En la escritura de herencia que se hizo cuando falleció mi abuelo, constan dos fincas (una al lado de la otra porque la compro en tiempos distintos pero realmente es sólo una) RÚSTICAS. En el registro, como se inscribió asÃ, son rústicas, pero realmente lleva muchÃsimos años, desde que el plan de urbanismo cambió, que es URBANO y asà consta en el catastro y en los recibos del IBI del Ayto.
Nos dicen del registro que si nosotros no lo notificamos, ellos no lo saben, y ahora que yo lo quiero comprar, que se debe hacer otra y registrarla como urbana.
Entonces, me dicen del registro que inscribir eso es muy caro (registro de obra nueva, agregación de parcelas y cambio de rústica a urbana).
Yo se lo voy a comprar a los herederos (familia) y quiero saber si es mejor hacer todos esos cambios una vez conste todo a mi nombre o hacerlo antes, para poder ahorrarme gastos de compraventa (ya que igualmente pago yo todos los papeles porque la familia no quiere saber nada). Es decir, igual, registrar la edificación y que es urbana, me cuesta más la compraventa y con Hacienda que comprarla como rústica y sin edificación y luego ya declararlo yo...