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¿es posible poner por norma intereses por impagos?

6 Comentarios
 
¿es posible poner por norma intereses por impagos?
07/02/2017 23:40
Es posible que una comunidad de propietarios a fin de evitar la morosidad de forma continua pueda disponer como norma el imponer un maximo de meses de retraso en los pagos con penalizacion de X % de interes si liquida esos meses,para de esta forma dar a legir al moroso entre eso o la demanda,esto no seria dirigido a un propeitario concreto sino como una norma vecinal reflejeda en actas , ¿Seria viable y legal ?,¿Opciones similares y legales?.

Gracias por vuestra atencion.
08/02/2017 10:24
Woox
Si, es posible establecer unos "intereses de demora" o "cláusula penal" para el caso de impago reiterado. Al haber una modificación en el sistema de pago esta inclusión de los citados intereses deberían registrarse en los Estatutos comunitarios.
08/02/2017 11:10
Fixin
Gracias Fixin,contemplamos esta norma para digamos motivar al pago sin necesidad de llegar a demanda, creemos que mas vale eso pagar un X% que no llegar a malas y le hagan pagar en costas lo que no debe en comunidad.
08/02/2017 11:56
Woox
Por supuesto que pueden ahora bien.

1) Si lo único que quieren es establecer un plazo a partir del cual se entre en mora y se apliquen los intereses legales, estamos ante un acto de administración y con mayoría simple basta y sobra.

2) Si lo que pretenden es establecer unos intereses superiores (siempre dentro de los límites legales), van a precisar unanimidad, incluirlo en los Estutos e incluso inscribirlo en el Registro si desean oponerlo a futuros propietarios.
08/02/2017 12:10
D. Crane
Gracias D,Crane.Imageniemos que solo queremos el plazo , 4,meses, 3 los que sean, pero solo aplicando el % legal ,¿De cuanto % estamos hablando?,para que de esta forma sea norma con mayoria simple.
08/02/2017 12:46
Woox
Para el 2017 se fija en un 3%, pero en el acuerdo deben remitirse al publicado en el BOE para cada año sin mencionar porcentaje alguno, porque suele ir cambiando.
08/02/2017 18:28
D. Crane
Gracias D.Crane, por la informacion en ambas respuestas
¿es posible poner por norma intereses por impagos? | PorticoLegal
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¿es posible poner por norma intereses por impagos?

6 Comentarios
 
¿es posible poner por norma intereses por impagos?
07/02/2017 23:40
Es posible que una comunidad de propietarios a fin de evitar la morosidad de forma continua pueda disponer como norma el imponer un maximo de meses de retraso en los pagos con penalizacion de X % de interes si liquida esos meses,para de esta forma dar a legir al moroso entre eso o la demanda,esto no seria dirigido a un propeitario concreto sino como una norma vecinal reflejeda en actas , ¿Seria viable y legal ?,¿Opciones similares y legales?.

Gracias por vuestra atencion.
08/02/2017 10:24
Woox
Si, es posible establecer unos "intereses de demora" o "cláusula penal" para el caso de impago reiterado. Al haber una modificación en el sistema de pago esta inclusión de los citados intereses deberían registrarse en los Estatutos comunitarios.
08/02/2017 11:10
Fixin
Gracias Fixin,contemplamos esta norma para digamos motivar al pago sin necesidad de llegar a demanda, creemos que mas vale eso pagar un X% que no llegar a malas y le hagan pagar en costas lo que no debe en comunidad.
08/02/2017 11:56
Woox
Por supuesto que pueden ahora bien.

1) Si lo único que quieren es establecer un plazo a partir del cual se entre en mora y se apliquen los intereses legales, estamos ante un acto de administración y con mayoría simple basta y sobra.

2) Si lo que pretenden es establecer unos intereses superiores (siempre dentro de los límites legales), van a precisar unanimidad, incluirlo en los Estutos e incluso inscribirlo en el Registro si desean oponerlo a futuros propietarios.
08/02/2017 12:10
D. Crane
Gracias D,Crane.Imageniemos que solo queremos el plazo , 4,meses, 3 los que sean, pero solo aplicando el % legal ,¿De cuanto % estamos hablando?,para que de esta forma sea norma con mayoria simple.
08/02/2017 12:46
Woox
Para el 2017 se fija en un 3%, pero en el acuerdo deben remitirse al publicado en el BOE para cada año sin mencionar porcentaje alguno, porque suele ir cambiando.
08/02/2017 18:28
D. Crane
Gracias D.Crane, por la informacion en ambas respuestas