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finca rustica (vivienda habitual)

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Finca rustica (vivienda habitual)
19/12/2008 02:29
hola buenas noches, quisiera un poco de ayuda porque ando super perdida.
En el 2007 compramos una finca rustica, la cual consta:
---en escrituras y registro( casa de 2 plantas de 40 m de superficie en cada una, es decir, total 80m, edificacion de 1989) (legalmente solo podrian ser 40 en una sola planta para caseta de aperos)
reales hay 140, pagada la sancion por edificacion de mas por elpropietario anterior)(cocina, 2 baños y 4 hab)
---estamos empadronados
---tenemos luz y agua potable
---pagamos barura y alcantarillado(que evidentemente no disfrutamos porque donde esta la finca no hay ese servicio)
---es terreno urbanizable pendiente de plan parcial siendo en la actual uso agricola
---pagamos contribucion urbana
---declaracion jurada de que nuestra vivienda habitual
la incompetente de la gestoria del banco, que se encargo de inscribir y hacer los correspondientes pagos tanto de la compraventa como de la hipoteca, nos pago el ITP sin la deduccion como vivienda habitual, nosotros lo hemos justificado para que nos devuelva el tanto por ciento de la deduccion que nos corresponde y la de hacienda dice que no tenemos cedula de habitabilidad y que no nos lo devuelve.
Mi pregunta es:
¿con todo lo que tenemos de la finca (cosas que legalmente no deberiamos, agua, luz, empadronamiento,..) nos pueden denegar diciendo que sin cedula no puede ser nuestra vivienda habitual?
y ¿nos podemos desgravar la hipoteca como vivienda habitual?
muchas gracias y espero haberme explicado bien (no queria meter un rollo)
un saludo
finca rustica (vivienda habitual) | PorticoLegal
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Finca rustica (vivienda habitual)
19/12/2008 02:29
hola buenas noches, quisiera un poco de ayuda porque ando super perdida.
En el 2007 compramos una finca rustica, la cual consta:
---en escrituras y registro( casa de 2 plantas de 40 m de superficie en cada una, es decir, total 80m, edificacion de 1989) (legalmente solo podrian ser 40 en una sola planta para caseta de aperos)
reales hay 140, pagada la sancion por edificacion de mas por elpropietario anterior)(cocina, 2 baños y 4 hab)
---estamos empadronados
---tenemos luz y agua potable
---pagamos barura y alcantarillado(que evidentemente no disfrutamos porque donde esta la finca no hay ese servicio)
---es terreno urbanizable pendiente de plan parcial siendo en la actual uso agricola
---pagamos contribucion urbana
---declaracion jurada de que nuestra vivienda habitual
la incompetente de la gestoria del banco, que se encargo de inscribir y hacer los correspondientes pagos tanto de la compraventa como de la hipoteca, nos pago el ITP sin la deduccion como vivienda habitual, nosotros lo hemos justificado para que nos devuelva el tanto por ciento de la deduccion que nos corresponde y la de hacienda dice que no tenemos cedula de habitabilidad y que no nos lo devuelve.
Mi pregunta es:
¿con todo lo que tenemos de la finca (cosas que legalmente no deberiamos, agua, luz, empadronamiento,..) nos pueden denegar diciendo que sin cedula no puede ser nuestra vivienda habitual?
y ¿nos podemos desgravar la hipoteca como vivienda habitual?
muchas gracias y espero haberme explicado bien (no queria meter un rollo)
un saludo