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está en vigor la ley 339/90 de sanciones de trafico?

26 Comentarios
Viendo 21 - 26 de 26 comentarios
28/11/2010 18:57
Hablando del tema.
Si recurres la multa, pierdes el derecho a la bonificación. OK
La pregunta es qué pasa durante el tiempoque pasa mientras estudian el recurso y te contestan.
¿Te pueden cobrar encima recargo?

No me estoy refiriendo al recurso de alzada, sino al que se hace antes

saludos
28/11/2010 17:18
El Real Decreto Legislativo 339/90 se encuentra en vigor aunque, como bien dice Pacorro, modificado por muchas otras leyes y decretos entre los que se incluye la Ley 18/2009.

Deberías informarte en tu ayuntamiento de los datos que te faltan porque no va a servir de nada que dejes pasar los plazos para alegar, recurrir o pagar. Cuanto más tardes más caro resulta.

Un saludo,
28/11/2010 09:20
sin meterme en el tema, cuando se publica una legislación que modifica una anterior, la anterior no esta derogada, solo modificada, y sigue estando en vigor. para entendernos, a la norma vieja le hacemos un corte y pega con lo nuevo y a continuar con ella.
24/11/2010 20:45
Pero como voy a ir al ayuntamiento? y que me la hagan nueva! son unos chapuceros totales. ¿Y lo de alegar algo asi como "instrucciones basadas en leyes derogadas" y datos no legibles.... puede ser defecto de forma?.
Porque digo yo que si quiero comunicar otro conductor y no veo ni fecha ni na de naa..pues ya me direis
24/11/2010 19:10
está en vigor la 18/09 que modifica la 339/90 y se aplica la bonificación del 50%. de eso estoy seguro.

por otro lado, te han notificado en tu domicilio y no es un escrito original? o sea, papel autocalca o algo del estilo? yo entiendo que vale que la multa que te deja la policía en el limpia no se pueda ver correctamente, pero la notificación al domicilio me parece chapucero. yo iría directamente al ayuntamiento a la sección que lleve eso y le entregaría el papel y a ver que me dicen. sobre si les puedes dar caña por ese tema ni idea. pero lo del cincuenta por ciento es seguro. suerte.
24/11/2010 18:25
Hola

me acabas de encender una bolbilla.!!!
En mi multa por aparcar, de hace 10 dias tmabien se hace alusión al 339/90, pero a mi me dice que si pago dentro de los 20 dias naturales desde la notificación, gozaré del 50% de chantaje, digo de bonificación, jajajaj

Creo que esto requiere de aclaración por parte de quien lo sepa.

Que me lo confirme alguien, pero supongo que el 339/90 fue modificado por la Ley 18/2009, pero siguiendo vigente y siendo el principal, ponen 339/90. EL plazo y bonificación deben ser los 20 dias naturales y el 50%, ¿no?
Por analogía debe ser como hablar de la Ley 30/92, que luego fue modificada por la 4/99, pero sigue siendo la primera la principal.

sludos

Está en vigor la ley 339/90 de sanciones de trafico?
24/11/2010 18:10
Buenos dias. No soy asiduo a escribir en estos foros, pero lo leo a menudo porque entiendo que es de gente profesional, pero tengo una duda incapaz de resolver:

He recibido una notificacion de sancion por estacionamiento en la que no se ven la fecha/hora de la infraccion, el lugar, el precetpo infringido ni el nº expediente. Yo supongo que es porque la carta es papel autocalco, y entre lo negro que deja, lo poco marcado de los datos por la impresora, y que éstos se han montado sobre las palabras de identificacion (ya sabeis.."FECHA Y HORA", "Nº EXPEDIENTE", etc). El caso es que no hay nada legible, y por lo tanto me siento indefenso.

Y por otro lado creo que las instrucciones están basadas en la ley 339/90. ¿No está en vigor la ley 18/2009, de 23 de noviembre en la que se marcan el plazo para alegar y el descuento?. Es que me dicen que tengo un descuento del 30%, y/o que el plazo de las alegaciones son de 15 dias habiles, haciendo referencia a arts. de la 339/90. Sin embargo todo esto no coincide con la ley 18/2009
¿cabe recurrir por todo esto?

