explica el tema un poquito más, no obstante, te indico que la recuperación pasa, generalmente, por requerir notarialmente al contrario para que te devuelva lo que corresponda (el doble de lo entregado o lo que hayais pactado) y, para el caso de que no se realice el pago, acudir a la vía judicial.
dentro de los contratos de compraventa existen muchos tipos (penitenciales, confirmatorias, "depósitos", y cosas raras demás...), por ello, te animo a que acudas a un abogado, ya que si no das los pasos correctos, puedes hacer el primo.