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¿Estoy obligado a soportar obras de otra comunidad de propietarios?

8 Comentarios
 
¿estoy obligado a soportar obras de otra comunidad de propietarios?
14/11/2019 10:51
Hola soy propietario de una plaza de aparcamiento y el edificio de arriba esta haciendo obras en el ascensor para bajarlo a ras y quitar escaleras, tuvimos una reunion en el garaje, en la que nos explicaron que para llevar a cabo esa obra necesitan por parte de la empresa de ascensor un requisito de para el ascensor que se puede solucionar de dos maneras con poleas cuya cantidad les asciende a 8.500 € y otra colocar un mallado en el techo del garaje justo donde esta el ascensor de esta comunidad cuyo importe es de 2.000 €. Detallo que el garaje no es de esta comunidad sino que la entrada es independiente y tienen plaza de garaje mucha gente ajena a este edificio. El problema es que dicha obra hay que realizarla solamente encima de mi plaza de aparcamiento, van a bajar bastante el techo de esa zona cosa que me molesta ademas de que no podre aparcar en un tiempo. El resto de propietarios no sufre ningún trastorno. Tenemos que votar que decidir si permitimos esa obra, pero me dicen que si hay mayoría simple de votos a favor , tengo que aguantarme aunque yo no quiera. Mi pregunta es siendo yo el único perjudicado y sin ser obras que afecten a nuestra comunidad, pueden obligarme a soportarlas?
14/11/2019 11:50
ireadan
Si la plaza de garaje es de tu propiedad con escritura y todo, es como tu casa nadie puede entrar ni hacer nada que tu no quieres y afecte a tu propiedad como es baja un techo, salvo que aya una orden judicial, es como si los vecinos pudieran decidir una obra que afecta a tu casa, si se vota algo impugnalo y si en sistemas denuncia y que sea un juez el que decida, pero no creo que quieran ir a juicio porque si hay una solución aunque sea más cara el juez no les va a dejar perjudicar la propiedad privada de nadie, no te dejes engañar que lo que pasa en tu propiedad es cosa tuya y no de la comunidad
14/11/2019 13:53
ireadan
No estoy del todo de acuerdo con la respuesta.
La realidad es que las comunidades de propietarios sí que pueden obligarte a soportar y tolerar obras en tu casa cuando el objetivo de las mismas es la instalación de un bien común al servicio general de la Comunidad y encima este bien está para superar barreras y facilitar accesos como es un ascensor.
Pero aquí hay mucho a tener en cuenta. Por ejemplo en Cataluña donde yo resido no nos regimos por la LPH sino por el Código Civil Catalán, que en su libro V regula la propiedad horizontal en Cataluña, por ese motivo hay que mirar bien cuando hay regulación foral o no respecto del tema.
La jurisprudencia mayoritaria entiende que cuando una Comunidad impone obras de este tipo, las propiedades deben tolerarlas y soportarlas y en el caso de que les perjudique (ejemplo a uno le quitan un trozo de patio, a ti te bajan el techo, etc) en ese caso, se deberá cuantificar el perjuicio y la comunidad deberá indemnizar al propietario perjudicado. El problema es que no suelen ponerse de acuerdo entre la cuantificación del perjuicio que hace el perjudicado y la que hace la comunidad, por eso suelen acabar en pleito y que sea el juez el que resuelva la cantidad a indemnizar.
Pero la realidad es que la Comunidad te puede obligar a modificar tu casa porque el interés general está por encima de la propiedad individual, siempre que te indemnice después en base a los daños o pérdidas que has sufrido y soportado en tu propiedad.
14/11/2019 14:06
ireadan
Sin ir más lejos tengo un caso que acabó hace unos días en el juzgado por un tema muy similar. Una comunidad de vecinos aprueba la instalación de un ascensor. Resulta que ese ascensor no se puede poner en la acera porque es estrecha, tiene que ir en el patio de luces de dentro.
Los vecinos de los primeros y los terceros tienen un balcón que da a ese patio de luces y el ascensor al pasar necesita coger y eliminar casi medio balcón de cada uno de esos pisos. Además necesita ocupar parte de un espacio de una habitación de uno de los bajos.
En la reunión todos los afectados votan no pero el resto vota sí y gana el sí.
No hay manera de acabe la negociación de indemnizaciones. Unos valoran el metro cuadrado de terreno edificado y los otros valoran eso más las molestias ya que uno tenía puesta una salida de aire en uno de los balcones y otro tenía una caldera y tenían que cambiarla de sitio, total y follón y pedían más dinero.
Al final acabó en el juzgado. El juez dictó sentencia condenando a todos a poner el ascensor, y acabó poniendo solución salomónica de precio según metro cuadrado real como indemnización tanto para los de los balcones como para el del bajo.
Así que ya ves, el caso es bastante similar y es un caso real del que salió sentencia hace poco.
14/11/2019 16:19
ireadan
Esta usted seguro que son distintas comunidades?
Deberá ir al registro de la propiedad y ver si es real lo que indica.
En el caso que fueran la misma comunidad, a usted no le pueden obligar por las bravas, que es lo que intentan otros en otros temas, arrebatarle parte de su propiedad, sin su consentimiento y debera ser indemnizado.
14/11/2019 21:54
ireadan
Aunque tengáis entrada independiente, esos garajes forman parte de la comunidad del edificio. Según la LPH tienes obligación de soportar esas obras si son necesarias, pero tienes derecho a que te compensen por los daños y perjuicios. En tu caso, puede haber perjuicio por bajar el techo de tu plaza y por no disponer de la plaza durante un tiempo, con lo que podrías verte en la necesidad de alquilar otra plaza.
20/11/2019 12:15
ireadan
Pero tengo entendido que si hay otra solución no te pueden modificar la propiedad, y el ha dicho que si que la hay pero que cuesta el doble y por eso la comunidad no la quieren hacer, yo conozco un caso en el que había dos opciones para poner el ascensor, uno po un patio quitando parte de un local comercial y otro por dentro del eificio modificado las escaleras, la segunda opción era bastante más cara, el propietario les llevó a juicio y el juez dictó en su favor, y tuvieron que pagar la segunda opción.
20/11/2019 19:43
ireadan
Si la entrada al garaje es independiente posiblemente existan dos comunidades y una comunidad general, para saberlo habría que consultar el titulo constitutivo.

