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Exención de presidencia de la comunidad de vecinos por enfermedad

1 Comentarios
 
Exención de presidencia de la comunidad de vecinos por enfermedad
27/09/2020 14:31
Hola, buenas tardes.

Estoy buscando información sobre la exención de ser presidente de una comunidad de vecinos por una enfermedad grave. Hay vecinos conocedores de la situación y otros que no, en el caso de que no todos los vecinos estén de acuerdo con que se excluya a la persona enferma de la nueva votación para ser presidente, ¿qué documentación debo adjuntar? En el caso de tener que aprobarlo un juez, ¿cómo se realiza este proceso y en cuanto tiempo, aproximado, se resolvería?

Saludos.
27/09/2020 14:47
Romanito
Siendo una enfermedad grave, lo mejor es que el afectado lo exponga a la junta para que no se le designe como presidente. Si no le hicieren caso, podría recurrir al juez, según se prevé en el art 13.2 de la Ley:
"... el propietario designado podrá solicitar su relevo al juez dentro del mes siguiente a su acceso al cargo, invocando las razones que le asistan para ello. El juez, a través del procedimiento establecido en el artículo 17.7.ª, resolverá de plano lo procedente, designando en la misma resolución al propietario que hubiera de sustituir, en su caso, al presidente en el cargo hasta que se proceda a nueva designación en el plazo que se determine en la resolución judicial."
Exención de presidencia de la comunidad de vecinos por enfermedad | PorticoLegal
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Exención de presidencia de la comunidad de vecinos por enfermedad

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Exención de presidencia de la comunidad de vecinos por enfermedad
27/09/2020 14:31
Hola, buenas tardes.

Estoy buscando información sobre la exención de ser presidente de una comunidad de vecinos por una enfermedad grave. Hay vecinos conocedores de la situación y otros que no, en el caso de que no todos los vecinos estén de acuerdo con que se excluya a la persona enferma de la nueva votación para ser presidente, ¿qué documentación debo adjuntar? En el caso de tener que aprobarlo un juez, ¿cómo se realiza este proceso y en cuanto tiempo, aproximado, se resolvería?

Saludos.
27/09/2020 14:47
Romanito
Siendo una enfermedad grave, lo mejor es que el afectado lo exponga a la junta para que no se le designe como presidente. Si no le hicieren caso, podría recurrir al juez, según se prevé en el art 13.2 de la Ley:
"... el propietario designado podrá solicitar su relevo al juez dentro del mes siguiente a su acceso al cargo, invocando las razones que le asistan para ello. El juez, a través del procedimiento establecido en el artículo 17.7.ª, resolverá de plano lo procedente, designando en la misma resolución al propietario que hubiera de sustituir, en su caso, al presidente en el cargo hasta que se proceda a nueva designación en el plazo que se determine en la resolución judicial."