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Expediente de incapacidad permanente en trámite.

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Expediente de incapacidad permanente en trámite.
09/01/2015 18:20
Buenas tardes,Con la ayuda de un lector de tarjetas inteligentes (smart card) y el DNI Electrónico de mi hermana he consultado la situación actual de su expediente de Incapacidad Permanente en trámite. El estado actual del expediente es el siguiente:1º Estudio de solicitud, datos y documentos aportados. Comprobación de requisitos previosCONCLUIDO2º Emisión del dictamen médico por el Instituto Catalán de la SaludCONCLUIDO3º Emisión de propuesta de Incapacidad laboral por la Comisión de Evaluación de IncapacidadesCONCLUIDO4º Estudio de vida laboral y de todas las cotizaciones efectuadasCONCLUIDO5º Determinación del importe de la pensiónPENDIENTE6º Estudio final y propuesta de resoluciónPENDIENTE7º Revisión y confirmación del expedientePENDIENTE8º Firma de la resolución PENDIENTEQuedan los 4 últimos puntos pendientes y por resolver. ¿Sabéis cuanto pueden tardar en resolver el expediente por completo y firmar la resolución?.¿Si se mantienen los 8 puntos y se concluye el punto; 5º Determinación del importe de la pensión, significará que la resolución del expediente será resuelto favorablemente?. ¿Con que frecuencia debo consultar el estado del expediente para ver si hay alguna variación?.Os agradecería nos orientarais y nos aconsejarais para ayudarnos en este proceso. Espero vuestras respuestas y consejos lo antes posible, muchas gracias por todo de antemano.Un cordial saludo a todos !!!
09/01/2015 22:35
No nos dices en q fecha paso el EVI.
Desde la revisión hasta q concluyé puede pasar alrededor de 1 mes.... depende de la Comunidad pude llegar a 45 días aprox.
Efectivamente. Si permanecen los 8 apartados quiere decir q la conceden.
Cuando quedan el 7 y 8 solo falta 1 o 2 días... y fin del expediente!
Suerte!!
10/01/2015 00:02
Buenas noches y muchas gracias por tu respuesta Diangidi !!!
Mi hermana pasó el EVI aproximadamente con fecha del pasado 27 de noviembre de 2014, aunque no lo ha comprobado ahora mismo, la fecha puede variar muy poco. O sea que ha pasado aproximadamente un mes y medio, aunque con las Fiestas Navideñas de por medio, entonces deduzco que si son 45 días lo habitual el desenlace final debería estar próximo. La Comunidad Autónoma es Cataluña.
Por otro lado me gustaría que me orientases de la cuantía o % aproximado de la pensión que podría quedarle a mi hermana si se le concediera una Incapacidad Permanente Total para su profesión habitual, habiendo cotizado un total de casi 40 años, concretamente le falta sólo mes y medio para los 40.
Tengo entendido que podría ser de un 55% de la base reguladora, ¿pero se podría incrementar en un 20% más la pensión por ser mayor de 55 años y por ser sus lesiones físicas lo suficientemente invalidantes para poder trabajar en otra profesión?.
Recientemente el Departamento de Bienestar Social de Cataluña le concedió un grado de disminución del 55%.
Hasta el momento cobraba un subsidio de 426€ mensuales por ser mayor de 55 años.
Te agradecería me dieras una respuesta tan pronto te sea posible.
Muchas gracias de antemano de mi parte y la de mi hermana.
Saludos cordiales !!!
10/01/2015 00:10
Hola de nuevo Diangidi !!!
Sólo una pregunta más.
¿Si en el peor de los casos se le denegara la pensión por Incapacidad Permanente a mi hermana, se podría recurrir la sentencia por vía judicial?.
Lo pregunto porque le aconsejaron esa posibilidad si la sentencia era desfavorable para ella.
Saludos de nuevo y muchas gracias !!!
10/01/2015 22:15
El incremento del 20% es si NO trabaja.

