En una denuncia de tráfico se detectó un error notorio en la ubicación de la infracción.
La persona supuestamente infractora recurrió a través de su gestora de multas. El agente se ratificó y al final ha llegado al contencioso administrativo.
Como no tiene casi ingresos le he recomendado que primero pida asistencia legal gratuita.
Dado el error descubierto y que el agente se ratificó yo veo que pudiera ser denunciable también por la via penal por falsedad en documento público. ¿Cierto?
Ya puestos, como la denuncia me ha tocado a mí la moral pregunto si yo mismo que no tengo relación con la denuncia pero si conocimiento de ella, puedo presentar denuncia en el Juzgado.
Se me olvido significar que por lo penal se deberá acreditar el dolo o al menos la imprudencia grave. No bastaría un mero error involuntario o leve negligencia
Error involuntario podría ser en la denuncia inicial, pero luego cuando en el primer escrito que se presenta contra la denuncia se pide que se ratifique, así lo hace.
El asunto me parece muy claro. Dice que se estaciona en una carretera ocultando parte de un stop cuando en todo el tramo no existe ninguno ni posibilidad de que exista al no haber mas que esa carretera y nada mas.
Grabación de video con GPS delante y alguna foto con móvil provisto de GPS mas la denuncia del agente y su ratificación.
Y efectivamente, se va a comer el 391 de lleno. Poco porque no va cumplir pena. Otra cosa sería que esto ya lo hubiera hecho mas veces, cosa difícil de demostrar por un simple particular. Al menos un tironcillo de orejas.
Mi opinión es que si la infracción existe pero el lugar se encuentra equivocado, podría no existir ni dolo ni imprudencia grave. Si en la primera denuncia se detectó el error, y en la ratificación ha concurrido un tiempo considerable, podría seguir habiendo algún tipo de imprudencia.. pero de ahí a que haya dolo, yo no lo veo. Otra cosa es que la infracción no hubiera existido y se haya puesto por la cara, cosa también difícil de detectar.