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Ex ilocalizable

1 Comentarios
 
Ex ilocalizable
25/05/2009 18:28
Estoy tramitando con un abogado de oficio la custodia de mis hijos,viven conmigo y llevo desde abril del año pasado intentando arreglar la situacion ya que no estoy casado con su madre y no tenemos ningun papel en el que diga que los niños deben de estar conmigo.El problema es que la madrepasa olimpicamente de sus hijos y cambia continuamente de domicilio,o cuando le llega el aviso del juzgado no lo coge y listo.Mi pregunta es cuantas notificaciones o intentos debe hacer el juzgado antes de publicarlo en el BOE.Creo que no es normal que se alargue tanto esta situacion.Lleva dos meses sin llamar a mis hijos y sin verles esto podria denunciarlo para que se acelere la sentencia?gracias
26/05/2009 09:18
La situación le beneficia para obtener la guarda y custodia. Lógicamente, si el juzgado intenta las notificaciones y no se consigue, de oficio debe notificar en estrados y si no lo hace, debe solicitarlo por escrito su abogado pues Vd. no tiene por qué soportar que se dilate el pleito indebidamente porque el juzgado no haga bien lo que tiene que hacer incurriendo en responsabilidad patrimonial incluso. Que su abogado lo solicite así y que ponga el articulito de la responsabilidad de la administración y verá lo rápido que se mueven.
Un saludo.
Ex ilocalizable | PorticoLegal
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25/05/2009 18:28
Estoy tramitando con un abogado de oficio la custodia de mis hijos,viven conmigo y llevo desde abril del año pasado intentando arreglar la situacion ya que no estoy casado con su madre y no tenemos ningun papel en el que diga que los niños deben de estar conmigo.El problema es que la madrepasa olimpicamente de sus hijos y cambia continuamente de domicilio,o cuando le llega el aviso del juzgado no lo coge y listo.Mi pregunta es cuantas notificaciones o intentos debe hacer el juzgado antes de publicarlo en el BOE.Creo que no es normal que se alargue tanto esta situacion.Lleva dos meses sin llamar a mis hijos y sin verles esto podria denunciarlo para que se acelere la sentencia?gracias
26/05/2009 09:18
La situación le beneficia para obtener la guarda y custodia. Lógicamente, si el juzgado intenta las notificaciones y no se consigue, de oficio debe notificar en estrados y si no lo hace, debe solicitarlo por escrito su abogado pues Vd. no tiene por qué soportar que se dilate el pleito indebidamente porque el juzgado no haga bien lo que tiene que hacer incurriendo en responsabilidad patrimonial incluso. Que su abogado lo solicite así y que ponga el articulito de la responsabilidad de la administración y verá lo rápido que se mueven.
Un saludo.