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Finiquito. Dedpido procedente por causas objetivas.

10 Comentarios
 
09/05/2019 21:10
Luisconrad
La naturaleza del despido incide en la indemnización, no en el finiquito, de hecho el finiquito también se hace no de la forma correcta, se hace por costumbre en casi todas las empresas, todo en un mismo documento, cuando una cosa es la nomina por ejemplo del 1 al 15, y otra el finiquito que debe incluir por ejemplo las vacaciones
09/05/2019 21:07
Luisconrad
La pregunta es falaz, pues trata de asociar el finiquito, el cual procede, con la naturaleza del despido que puede ser improcedente, procedente o nulo.
09/05/2019 21:03
Jamgrrhh28
Es que la pregunta la hicieron a malas y con trampa. sin querer pensar mal, esta como minimo muy mal planteada. Esta hecha a mala leche. Como las del carnet de conducir

Pero si, estamos en acuerdo con la "C".
09/05/2019 20:54
andonisa
No se cobrará en el finiquito por despido procedente por causas objetivas
C) Una indemnización de 33 días por año trabajado, con un máximo de 720 días
Luisconrad, no se pierda en elucubraciones, es la C simplemente porque se trata de un DESPIDO OBJETIVO PROCEDENTE y para éste despido la indemnización es de 20 días/año hasta un máximo de 12 mensualidades y como ve la C es parra el despido improcedente.
SMO
09/05/2019 19:56
andonisa
La respuesta correcta es la "C", la indemnización es cosa aparte y puede proceder o no y si procede puede ser una u otra. El finiquito siempre procede, aunque sea negativo
09/05/2019 19:13
Jamgrrhh28
Muchísimas Gracias Jamgrrhh28
ya se lo he dicho a mi hijo y dice que te de las gracias
08/05/2019 20:17
andonisa
¿A es un test?
Bueno la pregunta es cuando menos capciosa porque no esta bien planteada y fuera de contexto no podíamos saber de que iba, además esta mal planteada, finiquito se cobrara siempre pero a lo que se refiere es que el despido objetivo PROCEDENTE conlleva una indemnización de 20 días/año trabajado para que cobrase los 33 días seria en el caso de que éste despido fuese declarado IMPROCEDENTE y la empresa no optase por la readmisión por tanto la respuesta es la C.
SMO
08/05/2019 19:31
andonisa
si me pudieras ayudar es una pregunta que me hace mi hijo y tiene qeu dar una de las tres que viene en el libro
08/05/2019 19:25
Jamgrrhh28
Perdona Jamgrrhh28
no es un articulo es una pregunta de un libro
Pregunta 18
08/05/2019 19:19
andonisa
Una pregunta ¿Si usted lee el texto se entera de lo que esta preguntando?
¿De donde saca ese art 18? (en el supuesto que eso sea un art. 18 de algún convenio).
No creo que exista ningún convenio en que se recoja esa condición (a no ser que sea de empresa porque aquí se traga de todo), bueno, ni en el de empresa porque esto es contrario al Estatuto de los Trabajadores.
Vera, pienso que esto puede ser una clausula de un cto y no de un convenio y esta a todas luces es ilegal.
El finiquito, compuesto de salario de los últimos días trabajados, asi como la parte proporcional de pagas extra y dias de vacaciones acumulados y no disfrutados es SAGRADO, sea cual sea el despido.
SMO
Finiquito. dedpido procedente por causas objetivas.
08/05/2019 17:56
Hola
Me pregunta mi hijo que si se esta pregunta y he dicho pues aquí seguro me la solucionan pues hay gente muy competente
y es la siguiente

18. No se cobrará en el finiquito por despido procedente por causas objetivas:

A) Las vacaciones pendientes de disfrutar del trabajador
B) Los salarios pendientes de cobrar por el tiempo trabajado
C) Una indemnización de 33 días por año trabajado, con un máximo de 720 días

Espero vuestra respuesta lo antes posible
Muchísimas Gracias
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Finiquito. Dedpido procedente por causas objetivas.

