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¿Es obligacion de asumir responsabilidades por el mismo dinero en Carrefour?

12 Comentarios
 
¿es obligacion de asumir responsabilidades por el mismo dinero en carrefour?
22/04/2010 17:37
Hola, soy Jefe de seccion en carrefour y me han solicitado que asuma el mando de otra seccion con lo que ello conlleva(el doble de responsabilidad, el doble de responsabilidad economica, el doble de personal a mi cargo) y todo ello, sin recibir nada a cambio.¿Es legal?, ¿tengo obligacion de aceptarlo?
Ruego que si alguien sabe que debo hacer me lo diga. Si no acepto, ¿me pueden despedir?
23/04/2010 16:35
Te pueden despedir aunque será improcedente y te deberán indemnizar con 45 días/año.
23/04/2010 19:05
Que te lo den por escrito,la empresa te puede poder temporalmente a realizar funciones superiores, pero ha de pagarte por ello .Si lo hace de forma permanente o continuada durante varios meses puedes reclamar el ascenso .Pero la diferencia salarial por lo menos de convenio te la tienen que pagar.
Deben dartelo por escrito.
23/04/2010 21:09
gracias, pero si alguien sabe de algun resquicio legal, se lo agradeceria. Muchas gracias
24/04/2010 13:03

Estatuto de los trabajadores
Artículo 39. Movilidad funcional.

1. La movilidad funcional en el seno de la empresa no tendrá otras limitaciones que las exigidas por las titulaciones académicas o profesionales precisas para ejercer la prestación laboral y por la pertenencia al grupo profesional. A falta de definición de grupos profesionales, la movilidad funcional podrá efectuarse entre categorías profesionales equivalentes.

2. La movilidad funcional para la realización de funciones no correspondientes al grupo profesional o a categorías equivalentes sólo será posible si existiesen razones técnicas u organizativas que la justificasen y por el tiempo imprescindible para su atención. En el caso de encomienda de funciones inferiores ésta debera estar justificada por necesidades perentorias o imprevisibles de la actividad productiva. El empresario deberá comunicar esta situación a los representantes de los trabajadores.

3. La movilidad funcional se efectuará sin menoscabo de la dignidad del trabajador y sin perjuicio de su formación y promoción profesional, teniendo derecho a la retribución correspondiente a las funciones que efectivamente realice, salvo en los casos de encomienda de funciones inferiores, en los que mantendrá la retribución de origen. No cabrá invocar las causas de despido objetivo de ineptitud sobrevenida o de falta de adaptación en los supuestos de realización de funciones distintas de las habituales como consecuencia de la movilidad funcional.

4. Si como consecuencia de la movilidad funcional se realizasen funciones superiores a las del grupo profesional o a las de categorías equivalentes por un período superior a seis meses durante un año o a ocho durante dos años, el trabajador podrá reclamar el ascenso, si a ello no obsta lo dispuesto en convenio colectivo o, en todo caso, la cobertura de la vacante correspondiente a las funciones por él realizadas conforme a las reglas en materia de ascensos aplicables en la empresa, sin perjuicio de reclamar la diferencia salarial correspondiente. Estas acciones serán acumulables. Contra la negativa de la empresa, y previo informe del comité o, en su caso, de los delegados de personal, el trabajador podrá reclamar ante la jurisdicción competente.

Mediante la negociación colectiva se podrán establecer períodos distintos de los expresados en este artículo a efectos de reclamar la cobertura de las vacantes.

5. El cambio de funciones distintas de las pactadas no incluido en los supuestos previstos en este artículo requerirá el acuerdo de las partes o, en su defecto, el sometimiento a las reglas previstas para las modificaciones substanciales de condiciones de trabajo o a las que a tal fin se hubieran establecido en convenio colectivo.

