Se me acaba el contrato en Febrero sin previsión a renovación de contrato y me faltan 7 días de vacaciones del año anterior por disfrutar, me las han de abonar o dármelos previa finalización de contrato o puedo perderlos?
Según legislación las vacaciones se disfrutan en el año natural, según sts del TSJUE las vacaciones de años anteriores no se pierden.
Según esto debe hablarlo con la empresa y solicitar disfrutarlas, si la empresa no acepta deberá fijarse en el finiquito que se las abonen y además según cola el cto deberán mantenerle de alta en la SS para que le coticen esos 7 días
Ahora me dicen que tengo que coger ya mismo esos días de vacaciones, esta misma semana para acabar el contrato sin vacaciones... es eso posible? o me las podría/deberían remunerar al acabar el contrato?
Si termina cto, la empresa ante la imposibilidad de darle vacaciones, debe retribuirles pero la primera opción es que las vacaciones no se pagan, se disfrutan, así que si aún tiene cto para poder disfrutar esos días de vacaciones, la empresa esta operando correctamente.
Pero las vacaciones no deberían ser acordadas con el trabajador y no solicitarlas a última instancia? No hay un número de días previos para que la empresa pueda exigirte cogerte vacaciones?
Si bien es cierto que el trabajador debe ser conocedor con al menos dos meses de antelación del periodo de disfrute, (recogido en el ET), no es menos cierto que usted ¡debe ponerse de acuerdo con la fecha de periodo de disfrute, ¿Lo ha hecho, no verdad? lo cierto es que éste cumplimiento se altera cuando se termina el cto, la empresa debe, en éste caso, facilitar el disfrute de éstas antes de la conclusión del mismo.
No estoy de acuerdo en que la empresa pueda obligar, por sorpresa y sin antelación, a disfrutar de vacaciones justo antes de terminar la relación laboral. En ese supuesto, lo que procede es abonar las vacaciones en el finiquito, y cotizar por los días correspondientes como situación asimilada a la de alta.
Yo tampoco estoy de acuerdo porque ahora me presionan para que me coja los días hasta que acabe el contrato y claro si yo ahora acabo contrato prefiero no disfrutarlos de golpe y mal y prefiero trabajarlos y tener esas vacaciones pagadas...
Al final resulta que hay vacacionesdescansos desde 2019 sin hacer... unas 40. Al año se deben trabajar 221 días.
2019 (empecé en mayo): 162 días trabajados, 0 vacaciones, 63 días de descanso (fines de semana) hacemos 6 (trabajo)2(días libres)
2020: 234 días trabajados, 14 días vacaciones, 118 días de descanso
2021: 22 días trabajados, 14 descanso, 4 días de vacaciones disfrutados 6 que me han "presionado" coger hasta terminar contrato a partir de ahora
Comentar que me quedan 8 días laborales del contrato, querían que cogiera todo vacaciones de un día para otro y al final cogeré 6 pero por estar casi forzado a cogerlas (4 llamadas recibí para instar a que me las cogiera) y con la mínima esperanza de que haya un siguiente contrato...