Tiene que agotar la vía administrativa y luego puede recurrir vía judicial. Por supuesto.
10/01/2015 22:17
E el momento que aparezca el punto 5º del expediente concluido.....hay pensión.

10/01/2015 23:01
Ok stik, me queda claro, muchas gracias por la información, me ha sido de gran ayuda.
El proximo paso es esperar a ver si concluye el apartado 5°.
Saludos y gracias de nuevo !!!
11/01/2015 01:41
Solo tengo una duda.
¿Cuando usted dice que el aumento del 20% sobre el 55% que se concede al beneficiario de La Incapacidad Permanente Total es en el caso de que NO trabaje el beneficiario de la Pensión?, ¿se refiere a que aparte de no trabajar en su profesión habitual no trabaja en nada más?, ¿no hace falta haber cumplido los 55 años?, ¿entonces se le concederá al beneficiario de esa pensión simplemente por el hecho de no trabajar en otra profesión el 55% 20% en el caso de que le concedan esa Incapacidad Permanente Total?.
Le agradeceré mucho una respuesta.
Cuando sepa el resultado final del expediente lo comentaré por aquí.
Saludos y gracias de nuevo !!!
11/01/2015 08:41
Si tiene los 55 años y no trabaja en otro sitio... tiene q pedir el incremento del 20%.
Hay q rellenar el formulario donde declarás q no trabajas en ningún otro sitio y entregarlo a la SS.
http://www.seg-social.es/prdi00/groups/public/documents/binario/34941.pdf
11/01/2015 15:26
Buenas tardes y muchas gracias por su respuesta Diangidi !!!
En efecto, mi hermana ya tiene 55 años.
Ya he descargado el impreso para solicitar el incremento del 20%, pero primero hay que tener un poco más de paciencia y esperar a que la resolución del expediente en trámite sea favorable y que el tipo de pensión concedida sea una Incapacidad Permanente Total para su profesión habitual.
Le haré saber si la sentencia del EVI se resuelve favorablemente.
Muchas gracias de nuevo, reciba un cordial saludo !!!
11/01/2015 16:53
No puede estar trabajando en ningún otro oficio..................ni trabajar en un futuro.

En el momento que comience a trabajar perderá ese incremento.
11/01/2015 17:59
Me queda claro stik, aunque por desgracia mi hermana ya no trabajará mas.
Muchas gracias de nuevo y buenas tardes.
12/01/2015 16:20
Buenas tardes Diangidi y stik !!!
Hace un rato he consultado el expediente de IP en trámite, no estoy seguro si será una IP Total, aunque al menos esperamos ese grado o una IP Absoluta, aunque esperamos más bien una IPT.
Por lo visto esta mañana de lunes, 12/01/15, han concluido los apartados que aún estaban pendientes; 5º Determinación del importe de la pensión y 6º Estudio final y propuesta de resolución.
Solo restan por concluir los apartados; 7º Revisión y confirmación del expediente y 8º Firma de la resolución, ambos están aún pendientes.
Según me indicaron ustedes significaría que la resolución de la pensión muy probablemente será favorable y se le concederá a mi hermana.
¿Me podéis confirmar si en 1 o 2 días se concluirán los 2 apartados que restan, o por lo menos se resolverán a lo largo de esta semana?.
Otra duda es si el pago de la pensión será retroactivo desde la fecha en que mi hermana pasó la EVI, aproximadamente el 27 de noviembre.
Y si desde que se apruebe la pensión procederán a ingresarle automáticamente la prestación o el INSS no empezará a pagar hasta la fecha establecida para el pago.
También he leído que cuando se resuelvan los 8 apartados del expediente también aparecerá en la información del expediente la cuantía de la pensión resultante.
Os agradecería me ayudaseis con vuestra opinión y vuestros consejos.
Muchas gracias por todo y un cordial saludo !!!
12/01/2015 19:22
Enhorabuena.

