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¿Es válido un contrato privado de alquiler para conseguir la ayuda a jóvenes para el mismo fin?

4 Comentarios
 
¿es válido un contrato privado de alquiler para conseguir la ayuda a jóvenes para el mismo fin?
16/01/2008 04:05
Ayuden, por favor. Un joven entre 22 y 30 años y que reúna el resto de las condiciones exigidas, ¿puede tranquilamente conseguir la renta de emancipacion presentando un contrato privado de aquiler o necesita ese contrato algún requisito ofi-cial más? Es decir, pasarlo por algún organismo oficial, limitarlo a algún tiempo, no pasarse de metros? En Andalucía, no hay mucha información y deseo orientar a un familiar de la mejor manera para que no le denieguen esa ayuda?
Tiene que ser un piso privado o sirve también uno oficial? Gracias por la ayuda que puedan prestar.
perfil Jan
17/01/2008 18:04
Hola macacaji. Para obtener la renta de emancipación es necesario que el contrato de arrendamiento sea de vivienda, es decir, que la vivienda objeto de alquiler sea la vivienda PERMANENTE del solicitante. Si se cumple este requisito - y los demás exigidos - da igual que el contrato sea privado o que haya sido elevado a público.

Reciba un cordial saludo.
20/01/2008 02:28
Gracias,Jan.La cosulta es para un familiar mío que vive con sus padres y está empadronado en la misma localidad que ellos. Pero el chico trabaja a 50 kms, no tiene carnet de conducir y tiene un piso alquilado en su lugar de trabajo mediante contrato privado desde hace seis meses. Va a solicitar la ayuda porque reúne todas las condiciones, pero teme que se la puedan denegar porque no está empadronado en el pueblo donde trabaja y vive. La mitad de los fines de semana (cuando no trabaja, porque en Diciembre trabajó hasta algunos Domingos) se
vuelve a casa de sus padres.
¿Consideras que su pido alquilado es su residencia permanente? Me agradaría tu opinión y la de algunos otros foristas. Saludos y gracias
perfil Jan
21/01/2008 19:44
Hola macacaji. El Real Decreto que regula la renta básica de emancipación es muy nuevo por lo que habrá que esperar al menos un par de meses para ver cómo lo aplica la Administración Pública,pero creo que en el caso de su familiar no existirá problema siempre que en el contrao conste que es un arrendamiento de vivienda.

Reciba un cordial saludo.
22/01/2008 02:29
Me tema que dentro de 2 meses, cuando hayan pasado las elecciones, la interpretación y la aplicación sean bastante restrictivas. En el contrato que él tiene pone como cabecera:
Contrato de arrendamiento

Y luego explica que se trata de un piso/apartamento amueblado de tal y tal.... que cede en arrendamiento a tal y tal.. por un período de 1 año... En fin..que al final, ya veremos.De todos modos muchas gracias, Jan, por su ayuda. Saludos sinceros