Deberías ver que pone en tú convenio colectivo o consultar a los representantes sindicales de tu empresa.
24/04/2010 15:24
Muchas gracias. En el comvenio colectivo define como perteneciente al grupo de mandos al Jefe de seccion que es el encargado y responsable de UNA seccion, con lo que con lo que me decís y con lo que deduzco del convenio, podria negarme, aunque estoy seguro que me va a costar el puesto. Aun así, entiendo que deberan indemnizarme con los 45 dias por año.
Por otro lado por si a alguien le interesa(Inspectores, sindicatos...) en Carrefour, no se aplica el convenio colectivo en todos los puestos, ya que el grupo de mandos (trabajadores asalariados como los que mas), NO TIENEN DERECHOS.
25/04/2010 23:17
En algunas empresas, al igual que en los grandes almacenes y empresas de ese tipo, los Comités de Empresa están controlados por sindicatos amarillos, (sindicatos creados y financiados por la misma empresa), y su comportamiento es la defensa de la empresa y no de los trabajadores.
En la mayoría de los casos se duda de la voluntariedad de los trabajadores que forman dichos sindicatos, aunque es muy difícil conseguir pruebas de ello.
Lo triste es que hay una dejadez sospechosa de los grandes sindicatos a la hora de denunciar ante los tribunales la presunta ilegalidad, ya que no siguen el precepto constitucional de defender a los trabajadores, sino a la empresa. Cuando se ha intentado denunciarlos, han puesto en marcha todo su arsenal jurídico y de presión para que la casta judicial dicte sentencias favorables. Al igual que los mafiosos con grandes recursos, utilizan a prestigiosos e influyentes bufetes de abogados para conseguir sus fines.
La filosofía de dichos sindicatos la trajeron a España desde los EE.UU. copiando en parte a los sindicatos americanos controlados por las mafias.
Algunos de sus "modus operandus" se les parecen.
Todo lo dicho es presuntamente.
En algunas empresas hasta utilizan a los sindicatos mayoritarios, CC.OO. y UGT infiltrándose en ellos para conseguir domesticar a sus trabajadores.
Así que amigo, date por jodido o búscales las vueltas.
18/10/2010 18:33
Alguien me podría decir por qué convenio se rigen los jefes de sección en carrefour??? porque si no les tienen en cuenta en el de los trabajadores rasos.. dond están contemplados sus derechos?? o solo los defiende el Estatuto de Trabajadores??
19/10/2010 07:01
Me temo muy mucho que si eres una compañera de fatigas mia, solo te puedes defender con el estatuto de los trabajadores. Te aconsejo que te hagas de la mayor informacion posible(notes, fotos,grabaciones...) para poder defenderte tu solita, ya que ni los sindicatos ni el convenio ni nadie, va a sacar la cara por tí. Carrefour es una sexta, en la que a nadie le interesa meter la nariz, ya que tienen miedo a salir con la nariz rota. Los mandos de carrefour, no tienen derechos, solo obligaciones, y para colmo de males, con el ere encubierto que estan haciendo con los mandos, estamos mas indefensos que nunca. Suerte compañera.
19/10/2010 18:31
Hola JavY, no entiendo muy bien porque no quieres asumir esa responsabilidad, es una oportunidad que te estan ofreciendo, que a mi parecer parece buena. ¿De que ciudad eres?, yo tengo un familiar trabajando en Granada y esta contenta con esta empresa. Un saludo y ánimo que seguro que no es tan mala la cosa.
19/10/2010 18:36
Pues supongo que será porque te obligan a tener el doble de trabajo y de responsabilidades por el mismo y "fantástico precio". No hay opción. Lo que a mi parecer falta en esa empresa es un poco de valoración hacia los empleados. Todos sabemos que corren tiempos malos, pero sólo para los de abajo, los accionistas sólo se preocupan de seguir ganando dinero a costa de un ere encubierto, lo que sea con tal de no perder ellos. El dinero que se ahorran quitando jefes donde se mete??? no digo que lo den íntegro para el que se queda con la sección "extra" pero un plus tampoco estaría mal...
19/10/2010 18:47
La verdad es que me descoloca todo un poco, porque a este familiar mio tambien le cambian de funciones recibiendo más responsabilidad, es cierto que su salario es el mismo pero también esta muy, muy, muy... por encima del convenio. Digo que me descoloca porque depende de la persona, la historia es una u otra. Sé, también, que los mandos de carrefour cobran bono anual según las ventas, si no me equivoco. La verdad es que muy poquitas empresas en España te pagan por encima del convenio y tienen un bono anual. De todas formas, por eso le he preguntado la ciudad, lo mismo cambia de un centro a otro. Un saludo.
28/10/2010 21:33
El facilitar el dato que pide el compañero/a puede implicar su identificación y represalias de antemano. Así que cuidadito con facilitar datos.
Es hasta posible que el comentario sea la estrategia para que algún "vendido" de la empresa intente identificarte y vaya con el cuento a los directivos de ese maravilloso "punto de encuentro" que es carrefour.
Lo de los 45 días por año trabajado con la actual reforma laboral no se si seguirá siendo así en tu caso o se habrá reducido.
Lo mejor es que te apuntes a algún sindicato generalista, (CC.OO. UGT, CGT, USO, etc) y lo consultes con los abogados laboralistas. O directamente te gastes unos eurillos y consultes a uno particular. Pero sigo diciendo que lo tienes muy difícil.
Como he dicho mas arriba en esas empresas funciona el "capitalismo salvaje", y allí lo que funciona es el "sindicalismo gasteril". Puro producto made in USA.
Que te sea leve la cosa.
Un saludo
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¿es obligacion de asumir responsabilidades por el mismo dinero en carrefour?
22/04/2010 17:37
Hola, soy Jefe de seccion en carrefour y me han solicitado que asuma el mando de otra seccion con lo que ello conlleva(el doble de responsabilidad, el doble de responsabilidad economica, el doble de personal a mi cargo) y todo ello, sin recibir nada a cambio.¿Es legal?, ¿tengo obligacion de aceptarlo?
Ruego que si alguien sabe que debo hacer me lo diga. Si no acepto, ¿me pueden despedir?
23/04/2010 16:35
Te pueden despedir aunque será improcedente y te deberán indemnizar con 45 días/año.
23/04/2010 19:05
Que te lo den por escrito,la empresa te puede poder temporalmente a realizar funciones superiores, pero ha de pagarte por ello .Si lo hace de forma permanente o continuada durante varios meses puedes reclamar el ascenso .Pero la diferencia salarial por lo menos de convenio te la tienen que pagar.
Deben dartelo por escrito.
23/04/2010 21:09
gracias, pero si alguien sabe de algun resquicio legal, se lo agradeceria. Muchas gracias
24/04/2010 13:03