Perdonen mi atrevimiento pero no sé si alegar, y si pago es que no se ve ni el nº expediente.
Saludos y buen dia
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28/11/2010 18:57
Hablando del tema.
Si recurres la multa, pierdes el derecho a la bonificación. OK
La pregunta es qué pasa durante el tiempoque pasa mientras estudian el recurso y te contestan.
¿Te pueden cobrar encima recargo?

No me estoy refiriendo al recurso de alzada, sino al que se hace antes

saludos
28/11/2010 17:18
El Real Decreto Legislativo 339/90 se encuentra en vigor aunque, como bien dice Pacorro, modificado por muchas otras leyes y decretos entre los que se incluye la Ley 18/2009.

Deberías informarte en tu ayuntamiento de los datos que te faltan porque no va a servir de nada que dejes pasar los plazos para alegar, recurrir o pagar. Cuanto más tardes más caro resulta.

Un saludo,
28/11/2010 09:20
sin meterme en el tema, cuando se publica una legislación que modifica una anterior, la anterior no esta derogada, solo modificada, y sigue estando en vigor. para entendernos, a la norma vieja le hacemos un corte y pega con lo nuevo y a continuar con ella.
24/11/2010 20:45
Pero como voy a ir al ayuntamiento? y que me la hagan nueva! son unos chapuceros totales. ¿Y lo de alegar algo asi como "instrucciones basadas en leyes derogadas" y datos no legibles.... puede ser defecto de forma?.
Porque digo yo que si quiero comunicar otro conductor y no veo ni fecha ni na de naa..pues ya me direis
24/11/2010 19:10
está en vigor la 18/09 que modifica la 339/90 y se aplica la bonificación del 50%. de eso estoy seguro.

por otro lado, te han notificado en tu domicilio y no es un escrito original? o sea, papel autocalca o algo del estilo? yo entiendo que vale que la multa que te deja la policía en el limpia no se pueda ver correctamente, pero la notificación al domicilio me parece chapucero. yo iría directamente al ayuntamiento a la sección que lleve eso y le entregaría el papel y a ver que me dicen. sobre si les puedes dar caña por ese tema ni idea. pero lo del cincuenta por ciento es seguro. suerte.
24/11/2010 18:25
Hola

me acabas de encender una bolbilla.!!!
En mi multa por aparcar, de hace 10 dias tmabien se hace alusión al 339/90, pero a mi me dice que si pago dentro de los 20 dias naturales desde la notificación, gozaré del 50% de chantaje, digo de bonificación, jajajaj

Creo que esto requiere de aclaración por parte de quien lo sepa.

Que me lo confirme alguien, pero supongo que el 339/90 fue modificado por la Ley 18/2009, pero siguiendo vigente y siendo el principal, ponen 339/90. EL plazo y bonificación deben ser los 20 dias naturales y el 50%, ¿no?
Por analogía debe ser como hablar de la Ley 30/92, que luego fue modificada por la 4/99, pero sigue siendo la primera la principal.

sludos

Está en vigor la ley 339/90 de sanciones de trafico?
24/11/2010 18:10
Buenos dias. No soy asiduo a escribir en estos foros, pero lo leo a menudo porque entiendo que es de gente profesional, pero tengo una duda incapaz de resolver:

He recibido una notificacion de sancion por estacionamiento en la que no se ven la fecha/hora de la infraccion, el lugar, el precetpo infringido ni el nº expediente. Yo supongo que es porque la carta es papel autocalco, y entre lo negro que deja, lo poco marcado de los datos por la impresora, y que éstos se han montado sobre las palabras de identificacion (ya sabeis.."FECHA Y HORA", "Nº EXPEDIENTE", etc). El caso es que no hay nada legible, y por lo tanto me siento indefenso.

Y por otro lado creo que las instrucciones están basadas en la ley 339/90. ¿No está en vigor la ley 18/2009, de 23 de noviembre en la que se marcan el plazo para alegar y el descuento?. Es que me dicen que tengo un descuento del 30%, y/o que el plazo de las alegaciones son de 15 dias habiles, haciendo referencia a arts. de la 339/90. Sin embargo todo esto no coincide con la ley 18/2009
¿cabe recurrir por todo esto?

Perdonen mi atrevimiento pero no sé si alegar, y si pago es que no se ve ni el nº expediente.
Saludos y buen dia