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¿estoy a tiempo de beneficiarme de una sentencia del tribunal superior de justicia de andalucía?

4 Comentarios
 
¿estoy a tiempo de beneficiarme de una sentencia del tribunal superior de justicia de andalucía?
18/08/2017 00:45
¡Buenas noches! Soy una antigua alumna de la universidad de Granada que participó en el programa Erasmus del curso 2011-2012. Antes de comenzar mi estancia en el extranjero, firmé un contrato de subvención en el que se exponía la cuantía total de la beca. En junio de 2012, al finalizar mi estancia, se me notificó por vía electrónica que la Junta de Andalucía iba a reducir una parte de las cuantías firmadas. Este motivo hizo que algunos estudiantes decidieran emprender acciones legales. Y finalmente, tras cinco años de batalla y un contencioso administrativo, la justicia les ha dado la razón: la Junta tendrá que abonarles lo que no les pagó en su momento. Desgraciadamente, no formé parte de esta batalla legal, así que me pregunto si habría alguna forma de que a mí también me compensaran y, en ese caso, ¿cuál sería el procedimiento a seguir?

Les agradezco sus respuestas

Un cordial saludo
20/08/2017 10:22
Violeta21
Muy buenos días Sta, me llamo Jabitxu y te informo: En principio, de acuerdo con el artículo 72.2 de nuestra Ley Jurisdiccional (Ley 29/98, de 13-07-LJCA), al anular el Tribunal la decisión de la Universidad de reducir las cuantías totales de la beca de Erasmus, dicha sentencia, en principio, producirá efectos a todas las personas afectadas. Esto es, lo normal es que la Universidad te pague la cuantía adeudada, por lo que sería muy importante que acudieras a la Universidad para informarte al respecto.

No obstante, te comento que las sentencias que el Tribunal a estimado el pertinete recurso contencioso-administrativo interpuesto por los estudiantes, es una situación jurídica individualizada (art. 72.3-LJCA), es decir, sólo produce efectos entre las partes, no a terceros que sería tu caso en concreto.

En definitiva, yo personalmente me informaría en la Universidad lo que te he comentado, y si ves que la Universidad no te paga lo adeudado, solicitaría a la Universidad lo adeudado, en base a las sentencias estimadas por el Tribunal.

Según que lo que hagas o te digan comunicalo en este foro, y te seguiré informando. Un saludo de Jabitxu.
23/08/2017 13:20
Violeta21
Hola, Jabitxu. Te agradezco muchísimo tu ayuda. Ahora es imposible contactar a mi universidad ¿Estimarías oportuno interponer un recurso de revisión?

Mil gracias de nuevo por tus respuestas.

Un saludo,
Violeta
23/08/2017 13:56
Violeta21
Buenas tardes Violeta: Soy jabitxu y acabo de ver tu mensaje. Respecto al Recurso de revisión que dices, entiendo que en tu caso, únicamente cabe interponer el mismo, en base que la resolución se hubiese dictado como consecuencia de prevaricación, cohecho, violencia, maquinación fraudulenta u otra conducta punible Y SE HAYA DECLARADO ASÍ EN VIRTUD DE SENTENCIA JUDICIAL FIRME (art. 125.1.d)-Ley 39/2015, de 1-10, del PAC-AP). Entiendo que las sentencias estimatorias del Tribunal, lo normal son la declaración nula o anulable de la resolución que te reducía la beca. En definitiva, lo mejor es informarte en la Universidad, y en segundo lugar, la solicitud a la Universidad en base a las sentencias estimadas del Tribunal. No obstante, voy a investigar de hacerme con alguna o algunas de las sentencias estimadas, para realizar una solicitud a la Universidad en base a los fundamentos jurídicos de dichas sentencias. No obstante, hay una sentencia del Juzgado Contencioso Nº 4 de 24/03/2015, que ha quedado firme, con respecto al tema. Un saludo y ya estaremos en contacto. Un saludo. Jabitxu.
25/08/2017 22:32
Violeta21
¡Buenas noches, Javitxu!. Siguiendo tu consejo, me he puesto en contacto con la universidad por otra vía. Estoy a la espera de que se me dé una respuesta para poder valorar la situación. Te tendré al corriente si hay alguna novedad. Un saludo y mil gracias de nuevo.