Estatuto de los trabajadores
Artículo 39. Movilidad funcional.

1. La movilidad funcional en el seno de la empresa no tendrá otras limitaciones que las exigidas por las titulaciones académicas o profesionales precisas para ejercer la prestación laboral y por la pertenencia al grupo profesional. A falta de definición de grupos profesionales, la movilidad funcional podrá efectuarse entre categorías profesionales equivalentes.

2. La movilidad funcional para la realización de funciones no correspondientes al grupo profesional o a categorías equivalentes sólo será posible si existiesen razones técnicas u organizativas que la justificasen y por el tiempo imprescindible para su atención. En el caso de encomienda de funciones inferiores ésta debera estar justificada por necesidades perentorias o imprevisibles de la actividad productiva. El empresario deberá comunicar esta situación a los representantes de los trabajadores.

3. La movilidad funcional se efectuará sin menoscabo de la dignidad del trabajador y sin perjuicio de su formación y promoción profesional, teniendo derecho a la retribución correspondiente a las funciones que efectivamente realice, salvo en los casos de encomienda de funciones inferiores, en los que mantendrá la retribución de origen. No cabrá invocar las causas de despido objetivo de ineptitud sobrevenida o de falta de adaptación en los supuestos de realización de funciones distintas de las habituales como consecuencia de la movilidad funcional.

4. Si como consecuencia de la movilidad funcional se realizasen funciones superiores a las del grupo profesional o a las de categorías equivalentes por un período superior a seis meses durante un año o a ocho durante dos años, el trabajador podrá reclamar el ascenso, si a ello no obsta lo dispuesto en convenio colectivo o, en todo caso, la cobertura de la vacante correspondiente a las funciones por él realizadas conforme a las reglas en materia de ascensos aplicables en la empresa, sin perjuicio de reclamar la diferencia salarial correspondiente. Estas acciones serán acumulables. Contra la negativa de la empresa, y previo informe del comité o, en su caso, de los delegados de personal, el trabajador podrá reclamar ante la jurisdicción competente.

Mediante la negociación colectiva se podrán establecer períodos distintos de los expresados en este artículo a efectos de reclamar la cobertura de las vacantes.

5. El cambio de funciones distintas de las pactadas no incluido en los supuestos previstos en este artículo requerirá el acuerdo de las partes o, en su defecto, el sometimiento a las reglas previstas para las modificaciones substanciales de condiciones de trabajo o a las que a tal fin se hubieran establecido en convenio colectivo.