Hay muchas maneras de saberlo sin consultar el titulo, por ejemplo sabiendo que cuota pagan las plazas de garaje, si una como tal y otra en relación al edificio.

Pero vamos al comentario que planteas.

Para bajar a cota cero el ascensor, tienen que demoler la caja de escalera, se supone que esta se encuentra encima del techo de tu plaza de garaje, pero resulta que el ascensor tiene que bajar mas que la caja porque necesita un foso, y por eso quieren coger parte del techo de tu plaza porque sino no se puede instalar, rompen el solado y hacen un foso con un mallazo y hormigón.

Una solución es que te compren tu plaza y que te compren otra a ti en el garaje mejor o de igual característica. se de una comunidad que quiso bajar el ascensor a un garaje independiente de esa comunidad, compraron la plaza de garaje que había debajo y por supuesto tuvieron que pedir permiso a la comunidad de garajes, y ademas del consentimiento del afectado necesito la unanimidad de la comunidad.

Pero nos encontramos ante una ilegalidad, porque si el garaje no forma parte de esa comunidad, es una subcomunidad independiente, y pertenecería solo en lo que se denomina total finca, solo pueden tocar la caja de escalera y que allí piensen como pueden bajar el ascensor cosa difícil de realizar, por ejemplo una solución seria una plataforma vertical o una rampa.

