Mi vivienda es mía privativa pagada por mi al cien por cien. En unos meses la adjudicación a mi exmujer termina por sentencia judicial. Me pregunto qué ocurrirá si ella no se marcha.
Cuando llegue el día fijado en sentencia si no abandona la vivienda y pone a su disposición las llaves de la misma, usted debe dirigirse al juzgado que la dictó y solicitar una ejecución de la sentencia.
Esto es, ni más ni menos, que pedirle a ese juez que dictó una orden, que haga que ésta se cumpla y deberá ordenar la salida inmediata de esa señora.
Las ejecuciones suelen ser los procesos más rápidos, aunque ya sabemos que el tiempo en los juzgados va mucho más lento que para el resto de los mortales. Es imposible estimarlo porque depende del juzgado, de los asuntos pendientes que tenga ese juzgado...
La de desahucio sería la general para tirar a alguien que vive en precario, sin justo título. Sería más rápida la ejecución de sentencia, casi seguramente, pero igual el juez da la orden a tu ex de abandonar la vivienda y sigue sin cumplirla, aunque no esté esto exento de riesgos.
Yo pase por ello en Septiembre pasado, después de 7 años recuperé mi casa, privativa al 100%.
Previamente, 6 meses antes le envié un burofax, recordándole los términos de la sentencia y pidiéndole me hiciese saber cuanto antes el nuevo domicilio donde fijaría el domicilio (por ser también el de nuestro hijo en los periodos semanales que convive con ella).
A mí me la devolvió puntualmente, si bien vacía de mobiliario, ajuar, enseres y electrodomésticos y destrozada, además de facturas, IBI, basuras, impagados...pero eso es de esperar.
Mi consejo es hacerle saber por burofax que se acerca el momento de cumplir sentencia, y si en la fecha no marcha, pedir ejecución de sentencia rápidamente acompañando la solicitud del burofax enviado.