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excedencia y paro

3 Comentarios
 
Excedencia y paro
14/03/2010 12:04
Hola: estoy actualmente disfrutando de la baja por maternidad. Se me termina a mediados de junio y junto con la lactancia se me prorrogaria hasta julio. Tengo las vacaciones en agosto, y mi poregunta es si podria coger el mes de julio de excedencia ya que no tengo con quien dejar al bebe. En el caso de que pudiera y mi empresa perdiera la concesion con la comunidad de Madrid (trabajo en una escuela de gestion privada), tendria derecho a disfrutar del paro o me quedaria sin el por estar de excedencia o de dias sin empleo ni sueldo.
De ser asi, existe alguna manera legal de estar un mes sin trabajar ni cobrar, pero si cotizando para no perder el paro? o mi solucion es incorporarme al trabajo.
muchas gracias
14/03/2010 17:25
Puedes coger una excedencia forzosa por cuidado de hijo durante el mes de Julio, dicha excedencia la puedes disfrutar hasta que tu hijo tenga 3 años de edad, si durante el periodo de excedencia se rescinde el contrato por finalizacion del mismo, tendras derecho a prestaciones siempre que reunas los requisitos para ello.

Artículo 207.-Requisitos para el nacimiento del derecho a las prestaciones.

Para tener derecho a las prestaciones por desempleo las personas comprendidas en el
artículo 205 deberán reunir los requisitos siguientes:

a) Estar afiliadas a la Seguridad Social y en situación de alta o asimilada al alta en los
casos que reglamentariamente se determinen.


Artículo 125.-Situaciones asimiladas a la de alta.

1. La situación de desempleo total durante la que el trabajador perciba prestación por
dicha contingencia, será asimilada a la de alta.

2. Los casos de excedencia forzosa.

No olvides que es muy importante que la empresa te de, de baja en la SS, por excedencia forzosa durante el periodo de un mes, asi mismo dicho periodo tambien computa como antiguedad a todos los efectos, incluida la indemnizacion por despido, saludos.
23/03/2010 22:07
soy indefinida. Si mi empresa pierde la concesion que tiene con la comunidad de Madrid, imagino que mi empresa me tendra que despedir. Entonces se cumplira lo que usted me ha dicho no?
muchas gracias
25/03/2010 12:39
Yo tengo una excedencia por cuidado famliar en sanidad en lo público, pero estoy trabajando durante este tiempo cubriendo una suplencia en otro lado en lo publico también. Ahora se me acaba el contrato, y mi duda es si el inem puede acceder a mi vida laboral ya que aparece esta excedencia en ella, y como quiero cobrar paro quería saber si me contaria el tiempo que he trabajado en lo publico o solo me cuenta el tiempo que he trabajado en lo publico pero con mi nuevo contrato. ay que lío. es que me han dicho por una parte que los funcionarios no les vale todo ese tiempo de cara al paro. Entonces que tiempo me vale el que he trabajado con contrato???no se si me he explicado..