Si de diera el caso de que fuera la misma comunidad y la petición fuera por salvar barreras arquitectónicas si seria obligatoria la obra, pero naturalmente a ti te tendrían que indemnizar

Para empezar a saber que derechos tienes para impedir esa obra, necesitarías consultar el titulo constitutivo, esa es la clave, te dirá si realmente sois una comunidad independiente o no, Te lo puede enseñar tu administrador o pedir una certificación en el registro de la propiedad.

saludos
20/11/2019 22:41
ireadan
Lo mismo que usted indica se lo dige el dia 14, pero Ireadan no ha vuelto ha entrar,
La verdad que no lo entiendo, ponen preguntas y despues pasan completamente
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14/11/2019 10:51
Hola soy propietario de una plaza de aparcamiento y el edificio de arriba esta haciendo obras en el ascensor para bajarlo a ras y quitar escaleras, tuvimos una reunion en el garaje, en la que nos explicaron que para llevar a cabo esa obra necesitan por parte de la empresa de ascensor un requisito de para el ascensor que se puede solucionar de dos maneras con poleas cuya cantidad les asciende a 8.500 € y otra colocar un mallado en el techo del garaje justo donde esta el ascensor de esta comunidad cuyo importe es de 2.000 €. Detallo que el garaje no es de esta comunidad sino que la entrada es independiente y tienen plaza de garaje mucha gente ajena a este edificio. El problema es que dicha obra hay que realizarla solamente encima de mi plaza de aparcamiento, van a bajar bastante el techo de esa zona cosa que me molesta ademas de que no podre aparcar en un tiempo. El resto de propietarios no sufre ningún trastorno. Tenemos que votar que decidir si permitimos esa obra, pero me dicen que si hay mayoría simple de votos a favor , tengo que aguantarme aunque yo no quiera. Mi pregunta es siendo yo el único perjudicado y sin ser obras que afecten a nuestra comunidad, pueden obligarme a soportarlas?
14/11/2019 11:50
ireadan
Si la plaza de garaje es de tu propiedad con escritura y todo, es como tu casa nadie puede entrar ni hacer nada que tu no quieres y afecte a tu propiedad como es baja un techo, salvo que aya una orden judicial, es como si los vecinos pudieran decidir una obra que afecta a tu casa, si se vota algo impugnalo y si en sistemas denuncia y que sea un juez el que decida, pero no creo que quieran ir a juicio porque si hay una solución aunque sea más cara el juez no les va a dejar perjudicar la propiedad privada de nadie, no te dejes engañar que lo que pasa en tu propiedad es cosa tuya y no de la comunidad
14/11/2019 13:53
ireadan
No estoy del todo de acuerdo con la respuesta.
La realidad es que las comunidades de propietarios sí que pueden obligarte a soportar y tolerar obras en tu casa cuando el objetivo de las mismas es la instalación de un bien común al servicio general de la Comunidad y encima este bien está para superar barreras y facilitar accesos como es un ascensor.
Pero aquí hay mucho a tener en cuenta. Por ejemplo en Cataluña donde yo resido no nos regimos por la LPH sino por el Código Civil Catalán, que en su libro V regula la propiedad horizontal en Cataluña, por ese motivo hay que mirar bien cuando hay regulación foral o no respecto del tema.
La jurisprudencia mayoritaria entiende que cuando una Comunidad impone obras de este tipo, las propiedades deben tolerarlas y soportarlas y en el caso de que les perjudique (ejemplo a uno le quitan un trozo de patio, a ti te bajan el techo, etc) en ese caso, se deberá cuantificar el perjuicio y la comunidad deberá indemnizar al propietario perjudicado. El problema es que no suelen ponerse de acuerdo entre la cuantificación del perjuicio que hace el perjudicado y la que hace la comunidad, por eso suelen acabar en pleito y que sea el juez el que resuelva la cantidad a indemnizar.
Pero la realidad es que la Comunidad te puede obligar a modificar tu casa porque el interés general está por encima de la propiedad individual, siempre que te indemnice después en base a los daños o pérdidas que has sufrido y soportado en tu propiedad.
14/11/2019 14:06
ireadan
Sin ir más lejos tengo un caso que acabó hace unos días en el juzgado por un tema muy similar. Una comunidad de vecinos aprueba la instalación de un ascensor. Resulta que ese ascensor no se puede poner en la acera porque es estrecha, tiene que ir en el patio de luces de dentro.
Los vecinos de los primeros y los terceros tienen un balcón que da a ese patio de luces y el ascensor al pasar necesita coger y eliminar casi medio balcón de cada uno de esos pisos. Además necesita ocupar parte de un espacio de una habitación de uno de los bajos.
En la reunión todos los afectados votan no pero el resto vota sí y gana el sí.
No hay manera de acabe la negociación de indemnizaciones. Unos valoran el metro cuadrado de terreno edificado y los otros valoran eso más las molestias ya que uno tenía puesta una salida de aire en uno de los balcones y otro tenía una caldera y tenían que cambiarla de sitio, total y follón y pedían más dinero.
Al final acabó en el juzgado. El juez dictó sentencia condenando a todos a poner el ascensor, y acabó poniendo solución salomónica de precio según metro cuadrado real como indemnización tanto para los de los balcones como para el del bajo.
Así que ya ves, el caso es bastante similar y es un caso real del que salió sentencia hace poco.
14/11/2019 16:19
ireadan
Esta usted seguro que son distintas comunidades?
Deberá ir al registro de la propiedad y ver si es real lo que indica.
En el caso que fueran la misma comunidad, a usted no le pueden obligar por las bravas, que es lo que intentan otros en otros temas, arrebatarle parte de su propiedad, sin su consentimiento y debera ser indemnizado.
14/11/2019 21:54
ireadan
Aunque tengáis entrada independiente, esos garajes forman parte de la comunidad del edificio. Según la LPH tienes obligación de soportar esas obras si son necesarias, pero tienes derecho a que te compensen por los daños y perjuicios. En tu caso, puede haber perjuicio por bajar el techo de tu plaza y por no disponer de la plaza durante un tiempo, con lo que podrías verte en la necesidad de alquilar otra plaza.
20/11/2019 12:15
ireadan
Pero tengo entendido que si hay otra solución no te pueden modificar la propiedad, y el ha dicho que si que la hay pero que cuesta el doble y por eso la comunidad no la quieren hacer, yo conozco un caso en el que había dos opciones para poner el ascensor, uno po un patio quitando parte de un local comercial y otro por dentro del eificio modificado las escaleras, la segunda opción era bastante más cara, el propietario les llevó a juicio y el juez dictó en su favor, y tuvieron que pagar la segunda opción.
20/11/2019 19:43
ireadan
Si la entrada al garaje es independiente posiblemente existan dos comunidades y una comunidad general, para saberlo habría que consultar el titulo constitutivo.

