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fin acogimiento permanente abuelos

2 Comentarios
 
Fin acogimiento permanente abuelos
03/08/2005 18:45
Hola de nuevo a todos (los que todavía no esteis de vacaciones).
Los abuelos de un niño de seis años tienen judicialmente el acogimiento permanente de este desde hace dos años (con el consentimiento de la madre y oposición del padre) si bien siempre han cuidado de él.
Desde hace un año la madre ha mostrado interés en recuperar la custodia del menor y llevárselo a vivir con su nueva pareja y otro hijo fruto de esta relación a la comunidad autónoma en la que viven actualmente.
La asistente social que trata el asunto junto con el resto del equipo de seguimiento de esta comunidad autónoma van a acordar un régimen de "estancia" con la madre ahora que está de vacaciones en esta comunidad Autónoma, dado que los informes sociales de la comunidad dohde vive son todos favorables. Parece ser que fijarán varios días de visita con pernocta con los abuelos y posteriormente si el resultado es favorable pernocta con la madre y su pareja :todo esto a desarrollar en plazo de 10 - 15 días que son los que la madre tiene de vacaciones.
Independientemente de que los abuelos no estan de acuerdo por diversas razones (el absoluto abandono que sufrió el menor y que dio lugar al desamparo, la grave enfermedad que sufre el menor y que lo llevó al borde de la muerte en varias ocasiones en las que su madre no se preocupó por él.... que el niño no reconoce a su madre..) la pregunta es ¿pueden los abuelos negarse a cumplir este régimen de visitas?? o a cumplirlo en su totalidad?
Entiendo que cualquier resolución por escrito puede ser objeto de reclamación admisitrativa o recurso administrativo o judicial... pero tanto si el acuerdo adopta forma de resolución como, si como parece, es una cuestión más informal que pueden hacer esos abuelos???

Gracias por anticipado a todos y un saludo.
04/08/2005 09:24
Por tu expresion de acogimiento permanente deduciremos que es una resolucion administrativa. Como tal, otra jerarquicamente igual la invalida.
Por supuesto que puedes recurrirla tanto en via de recurso contencioso adminitrativo como ante la jurisdiccion civil.
De todas maneras la practica judicial es dar la custodia de los hijos a la madre salvo muy graves muy justificados y ACTUALES motivos que perjudicaran al menor.
Imagino que lo deseable es una negociacion
Suerte
04/08/2005 12:05
Gracias Ferro57, el acogimieto familiar permanente ha sido acordado judicialmente debido a la oposición del padre, pues la madre si bien en sede administrativase opuso no así en sede judicial (de esto hace casi dos años); por ello entiendo que sólo una resolución judicial puede cambiar el acogimiento y solo una resolució judiical puede acordar visitas de la madre ya que el auto inicial no hizo mención alguna a este respecto.
EN esta situación, ¿que relevancia tiene el permiso que acuerda la administración (que no adopta forma de resolución) concediendo a la madre -que no ve la hija desde hace años- visitas sin pernocta durante una semana y el fin de semana final con pernocta???
Que relevancia tiene que no se cumpla o se dificulte estas vistas por los abuelos?

Muchas gracias
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Fin acogimiento permanente abuelos
03/08/2005 18:45
Hola de nuevo a todos (los que todavía no esteis de vacaciones).
Los abuelos de un niño de seis años tienen judicialmente el acogimiento permanente de este desde hace dos años (con el consentimiento de la madre y oposición del padre) si bien siempre han cuidado de él.
Desde hace un año la madre ha mostrado interés en recuperar la custodia del menor y llevárselo a vivir con su nueva pareja y otro hijo fruto de esta relación a la comunidad autónoma en la que viven actualmente.
La asistente social que trata el asunto junto con el resto del equipo de seguimiento de esta comunidad autónoma van a acordar un régimen de "estancia" con la madre ahora que está de vacaciones en esta comunidad Autónoma, dado que los informes sociales de la comunidad dohde vive son todos favorables. Parece ser que fijarán varios días de visita con pernocta con los abuelos y posteriormente si el resultado es favorable pernocta con la madre y su pareja :todo esto a desarrollar en plazo de 10 - 15 días que son los que la madre tiene de vacaciones.
Independientemente de que los abuelos no estan de acuerdo por diversas razones (el absoluto abandono que sufrió el menor y que dio lugar al desamparo, la grave enfermedad que sufre el menor y que lo llevó al borde de la muerte en varias ocasiones en las que su madre no se preocupó por él.... que el niño no reconoce a su madre..) la pregunta es ¿pueden los abuelos negarse a cumplir este régimen de visitas?? o a cumplirlo en su totalidad?
Entiendo que cualquier resolución por escrito puede ser objeto de reclamación admisitrativa o recurso administrativo o judicial... pero tanto si el acuerdo adopta forma de resolución como, si como parece, es una cuestión más informal que pueden hacer esos abuelos???

Gracias por anticipado a todos y un saludo.
04/08/2005 09:24
Por tu expresion de acogimiento permanente deduciremos que es una resolucion administrativa. Como tal, otra jerarquicamente igual la invalida.
Por supuesto que puedes recurrirla tanto en via de recurso contencioso adminitrativo como ante la jurisdiccion civil.
De todas maneras la practica judicial es dar la custodia de los hijos a la madre salvo muy graves muy justificados y ACTUALES motivos que perjudicaran al menor.
Imagino que lo deseable es una negociacion
Suerte
04/08/2005 12:05
Gracias Ferro57, el acogimieto familiar permanente ha sido acordado judicialmente debido a la oposición del padre, pues la madre si bien en sede administrativase opuso no así en sede judicial (de esto hace casi dos años); por ello entiendo que sólo una resolución judicial puede cambiar el acogimiento y solo una resolució judiical puede acordar visitas de la madre ya que el auto inicial no hizo mención alguna a este respecto.
EN esta situación, ¿que relevancia tiene el permiso que acuerda la administración (que no adopta forma de resolución) concediendo a la madre -que no ve la hija desde hace años- visitas sin pernocta durante una semana y el fin de semana final con pernocta???
Que relevancia tiene que no se cumpla o se dificulte estas vistas por los abuelos?

Muchas gracias