Muchas gracias, pero si pedí excedencia a partir de 01/04 puedo trabajar hasta el 31/03 y después disfrutar las vacaciones, o estoy obligada disfrutarlas antes Gracias
Las vacaciones se negocian pero si solicita usted una excedencia la empresa puede obligarle a coger las vacaciones antes de finiquitarla y no puede exigir que se las pagan, (las vacaciones no se pagan), solo se pagan en l caso de finalización del cto si no se pudieron disfrutar antes y esto suele ser por causa de la empresa no porque el trabajador solicite una excedencia. SMO
Buenos días Me gustaría preguntar si al pedir excedencia voluntaria la empresa me puede pagar vacaciones no disfrutadas o tengo que disfrutarlas antes. Me voy de excedencia a partir de abril y me obligan coger vacaciones y yo quiero que me las pagan. Gracias