Deberías ver que pone en tú convenio colectivo o consultar a los representantes sindicales de tu empresa.
24/04/2010 15:24
Muchas gracias. En el comvenio colectivo define como perteneciente al grupo de mandos al Jefe de seccion que es el encargado y responsable de UNA seccion, con lo que con lo que me decís y con lo que deduzco del convenio, podria negarme, aunque estoy seguro que me va a costar el puesto. Aun así, entiendo que deberan indemnizarme con los 45 dias por año.
Por otro lado por si a alguien le interesa(Inspectores, sindicatos...) en Carrefour, no se aplica el convenio colectivo en todos los puestos, ya que el grupo de mandos (trabajadores asalariados como los que mas), NO TIENEN DERECHOS.
25/04/2010 23:17
En algunas empresas, al igual que en los grandes almacenes y empresas de ese tipo, los Comités de Empresa están controlados por sindicatos amarillos, (sindicatos creados y financiados por la misma empresa), y su comportamiento es la defensa de la empresa y no de los trabajadores.
En la mayoría de los casos se duda de la voluntariedad de los trabajadores que forman dichos sindicatos, aunque es muy difícil conseguir pruebas de ello.
Lo triste es que hay una dejadez sospechosa de los grandes sindicatos a la hora de denunciar ante los tribunales la presunta ilegalidad, ya que no siguen el precepto constitucional de defender a los trabajadores, sino a la empresa. Cuando se ha intentado denunciarlos, han puesto en marcha todo su arsenal jurídico y de presión para que la casta judicial dicte sentencias favorables. Al igual que los mafiosos con grandes recursos, utilizan a prestigiosos e influyentes bufetes de abogados para conseguir sus fines.
La filosofía de dichos sindicatos la trajeron a España desde los EE.UU. copiando en parte a los sindicatos americanos controlados por las mafias.
Algunos de sus "modus operandus" se les parecen.
Todo lo dicho es presuntamente.
En algunas empresas hasta utilizan a los sindicatos mayoritarios, CC.OO. y UGT infiltrándose en ellos para conseguir domesticar a sus trabajadores.
Así que amigo, date por jodido o búscales las vueltas.
18/10/2010 18:33
Alguien me podría decir por qué convenio se rigen los jefes de sección en carrefour??? porque si no les tienen en cuenta en el de los trabajadores rasos.. dond están contemplados sus derechos?? o solo los defiende el Estatuto de Trabajadores??
19/10/2010 07:01
Me temo muy mucho que si eres una compañera de fatigas mia, solo te puedes defender con el estatuto de los trabajadores. Te aconsejo que te hagas de la mayor informacion posible(notes, fotos,grabaciones...) para poder defenderte tu solita, ya que ni los sindicatos ni el convenio ni nadie, va a sacar la cara por tí. Carrefour es una sexta, en la que a nadie le interesa meter la nariz, ya que tienen miedo a salir con la nariz rota. Los mandos de carrefour, no tienen derechos, solo obligaciones, y para colmo de males, con el ere encubierto que estan haciendo con los mandos, estamos mas indefensos que nunca. Suerte compañera.
19/10/2010 18:31
Hola JavY, no entiendo muy bien porque no quieres asumir esa responsabilidad, es una oportunidad que te estan ofreciendo, que a mi parecer parece buena. ¿De que ciudad eres?, yo tengo un familiar trabajando en Granada y esta contenta con esta empresa. Un saludo y ánimo que seguro que no es tan mala la cosa.
19/10/2010 18:36
Pues supongo que será porque te obligan a tener el doble de trabajo y de responsabilidades por el mismo y "fantástico precio". No hay opción. Lo que a mi parecer falta en esa empresa es un poco de valoración hacia los empleados. Todos sabemos que corren tiempos malos, pero sólo para los de abajo, los accionistas sólo se preocupan de seguir ganando dinero a costa de un ere encubierto, lo que sea con tal de no perder ellos. El dinero que se ahorran quitando jefes donde se mete??? no digo que lo den íntegro para el que se queda con la sección "extra" pero un plus tampoco estaría mal...
19/10/2010 18:47
La verdad es que me descoloca todo un poco, porque a este familiar mio tambien le cambian de funciones recibiendo más responsabilidad, es cierto que su salario es el mismo pero también esta muy, muy, muy... por encima del convenio. Digo que me descoloca porque depende de la persona, la historia es una u otra. Sé, también, que los mandos de carrefour cobran bono anual según las ventas, si no me equivoco. La verdad es que muy poquitas empresas en España te pagan por encima del convenio y tienen un bono anual. De todas formas, por eso le he preguntado la ciudad, lo mismo cambia de un centro a otro. Un saludo.
28/10/2010 21:33
El facilitar el dato que pide el compañero/a puede implicar su identificación y represalias de antemano. Así que cuidadito con facilitar datos.
Es hasta posible que el comentario sea la estrategia para que algún "vendido" de la empresa intente identificarte y vaya con el cuento a los directivos de ese maravilloso "punto de encuentro" que es carrefour.
Lo de los 45 días por año trabajado con la actual reforma laboral no se si seguirá siendo así en tu caso o se habrá reducido.
Lo mejor es que te apuntes a algún sindicato generalista, (CC.OO. UGT, CGT, USO, etc) y lo consultes con los abogados laboralistas. O directamente te gastes unos eurillos y consultes a uno particular. Pero sigo diciendo que lo tienes muy difícil.
Como he dicho mas arriba en esas empresas funciona el "capitalismo salvaje", y allí lo que funciona es el "sindicalismo gasteril". Puro producto made in USA.
Que te sea leve la cosa.
Un saludo