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Extinción S.L.

1 Comentarios
 
Extinción s.l.
perfil Jan
02/05/2004 20:56
¿Una vez liquidada la s.L. Es posible dejarla sin extinguir? ¿que posibles problemas puede tener?
03/05/2004 12:57
Estimado Jan:

Si realmente despues de liquidarla no la quereis disolver, la tendreis que dejar sin actividad alguna y (creo), sino recuerdo mal, si en un plazo de 3 años, la sociedad no se reactiva, tramita la AEAT, de oficio la disolución de la Sociedad al Registro Mercantil, mientras tanto debereis de presentar anualmente el correspondiente Impuesto de Sociedades.

Mientras que si despues de liquidarla la disolveis evidentemente el Registro Mercantil procede a darle inmediatamente de baja y de esa manera, finalizan todas las obligaciones inherentes a esa empresa.

Recibe un saludo.