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Esta empresa me contrató en contra de su voluntad

6 Comentarios
 
Esta empresa me contrató en contra de su voluntad
03/09/2005 12:42
Hola. A ver si alguien m epuede ayudar.

Tengo un contrato de 18 días en una ETT que vence hoy. Esta empresa me contrató en contra de su voluntad, ya que anteriormente había firmado una baja voluntaria sin avisar previamente, ya que no me daban el día para hacer un examen. Al final tuvieron que contratarme porque fui requerida por otra empresa. Mi contrato es de 4 horas diarias, y me tengo que desplazar más de 30 Km hasta el centro de trabajo ( en mi coche). He cobrado 212€. No sé si es lo que me pertenece. También creo que me han tenido que pagar ya los 18 días, y no los 15 que corresponderían al mes de Agosto, ¿no? He cobrado el día 1 ó 2. Ahora les tengo que devolver 2 polos de uniforme, ¿qué puedo hacer para que no aleguen que no se los he devuelto y me sean descontados?

No sé si me he explicado bien, pero llevo 2 días sin dormir, así que si alguien lo entiende que, por favor, me responda, y si no ya me explicaré mejor cuando sea persona.

Un saludo y gracias por antiicipado.
03/09/2005 14:32
Hola.

La ETT te ha abonado los días correspondientes al mes de agosto en la nómina correspondiente. Y supongo que próximamente te abonarán los días de septiembre. (Pregunta en la ETT cuándo quieren que te pases para recoger el finiquito).

En el citado finiquito te abonarán los 3 días de septiembre, la parte proporcional de las pagas extras y las vacaciones no disfrutadas, junto con la indemnización por fin de contrato.

En cuanto a los uniformes, persónate en la empresa y cuando entregues las prendas, pide un recibí que acredite que las has devuelto.

Descansa y que tengas más suerte en el próximo empleo.

Espero que te haya ayudado.
Para saber si te han abonado correctamente, convendría saber cuál es el convenio colectivo aplicable (seguramente figurará en tu contrato de trabajo, y sino, trata de enterarte cuál es).
03/09/2005 16:35
¿Finiquito? ¿En las ETT hay finiquito? NUNCA me han abonado nada de eso. Sí en otros trabajos, pero nunca con ellos. Yo creía que una ETT no te tenía que liquidar.

MUchas, muchas gracias. Claro que me has ayudado.
03/09/2005 16:38
LO que me dicen es que ya me ingresarán en cuenta los 3 días de septiembre. ¿Y con respecto a la gasolina? ¿No hay que pagar desplazamiento por ser una distancia determinada?

Gracias de nuevo.
03/09/2005 16:42
Hola.

El estatuto de los trabajadores, en su artículo 49.2. dice que "el empresario (ETT), con ocasión de la extinción del contrato, al comunicar a los trabajadores la denuncia o, en su caso, el preaviso de la extinción del mismo, deberá acompañar una PROPUESTA DEL DOCUMENTO DE LIQUIDACION DEL LAS CANTIDADES ADEUDADAS."

Puede suceder que en el precio hora que te hayan fijado (lee tu contrato en lo referente a esta claúsula) te hayan incluido la parte proporcional de pagas extras, ...

Lo que no creo que te hayan incluido es la indemnización por fin de contrato. (Mira si en tu contrato habla en alguna claúsula acerca de la indemnización).

Espero que te haya ayudado.
03/09/2005 17:00
Hola.

Si te estás referiendo a la gasolina que consumes en tus desplazamientos de tu domicilio al centro de trabajo y viceversa, la empresa no tiene ninguna obligación de abonártelo.

Bien distinto sería que dichos kilometros los realizaras en tu actividad laboral (visita clientes, ...).

Espero que te haya ayudado.
03/09/2005 17:54
Hola, si no me equivoco, las ETT prorratean el importe de las pagas y vacaciones, y por tanto no cabría pagarlas de nuevo.
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03/09/2005 12:42
Hola. A ver si alguien m epuede ayudar.

Tengo un contrato de 18 días en una ETT que vence hoy. Esta empresa me contrató en contra de su voluntad, ya que anteriormente había firmado una baja voluntaria sin avisar previamente, ya que no me daban el día para hacer un examen. Al final tuvieron que contratarme porque fui requerida por otra empresa. Mi contrato es de 4 horas diarias, y me tengo que desplazar más de 30 Km hasta el centro de trabajo ( en mi coche). He cobrado 212€. No sé si es lo que me pertenece. También creo que me han tenido que pagar ya los 18 días, y no los 15 que corresponderían al mes de Agosto, ¿no? He cobrado el día 1 ó 2. Ahora les tengo que devolver 2 polos de uniforme, ¿qué puedo hacer para que no aleguen que no se los he devuelto y me sean descontados?

No sé si me he explicado bien, pero llevo 2 días sin dormir, así que si alguien lo entiende que, por favor, me responda, y si no ya me explicaré mejor cuando sea persona.

Un saludo y gracias por antiicipado.
03/09/2005 14:32
Hola.

La ETT te ha abonado los días correspondientes al mes de agosto en la nómina correspondiente. Y supongo que próximamente te abonarán los días de septiembre. (Pregunta en la ETT cuándo quieren que te pases para recoger el finiquito).

En el citado finiquito te abonarán los 3 días de septiembre, la parte proporcional de las pagas extras y las vacaciones no disfrutadas, junto con la indemnización por fin de contrato.

En cuanto a los uniformes, persónate en la empresa y cuando entregues las prendas, pide un recibí que acredite que las has devuelto.

Descansa y que tengas más suerte en el próximo empleo.

Espero que te haya ayudado.
Para saber si te han abonado correctamente, convendría saber cuál es el convenio colectivo aplicable (seguramente figurará en tu contrato de trabajo, y sino, trata de enterarte cuál es).
03/09/2005 16:35
¿Finiquito? ¿En las ETT hay finiquito? NUNCA me han abonado nada de eso. Sí en otros trabajos, pero nunca con ellos. Yo creía que una ETT no te tenía que liquidar.

MUchas, muchas gracias. Claro que me has ayudado.
03/09/2005 16:38
LO que me dicen es que ya me ingresarán en cuenta los 3 días de septiembre. ¿Y con respecto a la gasolina? ¿No hay que pagar desplazamiento por ser una distancia determinada?

Gracias de nuevo.
03/09/2005 16:42
Hola.

El estatuto de los trabajadores, en su artículo 49.2. dice que "el empresario (ETT), con ocasión de la extinción del contrato, al comunicar a los trabajadores la denuncia o, en su caso, el preaviso de la extinción del mismo, deberá acompañar una PROPUESTA DEL DOCUMENTO DE LIQUIDACION DEL LAS CANTIDADES ADEUDADAS."

Puede suceder que en el precio hora que te hayan fijado (lee tu contrato en lo referente a esta claúsula) te hayan incluido la parte proporcional de pagas extras, ...

Lo que no creo que te hayan incluido es la indemnización por fin de contrato. (Mira si en tu contrato habla en alguna claúsula acerca de la indemnización).

Espero que te haya ayudado.
03/09/2005 17:00
Hola.

Si te estás referiendo a la gasolina que consumes en tus desplazamientos de tu domicilio al centro de trabajo y viceversa, la empresa no tiene ninguna obligación de abonártelo.

Bien distinto sería que dichos kilometros los realizaras en tu actividad laboral (visita clientes, ...).

Espero que te haya ayudado.
03/09/2005 17:54
Hola, si no me equivoco, las ETT prorratean el importe de las pagas y vacaciones, y por tanto no cabría pagarlas de nuevo.