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¿¿Estoy obligado a hacer liquidacion de gananciales??

5 Comentarios
 
¿¿estoy obligado a hacer liquidacion de gananciales??
12/02/2010 08:57
Hola, llevo separado 6 años pero no tengo hecha la liquidación de gananciales porque mi exmujer quiere ir por contencioso y hasta ahora no he tenido ni fondos ni ganas de volver a discutir con ella (sigo sin tenerlo pero no sé si es un deber)

Mi pregunta es: ¿es indispensable hacer gananciales? ¿puedo exigir el dinero de las cuentas?

* Tenemos una casa en común (estamos los 2 en escrituras)

* Un coche, que lo doy por perdido porque ya no vale nada y dudo que pueda pedirle la mitad del valor de hace 6 años (¿se puede pedir el valor de hace 6 años? ¿cómo se tasa?)

*Y el dinero de las cuentas tampoco sé si puedo exigirlo... Ella sacó el dinero de la cuenta común a una cuenta suya cuando me fuí de casa pero antes de la demanda de divorcio... (tengo recibos)

La verdad es que si no puedo recuperar el dinero ni el coche y la casa la tiene ella en usufructo... ¿para qué quiero hacer unos gananciales contenciosos? ¿no es perder dinero? Además ella me amnaza con que saldré escaldado...

¿¿Estoy obligado a hacer gananciales si cuando ms hjos sean mayores quiero vender mi mitad de la casa??

Gracias por ayudarme
12/02/2010 14:28
Supongo que querrá hacer la liquidacion de gananciales para quedarse con el piso.
Yo me quedé con él y le pagué a mi ex su mitad, supongo que ella querrá comprarte tu mitad..
12/02/2010 14:35
Hathor gracias por contestar,

Mi exujer no quiere comprar mi parte ni venderm la suya porque ella tiene el uso y disfrute de la vivienda por tener la guardia y custodia de mis hijas...
¿Tengo que hacer la liquidación para el día de mañana poder vender mi parte?

¿Es necesario hacer liquidación de bienes o no?
13/02/2010 20:03
Le daré mi opinión sobre las cuestiones que plantea. No soy abogado (aún estoy estudiando) así que tome con prudencia mis respuestas, quizás le ayuden en algo hasta que reciba algunas mejores.

En primer lugar, el coche se tasará por su valor actual. Lo que le corresponda dependerá de cuándo fue adquirido y con qué dinero. Suponiendo que lo comprara durante el matrimonio y con dinero ganancial, correspondería el 50 por ciento para cada uno.

Por otro lado, si los fondos de la cuenta corriente de la que habla eran gananciales, al liquidarse la sociedad le corresponde la mitad. Por tanto, usted puede perfectamente exigirlos aunque su esposa los haya retirado a otra cuenta. En este caso, entiendo que la sociedad de gananciales tendría un crédito con su esposa por la cantidad retirada, crédito que debería satisfacer al liquidarse la sociedad.

Por último, para poder vender la vivienda en un futuro será necesario liquidar la sociedad, puesto que de otra manera, como bien común, debería contar con su autorización (y por lo que dice ella no consentirá)

Un saludo.

15/02/2010 09:21
Tiene obligacion de acceder a la liquidacion dela sociedad ganancial, ya sea de mutuo acuerdo o instada por uno solo de los comuneros, pues ningun comunero puede ser obligado a permanecer en la indivision. Codigo Civil
Artículo 400.

Ningún copropietario estará obligado a permanecer en la comunidad. Cada uno de ellos podrá pedir en cualquier tiempo que se divida la cosa común.

Esto no obstante, será válido el pacto de conservar la cosa indivisa por tiempo determinado, que no exceda de diez años. Este plazo podrá prorrogarse por nueva convención.
15/02/2010 11:15
!Hola violetaazul!
Qué gusto verte de nuevo por aquí, bienvenida de nuevo, algunos, como yo, sentimos que desaparecieras.
Un saludo muy cordial