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facturas

2 Comentarios
 
Facturas
07/04/2006 12:48
Hola a todos, acabo de empezar a ejercer como abogado pero mi especialidad no es el fiscal precisamente ( ni idea). Bueno, el caso es que no se como organizarme con las facturas y todo eso.
A ver:
-Si emito una factura para que me la paguen debe ser pro forma, no? Cuando me la abonen debo emitir otra con el mismo número y que conste que está pagada?
-Cuando debo declarar una factura, cuando la emito o cuando la cobro (supongo que lo segundo pero por comprobarlo).
- POr último, al hacer la declaración trimestral de IRPF debo ingresar el 20% de los beneficios , de qué depende que luego me lo devuelvan?

Se que son preguntas un poco tontas, pero ya apenderé, je,je
SALUDOS
07/04/2006 17:22
Hola madox.
Una factura pro forma NO es una factura sino una pre factura. Su fin es dar a conocer una oferta para saber con exactitud lo que se pagará, la forma de pago y el plazo de validez de la oferta, por lo que debes emitir una factura con un número de referencia.
La regla general es que las facturas se declaran según la fecha de emisión, no la fecha del cobro (criterio del devengo).
Los pagos fraccionados y las retenciones deducen de la cuota líquida del impuesto sobre la Renta y se devuelven cuando superan a esta última.
Un saludo.
07/04/2006 19:08
Vale, ya veo que estba equivocado en todo. Muchas gracias por tu ayuda Mirentxu. Entoces qué debo hacer cuando me pidan una factura para pagarla más adelante. Debo hacer constar en la factura " honorarios pendientes de pago" o algo así?
Como lo haceis compañeros?