10 Comentarios
 
09/05/2019 21:10
Luisconrad
La naturaleza del despido incide en la indemnización, no en el finiquito, de hecho el finiquito también se hace no de la forma correcta, se hace por costumbre en casi todas las empresas, todo en un mismo documento, cuando una cosa es la nomina por ejemplo del 1 al 15, y otra el finiquito que debe incluir por ejemplo las vacaciones
09/05/2019 21:07
Luisconrad
La pregunta es falaz, pues trata de asociar el finiquito, el cual procede, con la naturaleza del despido que puede ser improcedente, procedente o nulo.
09/05/2019 21:03
Jamgrrhh28
Es que la pregunta la hicieron a malas y con trampa. sin querer pensar mal, esta como minimo muy mal planteada. Esta hecha a mala leche. Como las del carnet de conducir

Pero si, estamos en acuerdo con la "C".
09/05/2019 20:54
andonisa
No se cobrará en el finiquito por despido procedente por causas objetivas
C) Una indemnización de 33 días por año trabajado, con un máximo de 720 días
Luisconrad, no se pierda en elucubraciones, es la C simplemente porque se trata de un DESPIDO OBJETIVO PROCEDENTE y para éste despido la indemnización es de 20 días/año hasta un máximo de 12 mensualidades y como ve la C es parra el despido improcedente.
SMO
09/05/2019 19:56
andonisa
La respuesta correcta es la "C", la indemnización es cosa aparte y puede proceder o no y si procede puede ser una u otra. El finiquito siempre procede, aunque sea negativo
09/05/2019 19:13
Jamgrrhh28
Muchísimas Gracias Jamgrrhh28
ya se lo he dicho a mi hijo y dice que te de las gracias
08/05/2019 20:17
andonisa
¿A es un test?
Bueno la pregunta es cuando menos capciosa porque no esta bien planteada y fuera de contexto no podíamos saber de que iba, además esta mal planteada, finiquito se cobrara siempre pero a lo que se refiere es que el despido objetivo PROCEDENTE conlleva una indemnización de 20 días/año trabajado para que cobrase los 33 días seria en el caso de que éste despido fuese declarado IMPROCEDENTE y la empresa no optase por la readmisión por tanto la respuesta es la C.
SMO
08/05/2019 19:31
andonisa
si me pudieras ayudar es una pregunta que me hace mi hijo y tiene qeu dar una de las tres que viene en el libro
08/05/2019 19:25
Jamgrrhh28
Perdona Jamgrrhh28
no es un articulo es una pregunta de un libro
Pregunta 18
08/05/2019 19:19
andonisa
Una pregunta ¿Si usted lee el texto se entera de lo que esta preguntando?
¿De donde saca ese art 18? (en el supuesto que eso sea un art. 18 de algún convenio).
No creo que exista ningún convenio en que se recoja esa condición (a no ser que sea de empresa porque aquí se traga de todo), bueno, ni en el de empresa porque esto es contrario al Estatuto de los Trabajadores.
Vera, pienso que esto puede ser una clausula de un cto y no de un convenio y esta a todas luces es ilegal.
El finiquito, compuesto de salario de los últimos días trabajados, asi como la parte proporcional de pagas extra y dias de vacaciones acumulados y no disfrutados es SAGRADO, sea cual sea el despido.
SMO
Finiquito. dedpido procedente por causas objetivas.
08/05/2019 17:56
Hola
Me pregunta mi hijo que si se esta pregunta y he dicho pues aquí seguro me la solucionan pues hay gente muy competente
y es la siguiente

18. No se cobrará en el finiquito por despido procedente por causas objetivas:

A) Las vacaciones pendientes de disfrutar del trabajador
B) Los salarios pendientes de cobrar por el tiempo trabajado
C) Una indemnización de 33 días por año trabajado, con un máximo de 720 días

Espero vuestra respuesta lo antes posible
Muchísimas Gracias