Hola compañero!!
El otro dia vi, qeu contestabas a una compañera sobre un tema de excesos de jornadas, en ql que apuntabas que esos dias deben darse como retribuidos y que existen sentencia del TSJ de valencia.
Serias tan amable de decirme que sentencia es y donde puedo conseguirla?
En mi empresa los dias qeu sobran , pretenden ajustar el horario, reduciendo 12 minutos diarios, y no estamos muy conformes con esto
Gracias
Hola, la sentencia trata sobre los llamados "dias convenio" son aquellos dias que exceden de la jornada anual, Por ejemplo una empresa que tiene una jornada anual de 1780, y la jornada diaria es de 8 horas efectivas, se trabajaran 223 dias y sobran 4 horas,
¿Si resulta que descontaos los sabados y domingos, las 14 fiestas y las vacaciones quedan 225 dias laborables?, habran 2 dias y cuatro horas llamados dias convenio a disfrutar de acuerdo con la empresa.
En tu caso, si el convenio colectivo no estipula nada sobre estos "dias convenio" o "dias de disfurte personal a cuenta del exceso de jornada"y la empresa no acepta darlos voluntariamente, tiene todo el derecho en recortar la jornada diaria para llegar a la jornada anual
De todas formas te dire que dicha sentencia es STJ Valencia de 9 de noviembre de 1999 y donde encontrarla , puedes consultar en cualquier base de datos de jurisprudencia laboral, que suelen tenerlas en bibliotecas publicas o universitarias
un saludo