En el caso de trabajadores fijos discontinuos con contrato suspendido por ERTE (se trata de trabajadoras de un comedor escolar), al llegar la finalización de su actividad teórica (fin de curso escolar) y todavía están afectados por este Expediente de Regulación de Empleo; ¿se pueden dar de baja por fin de actividad? Están con contrato suspendido, por lo que no sé si se podría realizar la baja por fin de actividad. Lo mismo ocurre con trabajadoras con contrato de obra, están con el contrato suspendido por ERTE, y el caso es que finaliza el curso escolar y por tanto finaliza el servicio, ¿se podrían dar de baja por fin de contrato?