerlo mediante declaración formulada ante notario. La fe de vida y estado que expiden los Registros Civiles españoles a las personas de nacionalidad española es sun certificado de estado civil, pero no un certificado de capacidad matrimonial. Un certificado de estado civil se puede requerir para cualquier trámite, no necesariamente para contraer matrimonio.

Un certificado de capacidad matrimonial sólo se puede obtener luego de haberse tramitado un expediente matrimonial, en el cual debe quedar suficientemente probado que no concurren en el contrayente impedimentos matrimoniales. Y el impedimento de ligamen no es el único impedimento matrimonial previsto por las leyes, existen otros, como por ejemplo, el de edad (cada país fija en sus leyes la edad mínima para contraer matrimonio), el de parentesco (no se puede contraer matrimonio entre ascendientes y descendientes y entre parientes por consanguinidad en línea colateral dentro del segundo grado, esto es norma común en todas partes; algunos países mantienen en cambio la necesidad de dispensa previa en caso de parentesco de tercer y cuarto grado en línea colateral), el de crimen (no se puede casar el cónyuge sobreviviente con el autor del crimen de su anterior cónyuge, aunque algunos países prevén la posibilidad de dispensar este impedimento), el de falta absoluta de juicio y voluntad (que la persona está privada por completo de su capacidad de entender y de querer y en consecuencia, no puede prestar el consentimiento matrimonial). El certificado de capacidad matrimonial sólo se expide para contraer matrimonio. La legislación española prevé su expedición para personas de nacionalidad española - y apátridas reconocidos como tales por España y extranjeras que eventualmente pudieran llegar a ver regido su estatuto personal por la ley española- exclusivamente cuando el matrimonio se va a llevar a cabo fuera de España y la legislación del Estado en el que se va a celebrar el matrimonio exige la presentación de un certificado de capacidad matrimonial.

Si su pareja es italiano y va a formalizar unión de hecho en España no es necesario que tramite el certificado de capacidad matrimonial en el consulado de Italia, eso sólo sería necesario si fueran a casarse. Para la unión de hecho, es suficiente con el certificado de estado civil, que en Italia, cuando la persona es soltera, se llama "certificato di stato libero" y lo expide el Registro Civil, que está a cargo del Ayuntamiento ( " Comune "). Ese certificado no necesita legalización, pero sí requiere la traducción al castellano por un traductor jurado.

Un cordial saludo.
03/01/2019 12:54
Condedecartagena
Buenos días,
La documentación que me pide para el matrimonio en Barcelona es “Certificado de Estado Civil ó Certificado de Capacidad Matrimonial”. El último es más fácil de conseguir pues lo expide el Consulado en Barcelona, mientras que el otro lo he de tramitar en el pais (Venezuela) legalizarlo y apostillarlo.
Mi pregunta es, si eso requisito pone “o” asumo que para el matrimonio puedo presentar uno o el otro? O tendrías que presentar ambos documentos?

Gracias,