Salvo error en el expediente, tiene pensión.
Solo queda elevar el expediente al director provincial y su firma.
Este trámite suele ser ràpido.(dias)
Efectivamente, cuando se resuelvan los 8 puntos podrá ver el importe y grado.
No tiene carácter retroactivo, la fecha de inicio de las prestaciones la verás reflejada en el expediente.
El primer cobro va a depender del dia del cierre del expediente
12/01/2015 19:43
Enhorabuena!!
Si considerais q le deberían de dar la IPA haced Reclamación Previa.... aconsejo hacerla mediante Abogado.
Lo que pone en la Reclamación es lo que sirve para el posterior juicio si es q procede.
Suerte!!!!
12/01/2015 19:49
Ah!
Recuerdo una vez más... q hay veces q tenemos prestaciones y las desconocemos.
Hay q leer la póliza del Seguro Hogar para ver si nos entra la Defensa Jurídica. De esta manera no nos cuesta nada (economicamente hablando) hacer las gestiones q procedan...
En mi caso tenía 3.000 euros para gastar. Elegí un Abogado de mi confianza...me costó 400 euritos hacer la Reclamación Previa... y se acabo!! Tbn tengo q decir q la Abogada me dijo q solo se ganaban un 5% de Reclamaciones... en el 95% restantes siguen con su dictamen.
12/01/2015 19:58
Hola a los dos, stik y Diangidi !!!
Tomo nota de vuestros consejos y vuestro asesoramiento sobre este expediente de Incapacidad Permanente.
Nos ha sido de mucha ayuda y utilidad toda vuestra información.
Espero poder deciros en breve que esta pensión en cuestión ha sido resuelta favorablemente.
Muchas gracias de nuevo y hasta pronto !!!
12/01/2015 22:44
Hola de nuevo Diangidi !!!
Muchas gracias de nuevo por tanta información, lo digo por el post sobre la Defensa Jurídica.
Pues sí, seguro de hogar no sé si tenemos, pero creo que tuvimos, se lo comentaré a mi hermana.
Aunque lo ha pasado tan mal que si le conceden una Incapacidad Permanente Total no creo que pida la Absoluta.
Porque la cosa está muy mal y mi hermana en primer lugar tuvo juicio con un abogado contra la Mutua de su trabajo, que llevó 3 abogados, y perdió, recurrió el abogado de mi hermana y volvieron a perder, luego la Mutua desapareció del Mapa, tengo entendido que entre las Mutuas es normal que suceda eso.
Por este Foro he visto que una persona comenta que toma mucha medicación y en un futuro próximo le pueden prescribir medicación mórfica.
Mi hermana tiene tantas lesiones y secuelas físicas que aparte de tomar mucha medicación y alguna medicación muy fuerte, se pone también parches de morfina. Aparte también tiene lesiones psíquicas, lo ha pasado muy mal, y casi 40 años cotizados.
De justicia sería que le quedara una pensión digna y no una pensión ridícula de 300 o 400 y pico Euros.
Ahora a esperar la firma del Director Provincial y a ver que pensión y prestación le conceden.
Avisaré por aquí cuando sepamos la sentencia.
Saludos, hasta pronto y gracias de nuevo !!!
13/01/2015 16:47
Buenas tardes stik y Diangidi !
Hoy martes, 13/01/15/, se ha concluido el apartado 7º; Revisión y confirmación del expediente.
Ya solo falta el 8º y último apartado; Firma de la resolución. Supongo que en breve se hará la firma, quizás mañana mismo o en el transcurso de esta semana.
Para ser martes y 13 no nos podemos quejar. :-)
Ya os aviso cuando se haya resuelto el expediente.
Saludos !!!
13/01/2015 20:06

Hola,

Me gustaría saber cómo se mira el Expediente.

En la oficina del CAISS, me han dado una "clave permanente" y me he metido en la página web, en la que se supone que se tendría que ver:

https://sede.seg-social.gob.es/Sede_1/Lanzadera/index.htm?URL=204

pero me dice que no tengo acceso.

¿Alguien puede ayudarme?

Gracias