Hay muchas maneras de saberlo sin consultar el titulo, por ejemplo sabiendo que cuota pagan las plazas de garaje, si una como tal y otra en relación al edificio.

Pero vamos al comentario que planteas.

Para bajar a cota cero el ascensor, tienen que demoler la caja de escalera, se supone que esta se encuentra encima del techo de tu plaza de garaje, pero resulta que el ascensor tiene que bajar mas que la caja porque necesita un foso, y por eso quieren coger parte del techo de tu plaza porque sino no se puede instalar, rompen el solado y hacen un foso con un mallazo y hormigón.

Una solución es que te compren tu plaza y que te compren otra a ti en el garaje mejor o de igual característica. se de una comunidad que quiso bajar el ascensor a un garaje independiente de esa comunidad, compraron la plaza de garaje que había debajo y por supuesto tuvieron que pedir permiso a la comunidad de garajes, y ademas del consentimiento del afectado necesito la unanimidad de la comunidad.

Pero nos encontramos ante una ilegalidad, porque si el garaje no forma parte de esa comunidad, es una subcomunidad independiente, y pertenecería solo en lo que se denomina total finca, solo pueden tocar la caja de escalera y que allí piensen como pueden bajar el ascensor cosa difícil de realizar, por ejemplo una solución seria una plataforma vertical o una rampa.

Si de diera el caso de que fuera la misma comunidad y la petición fuera por salvar barreras arquitectónicas si seria obligatoria la obra, pero naturalmente a ti te tendrían que indemnizar

Para empezar a saber que derechos tienes para impedir esa obra, necesitarías consultar el titulo constitutivo, esa es la clave, te dirá si realmente sois una comunidad independiente o no, Te lo puede enseñar tu administrador o pedir una certificación en el registro de la propiedad.

saludos
20/11/2019 22:41
ireadan
Lo mismo que usted indica se lo dige el dia 14, pero Ireadan no ha vuelto ha entrar,
La verdad que no lo entiendo, ponen preguntas y despues pasan completamente