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Fin de obra

3 Comentarios
 
Fin de obra
perfil VaX
27/05/2008 11:52
Hola, mi problema es el siguiente. Llevo algo menos de tres años trabajando como reponedor en Carrefour a través de una subcontrata, con un contrato hasta fin de obra. Arguyendo un descenso de mi rendimiento, me han decidido trasladar de centro.
Ante mi imposibilidad de trabajar en otro centro, pues no tengo vehículo, me ofrecen darme la carta de fin de obra para que pueda cobrar el paro. En mi contrato está contemplada la movilidad geográfica, así que supongo que las condiciones las dictan ellos, pues tienen potestad para cambiarme de centro y soy yo el que prefiere salir de la empresa, ya que como digo, no me es posible trabajar en otro hipermercado.
Me gustaría saber a qué tengo derecho y a qué no, especialmente si me tienen que dar finiquito, y también qué ocurre con mis vacaciones, que debían empezar el mes que viene. No tengo ni idea de cómo van estos temas, así que agradecería cualquier información o sugerencia. Un saludo.
27/05/2008 12:52
Tienen que hacerle finiquito para pagarle el sueldo de los últimos días trabajados, parte proporcional de pagas extras, compensación económica por vacaciones no disfrutadas y demás cantidades que le correspondan por contrato.
Para dudas o estudio de su caso: abogadoesp@gmail.com
perfil VaX
27/05/2008 14:08
Mi duda es la siguiente: como he dicho, ellos lo que desde el principio me han dicho es que me cambian de centro, y soy yo el que no está interesado en ello. Es decir, que si me pongo "farruco" pidiendo todo eso que me corresponde, pueden decirme que entonces, si no estoy de acuerdo con la salida sin coger un duro (que supongo que será la que me den, a cambio del "favor" de hacerme los papeles para el paro), que me incorpore tal día en tal centro. ¿Estoy equivocado?
27/05/2008 15:35
Habría que mirar el contrato de trabajo y donde esta vinculado el CENTRO DE TRABAJO. Yo me acercaría a un abogado laboral o a alguna asesoría y me llevaría el contrato, mas que nada porque esa clausula que dices, puede que sea ilegal.
Lo que yo veo es que te quieren echar y no encuentran el modo. Ten en cuenta que con 3 años que llevas ya, el echarte sería un despido improcedente y sería a razón de 45 días por año trabajado. (Si quieres hacer la cuenta, coge la última nomina y donde pone BASE CC dividelo entre 30 y multiplicalo po 45 y por los años que lleves trabajados).
De todas formas si un contrato fin de obra supera los 2 años de edad es considerado como trabajador fijo.