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Excedencia y despues autonomo

1 Comentarios
 
23/09/2006 11:16
Como trabajador indefinido, con más de un año de antiguedad, tienes derecho a situarte en excedencia voluntaria por un periodo mínimo de 2 años y máximo de 5, a menos que el convenio colectivo que te sea de aplicación (no dices la actividad ni la ubicación de la empresa), regule alguna mejora sobre este asunto.
Si solicitas por escrito la excedencia la empresa no se puede negar a concederla, pero tu sólo conservas un dercho preferente de reingreso, no la reserva del puesto, esto significa que cuando finalice la excedencia y pidas el reingreso, este se llevará a cabo cuando la empresa disponga de vacante en tu categoría o similar.
En cuanto a lo que dices sobre el derecho a desempleo, la única incidencia de este tiempo como autónomo es que si causaras baja en tu trabajo en situación de desempleo, tendrías derecho a la prestación calculada sobre el periodo cotizado en los 6 años inmediatamente anteriores a esta situación en trabajos por cuenta ajena (con cotización a desempleo), por tanto no computarian los periodos en los que sólo has estado en alta en autónomos durante esos 6 años.
Un saludo
Excedencia y despues autonomo
22/09/2006 21:13
Hola wenas haber si alguien me puede sacar de dudas lo antes posible se lo agradeceria;
Tengo un contrato indefinido en una empresa y llevo mas de un año alli pero me ha surgido una oportunidad de hacerme autonomo y necesito saber q requisitos cumplir para pedir una excedencia y darme de alta despues como autonomo y
si la empresa esta obligada a darmela, anteriormente a todo esto habioa estado dado de alta como autonomo durante año y medio; ¿el tiempo q este ahora como autonomo se suma al anterior periodo a efectos de perder el derecho a la prestacion por desempleo?
Excedencia y despues autonomo | PorticoLegal
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Excedencia y despues autonomo

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23/09/2006 11:16
Como trabajador indefinido, con más de un año de antiguedad, tienes derecho a situarte en excedencia voluntaria por un periodo mínimo de 2 años y máximo de 5, a menos que el convenio colectivo que te sea de aplicación (no dices la actividad ni la ubicación de la empresa), regule alguna mejora sobre este asunto.
Si solicitas por escrito la excedencia la empresa no se puede negar a concederla, pero tu sólo conservas un dercho preferente de reingreso, no la reserva del puesto, esto significa que cuando finalice la excedencia y pidas el reingreso, este se llevará a cabo cuando la empresa disponga de vacante en tu categoría o similar.
En cuanto a lo que dices sobre el derecho a desempleo, la única incidencia de este tiempo como autónomo es que si causaras baja en tu trabajo en situación de desempleo, tendrías derecho a la prestación calculada sobre el periodo cotizado en los 6 años inmediatamente anteriores a esta situación en trabajos por cuenta ajena (con cotización a desempleo), por tanto no computarian los periodos en los que sólo has estado en alta en autónomos durante esos 6 años.
Un saludo
Excedencia y despues autonomo
22/09/2006 21:13
Hola wenas haber si alguien me puede sacar de dudas lo antes posible se lo agradeceria;
Tengo un contrato indefinido en una empresa y llevo mas de un año alli pero me ha surgido una oportunidad de hacerme autonomo y necesito saber q requisitos cumplir para pedir una excedencia y darme de alta despues como autonomo y
si la empresa esta obligada a darmela, anteriormente a todo esto habioa estado dado de alta como autonomo durante año y medio; ¿el tiempo q este ahora como autonomo se suma al anterior periodo a efectos de perder el derecho a la prestacion por desempleo?