Lo correcto seria ver el contrato de obra-servicio y el contrato indefinido. Como eso no es posible, le diré que en general si no ha existido interrupción temporal entre ambos contratos no le corresponde finiquito.
Hola, el 12 abril del 2019 me contrataron con un contrato de obra y servicio y en agosto del 2020 me han hecho indefinida. ¿Me corresponde finiquito?.
Una compañera le hicieron en noviembre 2019 un contrato temporal y ahora le han hecho uno tipo covid que dura entre 6 y 12 meses y ella si le han dado finiquito.