Tras haber aprobado una oposición,a priori, cumplo con los requisitos para coger una excedencia por agrupación familiar ya que mi cónyuge es funcionario y posee destino definitivo. Mi duda es la siguiente, ¿es cierto que me obligan renunciar a mi trabajo para el día de la toma de posesión no incurrir en incompatibilidad?, si fuera así, ¿tendría derecho a cobrar paro? ¿y durante los 2 años que debo estar en excedencia podré trabajar o cobrar paro en algún momento? Me parece todo un poco raro ya que tan siquiera llegaré a estar de alta como funcionario en mi nuevo trabajo, el trámite según tengo entendido es automático y no hace falta ni presentarse en el centro de trabajo. Gracias